Hace 14 años | Por ochodias a elcorreodigital.com
Publicado hace 14 años por ochodias a elcorreodigital.com

La comisión de Estudios e Informes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha avalado el artículo de la Ley de Economía Sostenible (LES) que atribuye a la Audiencia Nacional la competencia para decidir sobre el cierre de páginas web que infrinjan los derechos de propiedad intelectual.

Comentarios

tuseeketh

#7 ¿Qué nos habíamos tragado lo de la separación de poderes?

D

#16, estaré encantado de leer tus argumentos (jurídicos) contra esta ley. No tengo motivo para desconfiar de los jueces que se han esmerado en defender los derechos de los internautas siempre que ha sido necesario. Argumentos jurídicos, ¿eh? nada de enlaces a adslzone, feisbuk o forocoches.

enderwiggins

#18: los tienes a dos pasos de búsqueda. solo tienes que poner, por poner un ejemplo famoso, "David Bravo" en google.

no obstante, ahí van un par de enlaces de abogados:

http://www.contencioso.es/2010/01/06/del-intolerable-parcheo-de-un-reglamento-ilegal-contra-las-descargas-ilegales/

http://www.filmica.com/david_bravo/archivos/010302.html

aunque con buscar "LES" y lucro indirecto verás que no solo a los internautas que no somos abogados nos preocupa que se haya metido un teŕmino tan difuso en una ley que da poderes tan abstractos a una comisión por formar.

en cuando a juicios de valor con las opiniones de los demás, procura no jugar a la crítica 'ad hominen'; es mucho más constructivo que digas en qué estás o no estaś de acuerdo que criticar al interlocutor o a su 'autoridad' en la materia; mis argumentos, por supuesto, son razonamientso basados en lo que he leído, de abogados, de gente metida en investigación, en nuevas tecnologías, de blogueros, de políticos...

sotanez

#10 #22
Eso de que sean los mismos jueces no lo tengo yo tan claro. No es lo mismo un juez anónimo interpretando la ley que los peces gordos del poder judicial bajo presión del gobierno.
Soy así de desconfiado, supongo.

Kuco

#2 #21 #35 #39 y similares... A ver que os están intentando vender la moto como siempre, con eso de que los jueces han aprobado no se qué. El Consejo de Estado y el Consejo General del Poder Judicial se pronuncian técnicamente, sin entrar a valorar cuestiones éticas, morales o políticas que le corresponden exclusivamente al gobierno y a las Cortes Generales

l

#42 Sí, ya sé que no hay cuestiones éticas o morales envueltas, pero es que lo que he puesto en #21 son cuestiones técnicas. A no ser que sólo hayan valorado el hecho concreto de que la AN tenga que dar autorizaciones, sin valorar la repercusión jurídica de la LES.

Lo que está claro es que a tenor de lo que dicen los 2 primeros artículos que describen el Poder Judicial (ver #21), ya está claro que la ley está técnicamente fuera de ellos.

De todas formas, haces bien de recordarlo, porque no debemos fiarnos de lo que los periódicos interpretan que los jueces dicen que hacen.

Kuco

#48 Es que la Ley de la patada en el router no está hablando de administrar justicia, está hablando de dar una autorización sobre un hecho concreto, el artículo 20 de la Constitución, nada más y nada menos. Administrar justicia se hará muchos años más tarde cuando se decida sobre el fondo del asunto y ya sea tarde

Y en cualquier caso, lo dispuesto anteriormente en una ley se modifica con otra.

enderwiggins

#42aaah, leche, sí solo es eso, ya me quedo mucho más tranquilo. o sea que la LES, técnicamente, no es preocupante. Es mejor que esperemos a ver qué pasa después

ahora, que lo mismo, romper la separación de poderes asignándo capacidades legislativas a un grupo que no va estar formado por jueces, puede ser un ligero problema técnico.

