M

#5 Será en tu casa. En la mía se ve perfectamente y sin pagar.

M

#_188 No ”se cambió” nada, simplemente salieron a trabajar y punto. Tu visión de que se les tuvo que poner alfombra me parece una machistada.

Por lo demás, que al haber mayor masa laboral haya más paro y más gasto en pensiones me parece una perogrullada, tan innecesaria como decir que la población A+B es mayor que A. Pero eso no implica para nada que el país vaya cuesta abajo, también aumenta el tejido empresarial, la productividad global y el PIB.

(Viene de #25)

#209 lo mío era una broma siguiendo a #1 no pensaba que alguien se tomaría en serio el comentario

M

#214 Lo sé. Mi comentario no iba dirigido a ti, sino a quien te ha respondido.

#221 hombre malversan, me alegro de leerte pasa buen día

M

#222 Igualmente, hombre, muchas gracias.

M

#165 En una ocasión vi un pez con tetas. Por si consideras pertinente añadirlo también a la lista.

O

#70 Se te pilla perfectamente. Otra cosa es que lo que dices sea absurdo y tú no te enteras.

chewy

#1 no hombre no! lo del perro excalibur fue Ana Mato, que lo mató con sus propias manos... lo de que por ahí anduviera Fernando Simón es una casualidad... debía estar tomando almendras...

j

#13 Es un síntoma de ictus o lo que dices normalmente tiene tan poco sentido?

chewy

#37 como no lo pillas es porque me tiene que estar dando un ictus?

j

#70 Consejito del bueno tras el segundo mensaje, corre a urgencias!!!

chewy

#71 ahora voy... quizás lo mio tiene solución, pero lo tuyo está más jodido... ánimo!

j

#73

O

#70 Se te pilla perfectamente. Otra cosa es que lo que dices sea absurdo y tú no te enteras.

Grub

#37 Me apunto la frase

M

#90 ¿Qué argumentación dices que hay que rebatir MÁS AÚN, chato? Sólo insistes (vete a saber por qué) en repetir invenciones embusteras que ya están sobradamente desmentidas. Desde el principio te has limitado a inventar películas imaginarias que se dan de tortas con la normativa (que es pública), con la realidad de los hechos (que conozco de primera mano) y con la propia fuente documental oficial del Registro Civil que tú mismo has aportado.

Deberías darte cuenta de cuándo no estás debatiendo sino luchando contra la realidad. Anda, infórmate un poco en lugar de continuar con el ridículo de intentar fútilmente realimentar tus trolas inventadas.

M

#120 También tú haces norma de la anécdota al señalar el origen de tu cónyuge. ¿Para no ser xenófobo hay que estar casado con una persona extranjera?

Sólo estoy troleando, no me hagas caso.

M

#74 O bien no sabes escribir, o bien intentas batir algún record de estupideces en una única frase. Sabes que existen puntos, comas y esas cosillas, ¿verdad? De tu galimatías sin sentido sólo se entiende que te inventas las leyes y que proyectas en los demás tus ínfulas fachirulas y dictatoriales.

Por lo demás, toda tu ignorante y embustera argumentación se va trivialmente por el váter desde el momento en que es el artículo 122 de la Constitución el que establece que los nombramientos del CGPJ requieren 3/5 de votos respectivamente del Congreso y del Senado.

Quizá te ahorrarías hacer espantosamente el ridículo si en lugar de ser un troll gandul leyeras un poco. Pero parece ser que prefieres soltar mentiras a chorro intentando culpar a los demás de las ilegalidades que comete tu partido fachirulo favorito.

o

#81 Otra vez, que la ley se cambian como ya la cambiaron muchos antes y no es la constitución por cierto, pero tú a lo tuyo

La actual Ley Orgánica del Poder Judicial fija que los veinte vocales deben ser elegidos por las Cortes Generales con una mayoría de tres quintos de los parlamentarios (210 diputados, en el Congreso, y 159 senadores). Sin embargo, para modificar esa misma ley, no se exige una mayoría reforzada, sino mayoría absoluta. “Dicha reforma, que podría aprobarse en menos de tres meses por las Cortes Generales, sólo exigiría la aprobación por 176 votos”, afirma Luis Villegas, portavoz de la Plataforma.

M

#85 Resulta espectacular topar con alguien tan bobainas que no entiende que las leyes transponen lo que dice la Constitución pero no pueden contradecirla.

Artículo 122 de la Constitución Española, punto 3.
https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=122&tipo=2

La ley que tú te inventas que debería promulgar nosequién para evitar la mayoría cualificada que explícitamente requiere la Constitución sería trivial y automáticamente inconstitucional, por contradecir directamente ese punto. ¿Qué parte no entiendes?

En lugar de inventarte cuñadeces sin base, lee un poco, melón, que no duele. Así te ahorrarás demostrar esa ignorancia que te está chorreando por los poros.

o

#87 que repitas lo mismo una y otra vez te sigue sin dar la razón porque eres tan jodidamente inteligente que no sabes lo que se requiere para cambiar ese artículo pero tú sigue sigue que la linde ya la dejaste hace rato

M

#88 Para modificar la Constitución, aunque sea una mísera coma, siempre se ha requerido la votación de 3/5 del Congreso y el Senado.

