Hace 16 años | Por --64331-- a elmundo.es
Publicado hace 16 años por --64331-- a elmundo.es

Estimado Don Carlos, acabo de instalar el ADSL y quería preguntarle si incurro en algún tipo de delito si instalo el famoso Emule y descargo en mi Pc música, películas etc.. Se comenta en la red que si lo hago sin animo de lucro alguno no cometeria delito alguno.

Comentarios

juantxxo

En resumen... Descargárselo no es delito. "La reproducción, plagio, distribución o comunicación pública de una obra, en todo o en parte, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero" Eso sí

D

#6 "Va de retro."

Sí, como el "Cuéntame"... ¿o querías decir "vade retro"?

D

#36,

[Dindón]
- Hola, ¿qué desea?
- Buenas tardes, vengo de Seur, traigo un paquete para el señor Pol Pot.
- Vaya, hombre, es que ahora no está, se ha ido al cíber a comentar en menéame contra el canon.
- ¿Sabe imitar su firma?

jotape

#35

- RIIING, RIIING
- ¿Está Jaimito Borromeo?
- No, ha salido, está comentando en el menéame a favor del canon.
- Vale, gracias, ya le llamo más tarde.

D

De todos modos hay algo que creo que le ha faltado a Sanchez Almeida en el analisis del status legal del P2P: el articulo 20.1 LPI:

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg1-1996.l1t2.html#a20

"Se entenderá por comunicación pública todo acto por el cual una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas"

Eso significa que algunas formulas de comparticion a traves de Internet sin autorizacion del autor constituirian ilicitos civiles, el P2P no -puesto que para acceder a las obras esa pluralidad de personas requieren recibir los ejemplares, y no de forma colectiva sino que las transferencias se realizan de modo personalizado-; en realidad esta en lo cierto al señalar Sanchez Almeida que esa era la intencion del legislador al introducir el articulo 20.2.i, convertir las descargas P2P en un ilicito civil ... sin embargo, el legislador fracasó -de lo cual me alegro moderadamente, dado que en la proxima legislatura podrian volver a la carga- al no modificar el 20.1 LPI. Un cordial saludo

j

#12:

- Circular con el coche por el carril derecho sin pisar la línea es legal.
- Circular por el carril derecho y pisar la línea para adelantar es legal si ésta es discontínua y lo haces con seguridad.
- Circular por el carril del sentido contrario habiendo línea contínua o sin estar realizando un adelantamiento reglamentario con seguridad no es legal.
- Circular por cualquier carril a mayor velocidad de la permitida no es legal.

Decir simplemente que "circular con el coche por la via pública es legal" es quedarse a medias. ¡¡¡WTF!!!

¿¿¿Desde cuando la tecnología, el conocimiento, y la información en general son "legales" o "no-legales"???

¿Es legal el Teorema de Pitágoras? ¿Y el principio de conservación de la energía?

Es triste que las mafias de la información se pasen el dia vomitando disparates. Pero que ya empecemos a decirlos nosotros mismos es preocupante...

D

Vaya con los de El Mundo. ¡¡Que no den ideas por Dios!!

H

#35 "Titiriteros" es copyright de Losantos, ¿tienes el canon pagado y en orden?

a

Va de retro. No solo es delito. Es pecado mortal. lol

Ahora en serio. Cuando se darán cuenta que poner puertas al campo no funciona, es inutil, y estúpido.

Si de lo que se trata es de aplicar de la forma mas arbitraría posible para crear una alarma y preocupación que restrinja el uso del P2P se quedan muy cortos. Y si intentan algo suficientemente fuerte para que sea efectivo, se pasarán 400.000 pueblos.

Que se vuelvan a la edad media con sus derechos de pernada, inquisición, y demás lindezas, y dejen de joder.

D

#1 Está bien para los que tenían algún remordimiento

Apunto: Está bien para los que en algún momento se habían llegado a creer las mentiras de la $GA€ aunque fuera solo un poco.

otrobloginutil

Está bien para los que tenían algún remordimiento

H

#20 Lo del screener legal o no se puede discutir largo y tendido. Lo del porno infantil creo que es bastante obvio...