Kuco

#66 Problema técnico ninguno, la falta de personal y poco más. Problema político en todo caso. No les preguntan si la ley les parece guay, si les mola que el ministerio vaya a cerrar páginas web. No. No les corresponde a los jueces legislar ni dar su opinión personal o política.

enderwiggins

#68 "El anteproyecto es sumamente confuso e indefinido y, siguiendo un hábito legislativo pintoresco, se introduce como pieza extraña en otra ley, la de economía sostenible, en la que parece caber de todo, como en aquel Congreso del Mundo que imaginó Borges en uno de sus cuentos más memorables. "

que no lo digo yo, que lo dice Francisco José Navarro (Magistrado de la Audiencia Nacional) http://ecodiario.eleconomista.es/cultura/noticias/1863412/01/10/PROPIEDAD-INTELECTUAL-Y-GARANTIA-JUDICIAL.html

así que supongo que algún problema técnico sí que puede que haya...

Kuco

#69 Desgraciadamente es costumbre introducir modificaciones de leyes en disposiciones adicionales, transitorias o finales de otras leyes que nada tienen que ver con la que introduce la modificación. La ley es ley aunque no tenga que ver nada con el título que lleve. Se me viene a la memoria, ahora mismo sin buscar mucho, la primera ley del divorcio que se hizo en España, que se introdujo en una disposición adicional de otra ley que nada tenía que ver... y como esas muchísimas otras.

De todas formas, centremos el objetivo, quien tiene que aprobar el proyecto de ley es el gobierno y quien tiene que aprobarlo o rechazarlo son las Cortes Generales, nadie más. La responsabilidad corresponde a los representantes que votaron los ciudadanos, eso es la democracia. Ambos, gobierno y diputados/senadores, responderán ante los ciudadanos.

Kuco

#69 Y digo yo ¿Los ciudadanos les van a aplaudir? ¿Les seguirán votando? Entonces la mayor culpa será precisamente de esos ciudadanos que no saben vivir en democracia y votan defendiendo sus colores, hagan lo que hagan, pensando que esto es un partido de futbol.

Yo confío en que una sociedad española bien informada cada vez sea más madura democráticamente. Y también espero que la gente se movilice, no se si espero mucho. La gente tiene que darse cuenta de que vivir en democracia es participar de la vida política, porque las decisiones políticas de sus representantes les afectan directamente.

D

#21 Yo no entiendo tu comentario, la Audiencia Nacional es un órgano del poder judicial, como bien indica #22.

l

#27 ¿Y la comisión que decidirá el cierre de páginas web también?

D

#28 Pero la comisión no decide nada, ellos tramitan la denuncia al juez, que es el que decide.

De dónde has sacado esa información?

v

#29 De eso nada, quien decide el cierre es la Comisión. El juez sólo será consultado sobre si ese cierre vulnera algún derecho fundamental del titular (como el derecho de expresión), pero sin entrar a valorar si el cierre en sí es pertiente o no.

D

#33 #34 Siguiendo el link de este mismo periódico (y de cualquier periódico, porque yo he leído lo mismo en La Vanguardia)

"sistema mixto" en el que cuando un titular considere que su obra está siendo explotada y distribuida por una página web sin licencia pueda presentar una denuncia a la sección segunda, que se creará a tal efecto, de la Comisión de Propiedad intelectual. Este organismo analizará el caso y lo remitirá a un juez de la Audiencia Nacional de lo contencioso-administrativo, el cual tendrá un plazo de cuatro días para autorizar o no el bloqueo de esos contenidos concretos.

v

#36 Han leído mal la ley. Son periodistas, ¿qué esperabas?

danieloider

#36 directamente del texto legislativo:
Acordada la medida por la Comisión, se solicitará del Juzgado competente la autorización para su ejecución, referida a la posible afectación a los derechos y libertades garantizados en el artículo 20 de la Constitución.

O sea, que el juez no entra en la decisión de si se debe o no cerrar la web y si vulnera la propiedad intelectual; es como dice #40

D

#36 "Este organismo analizará el caso y lo remitirá a un juez de la Audiencia Nacional de lo contencioso-administrativo, el cual tendrá un plazo de cuatro días para autorizar o no el bloqueo de esos contenidos concretos"

No decide el cierre de la web la Audiencia Nacional, eso es falso. Decide si secuestrar esos contenidos afectaria la libertad de expresion (?) y si el organo administrativo es competente, no si existe la base indiciaria para ordenar el cierre (cosa que por cierto exige la ley para la adopcion judicial de medidas cautelares).