Y eso obviamente también viene especificado en la Constitución, como no podía ser de otra manera.
https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=167&tipo=2

Para más señas se ha hecho tres veces, y por motivos matemáticamente obvios siempre ha requerido el beneplácito de los dos partidos mayoritarios.

Al contrario que tú yo no busco ni necesito que me den la razón, mi querido payaso. Y no es que los demás sean ”jodidamente inteligentes”, es que tú pareces ser rematadamente idiota. Un bocazas ignorante en ridícula pugna contra la realidad más trivial, sólo porque ilusamente asumes que los demás se sacan las afirmaciones de los huevos como haces tú.

Para tu desgracia hay cuestiones tan claras y objetivas que no son opinables ni discutibles, y además son trivialmente comprobables. Puedes dejar de hacer el ridículo cuando quieras.

M

#88 Tienes la referencia y el código en tu enlace, payaso, precisamente en los fundamentos legales del caso que has intentado embusteramente exponer como una denegación de traducir un apellido. lol Lee, gandul, que no duele.

Y en el mismo caso según tú a la hija le debieron registrar el apellido traducido en la panadería, supongo. roll Es patético ver cómo luchas contra los hechos intentando realimentar tus trolas inventadas.

Madre mía, qué ridículo tienes que ser para pensar que los demás trabajan para ti porque insistas en ser un troll de medio pelo.

avalancha971

#89 Eso mismo, lee lo que he escrito, porque te lo he explicado varias veces y has ignorado por completo mi argumentación, repitiendo siempre lo mismo en lugar de rebatir lo que te dije.

M

#90 ¿Qué argumentación dices que hay que rebatir MÁS AÚN, chato? Sólo insistes (vete a saber por qué) en repetir invenciones embusteras que ya están sobradamente desmentidas. Desde el principio te has limitado a inventar películas imaginarias que se dan de tortas con la normativa (que es pública), con la realidad de los hechos (que conozco de primera mano) y con la propia fuente documental oficial del Registro Civil que tú mismo has aportado.

Deberías darte cuenta de cuándo no estás debatiendo sino luchando contra la realidad. Anda, infórmate un poco en lugar de continuar con el ridículo de intentar fútilmente realimentar tus trolas inventadas.

M

#86 Tu experiencia es nula porque no tienes ni puñetera idea de qué hablas, ya puedes dejar de fingir e inventar soplapolleces absurdas.

Y aunque no venga al tema, conozco personalmente a alguien que tradujo su nombre y apellidos al inscribirse en el Registro Civil. Y cero problemas. Sé de primera mano que estás mintiendo, ¿lo pillas?

Eso que dices que no se puede, que según tú requiere pleitear, recurrir a altas instancias y rezar a dios, resulta que es trivial y tan sólo requiere rellenar un formulario. Y por mucho que mientas, por supuesto que puede hacerse al inscribir por primera vez a una persona en el Registro Civil.

¿Pero no ves que tú mismo has enlazado el caso de una niña con el apellido traducido en el Registro Civil a petición de su padre? ¿Qué más demostración quieres? Me estás pidiendo pruebas que has enlazado tú mismo, babuino, sólo haces el payaso intentando marear tu perdiz embustera.

Por lo demás, debes drogarte fuerte si crees que voy a perder mi tiempo sirviéndote el trabajo sólo porque tú seas un mentiroso patológico y no pares de inventarte películas ridículas para intentar justificar algo que nunca sucedió.

avalancha971

#87 Sigues perdiendo el tiempo.

Ni un enlace al supuesto formulario.

M

#88 Tienes la referencia y el código en tu enlace, payaso, precisamente en los fundamentos legales del caso que has intentado embusteramente exponer como una denegación de traducir un apellido. lol Lee, gandul, que no duele.

Y en el mismo caso según tú a la hija le debieron registrar el apellido traducido en la panadería, supongo. roll Es patético ver cómo luchas contra los hechos intentando realimentar tus trolas inventadas.

Madre mía, qué ridículo tienes que ser para pensar que los demás trabajan para ti porque insistas en ser un troll de medio pelo.

avalancha971

#89 Eso mismo, lee lo que he escrito, porque te lo he explicado varias veces y has ignorado por completo mi argumentación, repitiendo siempre lo mismo en lugar de rebatir lo que te dije.

M

#90 ¿Qué argumentación dices que hay que rebatir MÁS AÚN, chato? Sólo insistes (vete a saber por qué) en repetir invenciones embusteras que ya están sobradamente desmentidas. Desde el principio te has limitado a inventar películas imaginarias que se dan de tortas con la normativa (que es pública), con la realidad de los hechos (que conozco de primera mano) y con la propia fuente documental oficial del Registro Civil que tú mismo has aportado.

Deberías darte cuenta de cuándo no estás debatiendo sino luchando contra la realidad. Anda, infórmate un poco en lugar de continuar con el ridículo de intentar fútilmente realimentar tus trolas inventadas.

M

#61 No es cualquier ley la que habría que cambiar, es la Constitución. Y para eso también se requiere la aprobación de 3/5 del Congreso, pedazo de ignorante. ¿Por qué te crees que la renovación está bloqueada, por vicio?

¿Y en qué momento el PSOE y sus socios de investidura suman 3/5 del Congreso? ¿Sumar tampoco sabes?