Sólo queda lo del software, pues te lo repito, descargar software pirata no es legal. De hecho, si lees el artículo sólo menciona "música y películas". Aparte de:

"debe tratarse de reproducciones realizadas por una persona física para su uso privado a partir de obras a las que haya accedido legalmente, siempre que la copia obtenida no sea objeto de una utilización colectiva ni lucrativa, y quedando excluidas las bases de datos electrónicas y los programas de ordenador."

xenNews

#12 ¿Que no hay copia privada inicial? Ya se hablo hace tiempo de que tú, en el mismo momento en que pagas la entrada de cine, podrías hacer una copia de la película para uso privado. Sería completamente legal. Otra cosa es que el lobby de los derechos de autor diga otra cosa.

Pero una vez que has pagado por una obra cultural que ha sido difundida públicamente, creo recordar, no necesitas ninguna autorización para crear tu copia privada. Luego el screener es una copia privada. Luego las demás también lo son.

A mi me da igual, que screeners no bajo. Soy antiscreeners... HD al poder.

everman

#8 iba a ponerlo ahora mismo jejejej Ya lo dijo el jefazo: dont worry be happy!

b

Nadie ha explicado aún cómo pretendéis que un productor haga, por ejemplo ,una película, lo cual cuesta dinero, sin la eseranza de recuperarlo. Si me aclaráis este punto me doy por satisfecho.

DZPM

#35 por si realmente no sabes, te recomiendo echar un vistazo a "economía de la escasez vs economía de la abundancia", al modelo de negocio del software libre, y a conceptos similares.

El tema ha sido tratado en profundidad, creo que no hace falta repetirlo.

D

#12 En realidad, es que es cierto: el P2P es legal; esa afirmacion por si sola no es quedarse a medias.

Otra cosa es la pregunta: ¿las descargas P2P son legales? Pues dependerá del uso que se le de a lo descargado y de su origen -de si las copias han sido accedidas legalmente-. Tu desglose sobre que puede y que no puede ser legal me parece bueno Saludos

H

#24 Exacto: WTF?

¿Qué parte de mi comentario es un disparate? ¿Que es ilegal descargar porno infantil? ¿Que es ilegal (según la ley, vamos) descargar programas de pago?

D

Pues tengo un cuñao que es Guardia Civil y tiene que dar una charla a unos alumnos del instituto y entre otras cosas les tiene que decir que descargarse películas y música de internet es delito.

No tenía ganas de discutir con él porque ese día iba a beber cerveza, no a discutir temas trascendentales, pero que lo sepais.

D

#29 Bien. Es posible convivir con un modelo de basado en la propiedad intelectual. Sobre todo es un tema que toca principalmente a las grandes multinacionales. Ellos tienen derechos de exclusividad, de propiedad intelectual, etc... y no hay problema.

Pero no hay que olvidar que existe un modelo de negocio alternativo basado en el servicio (entendiéndose por servicio todo fenómeno, que por su naturaleza no es susceptible de ser reproducido, como un concierto al aire libre o el servicio que ofrece un informático).

En mi opinión hay que potenciar ese modelo de negocio, más que intentar blindar los intereses de las multinacionales.

g

EL QUIJOTE!!! YEAAAHHH! eso es una respuesta. Estimado navegante, si te demandan contrata al abogado de El Mundo. Será un juicio muy divertido, normalmente a los jueces les encanta este tipo de abogados... HU! HA!

b

Estupenda reforma la del 2006, no es delito pero si te pueden exigir una indemnización por infracción civil
Además el único uso válido es para copia personal no para compartir mediante programas p2p.

¿Infracción civil?

Cabe matizar, no obstante, que aun no siendo constitutiva de delito, la actividad de intercambio de obras intelectuales protegidas por derechos de autor, sí puede constituir una infracción civil de la Ley de Propiedad Intelectual, que podría llevar aparejada la obligación de indemnizar.

La reciente reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, operada por la Ley 23/2006, de 7 de julio, considera comunicación pública "la puesta a disposición del público de obras, por procedimientos alámbricos o inalámbricos, de tal forma que cualquier persona pueda acceder a ellas desde el lugar y en el momento que elija", definición ésta en la que encajan los archivos compartidos en redes P2P.

Antes de la reforma del año 2006, se argumentaba que las descargas de música y películas podían subsumirse en la definición de copia privada establecida en el artículo 31.2 de la Ley de Propiedad Intelectual. La reforma de 2006 ha reducido notablemente el ámbito de dicho precepto: debe tratarse de reproducciones realizadas por una persona física para su uso privado a partir de obras a las que haya accedido legalmente, siempre que la copia obtenida no sea objeto de una utilización colectiva ni lucrativa, y quedando excluidas las bases de datos electrónicas y los programas de ordenador.

