La pregunta que los conductores que iban a 120 kilómetros por hora por la autovía sentido Sevilla era qué hace un niño en bicicleta pedaleando entre tanta velocidad
#3Artículo 18. Circulación en autopistas y autovías.
1. Se prohíbe circular por autopistas y autovías con vehículos de tracción animal, bicicletas, ciclomotores y coches de minusválido, salvo casos excepcionales que los conductores justificarán proveyéndose de autorización especial. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, podrá autorizarse la circulación por aquellas autovías que no dispongan de vía alternativa para realizar el desplazamiento.
#8Yo tuve una compañera de trabajo un tanto excéntrica que, tras cargarse el coche tontamente, afirmaba (y ni los 40 grados de julio a las 3 de la tarde la hacían entrar en razón) que podía hacer todos los días los 60 km q separaban su casa de la oficina, aunque como hacía años que no montaba en bici, primero tendría que entrenar unos días "dando vueltas alrededor de su casa"... Lo que ocurre es que, por otras muchas excentricidades, decidieron no renovarle el contrato antes de poner en práctica la idea...
#6 el chavalito este iba por el carril central, nada menos!
#11#4 ya me dirás cómo, yo con mi Conor de 24 velocidades (tres platos y ocho piñones) me custa bastante superar los 40km/h en llano... por mucha pendiente que haya...
1. Se prohíbe circular por autopistas y autovías con vehículos de tracción animal, bicicletas, ciclomotores y coches de minusválido, salvo casos excepcionales que los conductores justificarán proveyéndose de autorización especial. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, podrá autorizarse la circulación por aquellas autovías que no dispongan de vía alternativa para realizar el desplazamiento.
¿o era en caida libre?
#6 el chavalito este iba por el carril central, nada menos!
A ver la 'gracia' del niño, por cuanto les sale a los irresponsables de los padres...