Quizá que dejes de inventar payasadas y tonterías. No tienes ni puñetera idea del tema, y tu absurdo intento de culpar al PSOE de las inconstitucionalidades que comete el PP es completamente ridículo.

o

#62 lo primero que eres una mala persona cuando insultas y trasladas tu ignorancia al que tienes en frente, lo segundo que la ley del cjpg no necesita 3/5 para ser cambiada porque no está en la constitución sino que la constitución establece que se desarrollará una ley para lo mismo hasta el punto de que la ley ha sido cambiada en varias ocasiones tanto por el PP como por el PSOE, el PP tiene la culpa de no renovarlo por supuesto pero el PSOE también en el momento en el que no ha querido modificar dicha ley con la mayoría absoluta que ha tenido con sus socios en la legislatura pasada pero el PSOE y tu se nota que te pone mucho es el partido de las palabras, de hablar mucho y hacer poco en cuanto sus amos le dicen "cuidado eh" y prefieres que sigan están Marchena o García Castellón y ser amigos antes que enemistarse porque el PSOE también tiene su capa de mugre por mucho perro sanxe anti aparato del partido que tengan

M

#74 O bien no sabes escribir, o bien intentas batir algún record de estupideces en una única frase. Sabes que existen puntos, comas y esas cosillas, ¿verdad? De tu galimatías sin sentido sólo se entiende que te inventas las leyes y que proyectas en los demás tus ínfulas fachirulas y dictatoriales.

Por lo demás, toda tu ignorante y embustera argumentación se va trivialmente por el váter desde el momento en que es el artículo 122 de la Constitución el que establece que los nombramientos del CGPJ requieren 3/5 de votos respectivamente del Congreso y del Senado.

Quizá te ahorrarías hacer espantosamente el ridículo si en lugar de ser un troll gandul leyeras un poco. Pero parece ser que prefieres soltar mentiras a chorro intentando culpar a los demás de las ilegalidades que comete tu partido fachirulo favorito.

o

#81 Otra vez, que la ley se cambian como ya la cambiaron muchos antes y no es la constitución por cierto, pero tú a lo tuyo

La actual Ley Orgánica del Poder Judicial fija que los veinte vocales deben ser elegidos por las Cortes Generales con una mayoría de tres quintos de los parlamentarios (210 diputados, en el Congreso, y 159 senadores). Sin embargo, para modificar esa misma ley, no se exige una mayoría reforzada, sino mayoría absoluta. “Dicha reforma, que podría aprobarse en menos de tres meses por las Cortes Generales, sólo exigiría la aprobación por 176 votos”, afirma Luis Villegas, portavoz de la Plataforma.

M

#85 Resulta espectacular topar con alguien tan bobainas que no entiende que las leyes transponen lo que dice la Constitución pero no pueden contradecirla.

Artículo 122 de la Constitución Española, punto 3.
https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=122&tipo=2

La ley que tú te inventas que debería promulgar nosequién para evitar la mayoría cualificada que explícitamente requiere la Constitución sería trivial y automáticamente inconstitucional, por contradecir directamente ese punto. ¿Qué parte no entiendes?

En lugar de inventarte cuñadeces sin base, lee un poco, melón, que no duele. Así te ahorrarás demostrar esa ignorancia que te está chorreando por los poros.

o

#87 que repitas lo mismo una y otra vez te sigue sin dar la razón porque eres tan jodidamente inteligente que no sabes lo que se requiere para cambiar ese artículo pero tú sigue sigue que la linde ya la dejaste hace rato

M

#88 Para modificar la Constitución, aunque sea una mísera coma, siempre se ha requerido la votación de 3/5 del Congreso y el Senado.

Y eso obviamente también viene especificado en la Constitución, como no podía ser de otra manera.
https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=167&tipo=2

Para más señas se ha hecho tres veces, y por motivos matemáticamente obvios siempre ha requerido el beneplácito de los dos partidos mayoritarios.

Al contrario que tú yo no busco ni necesito que me den la razón, mi querido payaso. Y no es que los demás sean ”jodidamente inteligentes”, es que tú pareces ser rematadamente idiota. Un bocazas ignorante en ridícula pugna contra la realidad más trivial, sólo porque ilusamente asumes que los demás se sacan las afirmaciones de los huevos como haces tú.

Para tu desgracia hay cuestiones tan claras y objetivas que no son opinables ni discutibles, y además son trivialmente comprobables. Puedes dejar de hacer el ridículo cuando quieras.

M

#58 Lo que has escrito es una payasada. La composición del CGPJ requiere la aprobación del 3/5 del Congreso, el PSOE por sí solo no puede renovar ni un mísero vocal.

Y hemos perdido la cuenta de las excusas que ha ido poniendo el PP para bloquear la renovación desde 2018. Como para que venga un burro diciendo que el bloqueo es cosa de otros.

o

#59 El PSOE puede cambiar la ley(con los socios de investidura, la podía cambiar igual que podía derogar la ley mordaza), esa ley que requiere 3/5 se cambia con mayoría en el congreso pero tengo que aguantar que me llames burro porque no sabes ni de qué hablas, así nos va.

M

#61 No es cualquier ley la que habría que cambiar, es la Constitución. Y para eso también se requiere la aprobación de 3/5 del Congreso, pedazo de ignorante. ¿Por qué te crees que la renovación está bloqueada, por vicio?