Katra

#14 Yo creo que quería decir: Barre dentro

D

Es la mejor explicación que he leido sobre el tema.

D

No, si al final nos quitaran el P2P a pesar de estar sangrandonos ya con el canon.

D

#40, me doy por satisfecho, como #34, si me respondes a su pregunta.

Aitortxu

lol lol lol

D

#34:

-Titiriteros, impresentables, ¿no veis que vuestro modelo de negocio está obsoleto?
-¿Y cuál es el nuevo modelo de negocio?
-Errr... uhhhh...

D

Que a estas alturas todavía haya gente que piense que compartir sin ánimo de lucro es delito pese a la abundantísima evidencia en contra y con ninguna a favor. ¿Democracia? mediocracia más bien: no es delito, pero los medios dicen que sí, la masa se lo cree y al final lo que cuenta es lo que cree la masa aunque no sea verdad.

o

Tener cuidado con las leyes estas que no valen para nada porque somos muchos y tal y que cual que mirar en yankilandia solos condenan de vez en cuando a alguien y cuando lo hacne es por millones

D

El comentario de #12 es interesante. ¿son ciertos sus matices?

a

#28 vaya tela jaja, que iba a decir... es como la tele, cada cierto tiempo meten presion social sobre que es ilegal descargar archivos de la red y que han cogido a un chavalin...entonces la gente por miedo esta una temporada sin bajar nada... por cierto dentro de nada tiene que salir por la tv... porque ya hace tiempo que no sale jaja.

D

supongo que los hijos del jefazo tienes el bittorrent a toda castaña todo el dia, y por si acaso...

joeelgordo

a mi me ha encantado lo de la denuncia "civil" para reclarmar la indemnización. ups que ya existe dicha indemnización los estudiosos lo llaman CANON por lo que "a compartir hermanos que para eso pagamos."!!!

jotape

#38

[Toc, toc]
- Lo siento, pero Jaimito aún no ha vuelto...
- No, señora, ahora venía buscando a Bigote Arrocet, tengo que devolverle un juego de la wii.
- Aaah, pues lo siento mucho, pero está en menéame haciendo chistes con Losantos.
- Vaya por dios, pues dígale que me llame...

j

Lo que dice el abogado (los hechos) es que no es un delito tipificado en el codigo penal. Para los ignorantes que desconocen lo que significa legal, ademas del codigo penal, hay otros codigos y otras leyes. Descargarse peliculas y canciones en el P2P es ilegal, estas violando los derechos de los dueños de esas peliculas/canciones, que pueden reclamar una indemnizacion por ello. Lo que no pueden hacer es meterte en la carcel.
El control del P2P llegará, antes de lo que creeis, es lo logico y lo justo. El que quiera algo que lo pague. Asi es el mundo, aunque me quede sin karma y aunque no me guste. Hace unos años, todas las conexiones wifi eran abiertas con IP dinamica, ilocalizable, ahora son encriptadas con IP fija. Los moviles prepago no se declaraban, ahora te piden el DNI. El P2P por ahora garantiza a las telefonicas abonados y negocio, pero los dueños de las peliculas y las canciones quieren su parte. Hay mucho dinero en juego.

D

Cansina de aquí a Lima, además ¿si fuese ilegal dejaríais de hacerlo?, yo no, y por ello no trato de justificarlo continuamente, NO ES NECESARIO porque NO TIENEN FORMA DE HACERNOS PAGAR POR ELLO, aunque fuese algo ilegal, esa es la parte buena del asunto, que podrían putear a unos cuantos, pero abrir una causa contra todos y cada uno de las personas que comparten archivos suena absolutamente ridículo, por tanto, ¿para qué tantas vueltas?, no hay problema (al margen del tema del canon) y por tanto no hay que buscar solución.
El problema lo tienen ellos, QUE SE JODAN.
A, por cierto, mi mula está bajando a tope (también screeners y programas pirata, que miedo tengo!) así que debe estar de acuerdo.
P.D.: El problema del canon también tiene una sencilla solución, comprar productos de importación o directamente importarlos tú mismo, no es tan complicado (y con la posición del dollar actualmente más de uno se llevaría una grata sorpresa a la hora de comprar).

asturdany

Yo uso ubuntu... eso no es delito verdad?? Al menos de momento...(tiempo al tiempo) O.o