¿Y en qué momento el PSOE y sus socios de investidura suman 3/5 del Congreso? ¿Sumar tampoco sabes?

Quizá que dejes de inventar payasadas y tonterías. No tienes ni puñetera idea del tema, y tu absurdo intento de culpar al PSOE de las inconstitucionalidades que comete el PP es completamente ridículo.

o

#62 lo primero que eres una mala persona cuando insultas y trasladas tu ignorancia al que tienes en frente, lo segundo que la ley del cjpg no necesita 3/5 para ser cambiada porque no está en la constitución sino que la constitución establece que se desarrollará una ley para lo mismo hasta el punto de que la ley ha sido cambiada en varias ocasiones tanto por el PP como por el PSOE, el PP tiene la culpa de no renovarlo por supuesto pero el PSOE también en el momento en el que no ha querido modificar dicha ley con la mayoría absoluta que ha tenido con sus socios en la legislatura pasada pero el PSOE y tu se nota que te pone mucho es el partido de las palabras, de hablar mucho y hacer poco en cuanto sus amos le dicen "cuidado eh" y prefieres que sigan están Marchena o García Castellón y ser amigos antes que enemistarse porque el PSOE también tiene su capa de mugre por mucho perro sanxe anti aparato del partido que tengan

M

#74 O bien no sabes escribir, o bien intentas batir algún record de estupideces en una única frase. Sabes que existen puntos, comas y esas cosillas, ¿verdad? De tu galimatías sin sentido sólo se entiende que te inventas las leyes y que proyectas en los demás tus ínfulas fachirulas y dictatoriales.

Por lo demás, toda tu ignorante y embustera argumentación se va trivialmente por el váter desde el momento en que es el artículo 122 de la Constitución el que establece que los nombramientos del CGPJ requieren 3/5 de votos respectivamente del Congreso y del Senado.

Quizá te ahorrarías hacer espantosamente el ridículo si en lugar de ser un troll gandul leyeras un poco. Pero parece ser que prefieres soltar mentiras a chorro intentando culpar a los demás de las ilegalidades que comete tu partido fachirulo favorito.

o

#81 Otra vez, que la ley se cambian como ya la cambiaron muchos antes y no es la constitución por cierto, pero tú a lo tuyo

La actual Ley Orgánica del Poder Judicial fija que los veinte vocales deben ser elegidos por las Cortes Generales con una mayoría de tres quintos de los parlamentarios (210 diputados, en el Congreso, y 159 senadores). Sin embargo, para modificar esa misma ley, no se exige una mayoría reforzada, sino mayoría absoluta. “Dicha reforma, que podría aprobarse en menos de tres meses por las Cortes Generales, sólo exigiría la aprobación por 176 votos”, afirma Luis Villegas, portavoz de la Plataforma.

M

#85 Resulta espectacular topar con alguien tan bobainas que no entiende que las leyes transponen lo que dice la Constitución pero no pueden contradecirla.

Artículo 122 de la Constitución Española, punto 3.
https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=122&tipo=2

La ley que tú te inventas que debería promulgar nosequién para evitar la mayoría cualificada que explícitamente requiere la Constitución sería trivial y automáticamente inconstitucional, por contradecir directamente ese punto. ¿Qué parte no entiendes?

En lugar de inventarte cuñadeces sin base, lee un poco, melón, que no duele. Así te ahorrarás demostrar esa ignorancia que te está chorreando por los poros.

M

#100 Mira, andaba yo pensando algo parecido.
En beneficio de la duda, eres homófobo por estupidez e ignorancia.
Sin beneficio de la duda, eres un puto homófobo y entiendes perfectamente las implicaciones de lo que has escrito.

Y dado que tus ”aclaraciones” no pasan de ser gilipolleces sin sentido que vas inventando sobre la marcha y que no hacen sino reforzar tu tesis homófoba, no puedo sino pensar que la segunda opción es la más probable. No sólo has escrito (ya más de una vez) que la homosexualidad es una correlación causal en las tendencias pederastas del clero, sino que sabes y entiendes perfectamente lo que has escrito, y sólo intentas cubrir la cagada de haber quedado en evidencia por haber sido demasiado explícito.

M

#84 Si no sabes (o no quieres) usar Google es tu problema. La información que he dado aparece en la web del Ministerio de Justicia y en la de tu C.A. (me aparece en varias). Y el formulario lo específica tu propio enlace. Ve a hacer perder el tiempo a tu abuelo, payaso.

avalancha971

#85 En el enlace que yo he puesto aparece como realizar la modificación en la inscripción de nacimiento. Y creo que lo que no has entendido es que aunque todas las modificaciones se realizan en la partida de nacimiento, eso no quiere decir que se haga en el momento de realizar la inscripción original de nacimiento, momento en el que no se puede.

El tiempo me lo estás haciendo perder tú si me pides que buscando los enlaces que hayas podido encontrar tú, e intentado entender qué es lo que habrás entendido.

Lo que yo aquí he puesto no lo he basado en búsquedas realizadas en Google con el objetivo de contestarte. Lo he basado en mi experiencia personal en el Registro Civil, Defensor del Pueblo y Juzgados. Por supuesto que además de ello he dedicado mucho tiempo a buscar información en Google.

Pensaba que igual pudieramos haber pasado alguno de los dos algo por alto y con ello hubiéramos aprendido más. Pero si tu objetivo no es más que insultar, efectivamente estamos perdiendo los dos el tiempo.

M

#86 Tu experiencia es nula porque no tienes ni puñetera idea de qué hablas, ya puedes dejar de fingir e inventar soplapolleces absurdas.

Y aunque no venga al tema, conozco personalmente a alguien que tradujo su nombre y apellidos al inscribirse en el Registro Civil. Y cero problemas. Sé de primera mano que estás mintiendo, ¿lo pillas?

Eso que dices que no se puede, que según tú requiere pleitear, recurrir a altas instancias y rezar a dios, resulta que es trivial y tan sólo requiere rellenar un formulario. Y por mucho que mientas, por supuesto que puede hacerse al inscribir por primera vez a una persona en el Registro Civil.

¿Pero no ves que tú mismo has enlazado el caso de una niña con el apellido traducido en el Registro Civil a petición de su padre? ¿Qué más demostración quieres? Me estás pidiendo pruebas que has enlazado tú mismo, babuino, sólo haces el payaso intentando marear tu perdiz embustera.

Por lo demás, debes drogarte fuerte si crees que voy a perder mi tiempo sirviéndote el trabajo sólo porque tú seas un mentiroso patológico y no pares de inventarte películas ridículas para intentar justificar algo que nunca sucedió.

avalancha971

#87 Sigues perdiendo el tiempo.

Ni un enlace al supuesto formulario.

M

#88 Tienes la referencia y el código en tu enlace, payaso, precisamente en los fundamentos legales del caso que has intentado embusteramente exponer como una denegación de traducir un apellido. lol Lee, gandul, que no duele.

Y en el mismo caso según tú a la hija le debieron registrar el apellido traducido en la panadería, supongo. roll Es patético ver cómo luchas contra los hechos intentando realimentar tus trolas inventadas.

Madre mía, qué ridículo tienes que ser para pensar que los demás trabajan para ti porque insistas en ser un troll de medio pelo.

avalancha971

#89 Eso mismo, lee lo que he escrito, porque te lo he explicado varias veces y has ignorado por completo mi argumentación, repitiendo siempre lo mismo en lugar de rebatir lo que te dije.

M

#90 ¿Qué argumentación dices que hay que rebatir MÁS AÚN, chato? Sólo insistes (vete a saber por qué) en repetir invenciones embusteras que ya están sobradamente desmentidas. Desde el principio te has limitado a inventar películas imaginarias que se dan de tortas con la normativa (que es pública), con la realidad de los hechos (que conozco de primera mano) y con la propia fuente documental oficial del Registro Civil que tú mismo has aportado.

Deberías darte cuenta de cuándo no estás debatiendo sino luchando contra la realidad. Anda, infórmate un poco en lugar de continuar con el ridículo de intentar fútilmente realimentar tus trolas inventadas.

M

#96 Pobrete, se entiende tu frustración tras darte cuenta de que toda tu argumentación es una puñetera sandez homófoba.

Pero sigue siéndolo. En lugar de tirar por la explicación más lógica y evidente, te has inventado un cotilleo de ”cuñao” aldeano del siglo pasado que es pura criminalización de los gays.

e

#99 He dado sobradas explicaciones de cualquier cosa que hubiera de aclarar, y sigues atribuyéndome comentarios que no he hecho, "olvidando" comentarios que sí he hecho, y malinterpretando a mala fe cualquier cosa posible de tergiversar.

En beneficio de la duda, eres imbécil. Sin beneficio de la duda, eres mala persona.

M

#100 Mira, andaba yo pensando algo parecido.
En beneficio de la duda, eres homófobo por estupidez e ignorancia.
Sin beneficio de la duda, eres un puto homófobo y entiendes perfectamente las implicaciones de lo que has escrito.

Y dado que tus ”aclaraciones” no pasan de ser gilipolleces sin sentido que vas inventando sobre la marcha y que no hacen sino reforzar tu tesis homófoba, no puedo sino pensar que la segunda opción es la más probable. No sólo has escrito (ya más de una vez) que la homosexualidad es una correlación causal en las tendencias pederastas del clero, sino que sabes y entiendes perfectamente lo que has escrito, y sólo intentas cubrir la cagada de haber quedado en evidencia por haber sido demasiado explícito.

M

#94He afirmado lo contrario, manifestado explícitamente la no relación entre homosexualidad y pederastia”.

Pero cómo se puede ser tan ridículamente embustero. Que sigue todo escrito ahí arriba, no seas payaso. Desde tu primera frase en #13, toda tu infame argumentación sobre la pederastia la has basado en que son homosexuales.

Homosexualidad que, dicho sea de paso, no es un hecho, ni está corroborada en tus enlaces (aunque pusieras mil, no dicen lo que has dicho tú, entérate). Porque esa homosexualidad de los pederastas eclesiásticos es una afirmación que te estás sacando directamente de los huevos, basándote en TU criterio paleto, aldeano y decimonónico de que los gays se metían a cura. Por tus cojones.

Y mira que la explicación es simple y evidente. Por las neuras propias del catolicismo, los curas habitualmente no suelen tener trato con infantes del otro sexo, sólo con niños de su propio género. Así que los abusos son mayormente homosexuales por mera oportunidad, y no porque los curas sean gays como tú te inventas. ¿Lo pillas ya? Tus estadísticas de pederastia en el clero no tienen nada que ver con la homosexualidad.

Como sugerencia, después de la licenciatura en estadística, ¿has pensado en aprender a leer y algo de lógica simple para sacarte el graduado escolar? Porque menudo ridículo estás haciendo, chico.

e

#95 Que te vayas a pastar, payaso embustero.

M

#96 Pobrete, se entiende tu frustración tras darte cuenta de que toda tu argumentación es una puñetera sandez homófoba.

Pero sigue siéndolo. En lugar de tirar por la explicación más lógica y evidente, te has inventado un cotilleo de ”cuñao” aldeano del siglo pasado que es pura criminalización de los gays.

e

#99 He dado sobradas explicaciones de cualquier cosa que hubiera de aclarar, y sigues atribuyéndome comentarios que no he hecho, "olvidando" comentarios que sí he hecho, y malinterpretando a mala fe cualquier cosa posible de tergiversar.

En beneficio de la duda, eres imbécil. Sin beneficio de la duda, eres mala persona.

M

#100 Mira, andaba yo pensando algo parecido.
En beneficio de la duda, eres homófobo por estupidez e ignorancia.
Sin beneficio de la duda, eres un puto homófobo y entiendes perfectamente las implicaciones de lo que has escrito.

Y dado que tus ”aclaraciones” no pasan de ser gilipolleces sin sentido que vas inventando sobre la marcha y que no hacen sino reforzar tu tesis homófoba, no puedo sino pensar que la segunda opción es la más probable. No sólo has escrito (ya más de una vez) que la homosexualidad es una correlación causal en las tendencias pederastas del clero, sino que sabes y entiendes perfectamente lo que has escrito, y sólo intentas cubrir la cagada de haber quedado en evidencia por haber sido demasiado explícito.

M

#88más del 80% de los casos de pederastia en la iglesia es homosexual”.

Lo estás mejorando.

Ponle todo el contexto que quieras, pero esa afirmación es independiente del número de homosexuales en la iglesia. A no ser que pretendas colar que el 80% del clero es gay, lo cual sería una pura invención sin pies ni cabeza.

En otras palabras, estás insistiendo LITERALMENTE en que el porcentaje de pederastas es muchísimo mayor entre los homosexuales. Y por mucho que lo intentes, darle la vuelta a la frase no cambia tu animalada.

e

#93 Eres un tergiversador extremo, hasta el punto de merecerte mandarte a la mierda frivolizando y malmetiendo con un tema serio como este.

Lo estás mejorando.

Lo dice cualquier estudio al respecto.

"Los abusos alcanzaron su pico entre 1974 y 1982: el 80,9% de las víctimas eran hombres"
https://www.epe.es/es/sociedad/20231027/espana-francia-paises-han-identificado-casos-abusos-sexuales-iglesia-93902770
"Las evidencias llamaron pronto la atención de la opinión pública internacional porque se trataba de víctimas menores de edad, numerosos niños impúberes y en su mayoría varones."
"la mayoría de los casos de abuso sexual involucran varones púberes.",
https://es.wikipedia.org/wiki/Casos_de_abuso_sexual_infantil_cometidos_por_miembros_de_la_Iglesia_cat%C3%B3lica
"Cuatro de cada cinco abusadores son religiosos y el 82% de los casos son de «carácter homosexual masculino»"
https://www.elcorreo.com/sociedad/iglesia-espanola-identifica-728-abusadores-1950-mitad-20230601191103-nt.html

estás insistiendo LITERALMENTE en que el porcentaje de pederastas es muchísimo mayor entre los homosexuales.

He afirmado lo contrario, manifestado explícitamente la no relación entre homosexualidad y pederastia, e insistido en ello. Que haya una tasa mayor de pederastia homosexual en la iglesia (lo cual es un hecho objetivo) no quiere decir, ni remotamente, que esté relacionando ambas cosas. Precisamente estás respondiendo a un comentario que dice "supongo que los pederastas heterosexuales tendrán más salidas delictivas" dándole la vuelta a mis palabras.

Si tuvieras la mínima noción de estadística, o la mínima intención de no ser un energúmeno con ganas de mentir y voltear palabras, te hubieras dado cuenta que decir que en la iglesia hay casos de pederastia sobre todo homosexual no tiene absolutamente ningún parecido con lo que te has montado en tu cabeza.

M

#94He afirmado lo contrario, manifestado explícitamente la no relación entre homosexualidad y pederastia”.

Pero cómo se puede ser tan ridículamente embustero. Que sigue todo escrito ahí arriba, no seas payaso. Desde tu primera frase en #13, toda tu infame argumentación sobre la pederastia la has basado en que son homosexuales.

Homosexualidad que, dicho sea de paso, no es un hecho, ni está corroborada en tus enlaces (aunque pusieras mil, no dicen lo que has dicho tú, entérate). Porque esa homosexualidad de los pederastas eclesiásticos es una afirmación que te estás sacando directamente de los huevos, basándote en TU criterio paleto, aldeano y decimonónico de que los gays se metían a cura. Por tus cojones.

Y mira que la explicación es simple y evidente. Por las neuras propias del catolicismo, los curas habitualmente no suelen tener trato con infantes del otro sexo, sólo con niños de su propio género. Así que los abusos son mayormente homosexuales por mera oportunidad, y no porque los curas sean gays como tú te inventas. ¿Lo pillas ya? Tus estadísticas de pederastia en el clero no tienen nada que ver con la homosexualidad.

Como sugerencia, después de la licenciatura en estadística, ¿has pensado en aprender a leer y algo de lógica simple para sacarte el graduado escolar? Porque menudo ridículo estás haciendo, chico.

e

#95 Que te vayas a pastar, payaso embustero.

M

#96 Pobrete, se entiende tu frustración tras darte cuenta de que toda tu argumentación es una puñetera sandez homófoba.

Pero sigue siéndolo. En lugar de tirar por la explicación más lógica y evidente, te has inventado un cotilleo de ”cuñao” aldeano del siglo pasado que es pura criminalización de los gays.

e

#99 He dado sobradas explicaciones de cualquier cosa que hubiera de aclarar, y sigues atribuyéndome comentarios que no he hecho, "olvidando" comentarios que sí he hecho, y malinterpretando a mala fe cualquier cosa posible de tergiversar.

En beneficio de la duda, eres imbécil. Sin beneficio de la duda, eres mala persona.

M

#100 Mira, andaba yo pensando algo parecido.
En beneficio de la duda, eres homófobo por estupidez e ignorancia.
Sin beneficio de la duda, eres un puto homófobo y entiendes perfectamente las implicaciones de lo que has escrito.

Y dado que tus ”aclaraciones” no pasan de ser gilipolleces sin sentido que vas inventando sobre la marcha y que no hacen sino reforzar tu tesis homófoba, no puedo sino pensar que la segunda opción es la más probable. No sólo has escrito (ya más de una vez) que la homosexualidad es una correlación causal en las tendencias pederastas del clero, sino que sabes y entiendes perfectamente lo que has escrito, y sólo intentas cubrir la cagada de haber quedado en evidencia por haber sido demasiado explícito.

M

#82 Puedes solicitar el cambio de apellido del hijo al inscribir el nacimiento en el Registro Civil. Es más, es exactamente el mismo formulario que si lo cambias después de haberlo inscrito.

Y tú mismo has enlazado un ejemplo, ceporro. De puño y letra del juez director del Registro Civil.

Y no, el Registro Civil no puede negarse si haces el trámite correcto. Pero es descojonante ver cómo no paras de inventarte películas una tras otra.

La verdad, no sé si te gusta mentir tontamente o si lo que te gusta es directamente parecer tonto.

avalancha971

#83 Puedes solicitar el cambio de apellido del hijo al inscribir el nacimiento en el Registro Civil.

¿Lo has hecho acaso? ¿En qué Registro Civil?

Porque lo que dices que es hacer el trámite correcto es hacerlo en otro momento que no sea el nacimiento.

¿El mismo formulario? ¿Cuál formulario?

M

#84 Si no sabes (o no quieres) usar Google es tu problema. La información que he dado aparece en la web del Ministerio de Justicia y en la de tu C.A. (me aparece en varias). Y el formulario lo específica tu propio enlace. Ve a hacer perder el tiempo a tu abuelo, payaso.

avalancha971

#85 En el enlace que yo he puesto aparece como realizar la modificación en la inscripción de nacimiento. Y creo que lo que no has entendido es que aunque todas las modificaciones se realizan en la partida de nacimiento, eso no quiere decir que se haga en el momento de realizar la inscripción original de nacimiento, momento en el que no se puede.

El tiempo me lo estás haciendo perder tú si me pides que buscando los enlaces que hayas podido encontrar tú, e intentado entender qué es lo que habrás entendido.

Lo que yo aquí he puesto no lo he basado en búsquedas realizadas en Google con el objetivo de contestarte. Lo he basado en mi experiencia personal en el Registro Civil, Defensor del Pueblo y Juzgados. Por supuesto que además de ello he dedicado mucho tiempo a buscar información en Google.

Pensaba que igual pudieramos haber pasado alguno de los dos algo por alto y con ello hubiéramos aprendido más. Pero si tu objetivo no es más que insultar, efectivamente estamos perdiendo los dos el tiempo.

M

#86 Tu experiencia es nula porque no tienes ni puñetera idea de qué hablas, ya puedes dejar de fingir e inventar soplapolleces absurdas.

Y aunque no venga al tema, conozco personalmente a alguien que tradujo su nombre y apellidos al inscribirse en el Registro Civil. Y cero problemas. Sé de primera mano que estás mintiendo, ¿lo pillas?

Eso que dices que no se puede, que según tú requiere pleitear, recurrir a altas instancias y rezar a dios, resulta que es trivial y tan sólo requiere rellenar un formulario. Y por mucho que mientas, por supuesto que puede hacerse al inscribir por primera vez a una persona en el Registro Civil.

¿Pero no ves que tú mismo has enlazado el caso de una niña con el apellido traducido en el Registro Civil a petición de su padre? ¿Qué más demostración quieres? Me estás pidiendo pruebas que has enlazado tú mismo, babuino, sólo haces el payaso intentando marear tu perdiz embustera.

Por lo demás, debes drogarte fuerte si crees que voy a perder mi tiempo sirviéndote el trabajo sólo porque tú seas un mentiroso patológico y no pares de inventarte películas ridículas para intentar justificar algo que nunca sucedió.

avalancha971

#87 Sigues perdiendo el tiempo.

Ni un enlace al supuesto formulario.

M

#88 Tienes la referencia y el código en tu enlace, payaso, precisamente en los fundamentos legales del caso que has intentado embusteramente exponer como una denegación de traducir un apellido. lol Lee, gandul, que no duele.

Y en el mismo caso según tú a la hija le debieron registrar el apellido traducido en la panadería, supongo. roll Es patético ver cómo luchas contra los hechos intentando realimentar tus trolas inventadas.

Madre mía, qué ridículo tienes que ser para pensar que los demás trabajan para ti porque insistas en ser un troll de medio pelo.

M

#80 Tus películas deben emocionar a Spielberg, pero siguen siendo ficción sin pies ni cabeza que te sacas directamente de los cojones.

Empezando por eso que dices que no puede hacer el registro civil, cuando es el registro civil el único que puede hacerlo y tú mismo has puesto un ejemplo. Simplemente la has cagado intentando poner como ejemplo un tipo que simplemente se equivocó de trámite. Y por lo visto intentas arreglarlo inventándote más gilipolleces todavía.

avalancha971

#81 Claro que el registro civil es el único que puede hacerlo, en primera instancia, para después acabar como mediadores en el defensor del pueblo y los juzgados si se niegan a ello.

Te lo intentaré poner claramente lo que te estoy diciendo:

El registro civil SÍ puede cambiar el apellido de manera justificada.

El registro civil NO puede inscribir un nacimiento con un apellido distinto al de los padres.

M

#82 Puedes solicitar el cambio de apellido del hijo al inscribir el nacimiento en el Registro Civil. Es más, es exactamente el mismo formulario que si lo cambias después de haberlo inscrito.

Y tú mismo has enlazado un ejemplo, ceporro. De puño y letra del juez director del Registro Civil.

Y no, el Registro Civil no puede negarse si haces el trámite correcto. Pero es descojonante ver cómo no paras de inventarte películas una tras otra.

La verdad, no sé si te gusta mentir tontamente o si lo que te gusta es directamente parecer tonto.

avalancha971

#83 Puedes solicitar el cambio de apellido del hijo al inscribir el nacimiento en el Registro Civil.

¿Lo has hecho acaso? ¿En qué Registro Civil?

Porque lo que dices que es hacer el trámite correcto es hacerlo en otro momento que no sea el nacimiento.

¿El mismo formulario? ¿Cuál formulario?

M

#84 Si no sabes (o no quieres) usar Google es tu problema. La información que he dado aparece en la web del Ministerio de Justicia y en la de tu C.A. (me aparece en varias). Y el formulario lo específica tu propio enlace. Ve a hacer perder el tiempo a tu abuelo, payaso.

avalancha971

#85 En el enlace que yo he puesto aparece como realizar la modificación en la inscripción de nacimiento. Y creo que lo que no has entendido es que aunque todas las modificaciones se realizan en la partida de nacimiento, eso no quiere decir que se haga en el momento de realizar la inscripción original de nacimiento, momento en el que no se puede.

El tiempo me lo estás haciendo perder tú si me pides que buscando los enlaces que hayas podido encontrar tú, e intentado entender qué es lo que habrás entendido.

Lo que yo aquí he puesto no lo he basado en búsquedas realizadas en Google con el objetivo de contestarte. Lo he basado en mi experiencia personal en el Registro Civil, Defensor del Pueblo y Juzgados. Por supuesto que además de ello he dedicado mucho tiempo a buscar información en Google.

Pensaba que igual pudieramos haber pasado alguno de los dos algo por alto y con ello hubiéramos aprendido más. Pero si tu objetivo no es más que insultar, efectivamente estamos perdiendo los dos el tiempo.

M

#86 Tu experiencia es nula porque no tienes ni puñetera idea de qué hablas, ya puedes dejar de fingir e inventar soplapolleces absurdas.

Y aunque no venga al tema, conozco personalmente a alguien que tradujo su nombre y apellidos al inscribirse en el Registro Civil. Y cero problemas. Sé de primera mano que estás mintiendo, ¿lo pillas?

Eso que dices que no se puede, que según tú requiere pleitear, recurrir a altas instancias y rezar a dios, resulta que es trivial y tan sólo requiere rellenar un formulario. Y por mucho que mientas, por supuesto que puede hacerse al inscribir por primera vez a una persona en el Registro Civil.

¿Pero no ves que tú mismo has enlazado el caso de una niña con el apellido traducido en el Registro Civil a petición de su padre? ¿Qué más demostración quieres? Me estás pidiendo pruebas que has enlazado tú mismo, babuino, sólo haces el payaso intentando marear tu perdiz embustera.

Por lo demás, debes drogarte fuerte si crees que voy a perder mi tiempo sirviéndote el trabajo sólo porque tú seas un mentiroso patológico y no pares de inventarte películas ridículas para intentar justificar algo que nunca sucedió.

M

#72 Todo el clero ha abusado de la población siempre que ha tenido ocasión, en todas las formas posibles.

La cagada (inmensa) es pretender correlacionar eso con la homosexualidad, y encima poniéndola como factor original.