Porque es el organo administrativo el que ordena el cierre. Es facil de entender si se intenta.

Nova6K0

Hegel, angelitoMagno,... ¿de verdad creéis que vamos a entrar en vuestro juego?

1 - El CGPJ en un órgano judicial, pero no son todos los jueces de España.

2 - Precisamente si la Ley se ha cambiado, es porque los jueces, han hablado y han sobreseído el 99,99% de los casos de web P2P. Porque no importa si hay lucro o no. Si no si hay comunicación pública. Un enlace nunca puede ser comunicación pública.

3 - Los que decís que si un juez bla bla bla... Dejaros de hacer el ridículo o al menos no toméis a la gente por gilipollas. Que a vosotros os guste tergiversar, mentir, ladrar, llamarlo x, es vuestro problema. Pero el resto (por cierto la mayoría) sabemos que el juez no pinta nada, ya que no entra en el fondo del asunto, violando el art 20.5 de La Constitución Española que dice que no se podrán secuestrar publicaciones salvo resolución judicial y pone claro RESOLUCIÓN y eso no es una firma, si no que sea el juez quien "resuelva" el caso (que entre en el fondo del asunto).

4 - Sobre el CGPJ la verdad no están cumpliendo la propia Ley del Poder Judicial, tal como explica tan bien, el compa Ironaldo en #21 (+1).

A mí me parece increíble que se creen leyes de este calibre, exclusivamente para defender a unos pocos, que dicen ser artistas.

Salu2

lloseta

A partir de que empiecen a cerrar las webs ¡SE DEBE DE DEJAR DE COBRAR EL CANON A TODOS LOS DISPOSITIVOS DE ALMACENAMIENTO !

torete

#8 El canon también lo cobran, al menos en los CDs vírgenes, porque puedes hacer una copia de un disco y regalársela a un amigo. No tiene nada que ver con las páginas web.

Y sí, lo cobran "por si acaso". Deben ser los únicos que aplican la presunción de culpabilidad.

lloseta

Ya somos más China!

D

Que aclaren lo de el lucro indirecto. ¿Se refieren a poner publicidad en una página de enlaces?

¿O se refieren a lo que antes llamaban lucro cesante refiriéndose al dinero ahorrado al no comprar un disco?

Que lo aclaren bien.

PD: Sinde dimisión.

L

Una imagen vale más que mil palabras:

v

La única queja de la comisión de Estudios respecto del anteproyecto de la LES es que no valora los efectos de la nueva competencia de los Juzgados de la Audiencia Nacional, que "puede traducirse en una importante carga adicional de trabajo, lo que acaso pudiera derivar en la necesidad de ampliar la planta de esos Juzgados o establecer ciertas medidas de refuerzo".

Ampliar la Audiencia Nacional o dotarla de refuerzo... ¿sólo por ir corriendo a cerrar unas cuantas webs de enlaces? (según los redactores y defensores de la infame disposición final eso es la única intención que tienen). Y aún quieren que nos creamos que todo este camino es única y exclusivamente por "unas 200 webs" que ganan dinero de Adwords. Claro.

D

#31 Efectivamente, es otra muestra de las mentiras cruzadas de Gobierno y CGPJ respecto a este caso.

Lo que correctamente apuntas es que si son solo 200 paginas, no hay tal sobrecarga de trabajo; si va a haber sobrecarga de trabajo es que no van a ser 200 paginas, sino que va a haber feuer frei (fuego a discrecion) contra multitud de paginas. Personalmente apuesto por la segunda version.

En cualquier caso, es imposible que ambos (Gobierno y CGPJ) digan la verdad. Saludos

c

El juez dictaminará si el cierre de la página web vulnera la libertad de expresión o información.
El juez no va a entrar en la posible legalidad de la página. Por ejemplo: si la comisión determina que un enlace a una foto de Tedy Bautista, no tiene que estar en esa web porque según ella infringe los derechos de autor, le dice al juez: Si cierro esta página es para negarle información al ciudadano o para evitar la libertad de expresión de alguien? Si la respuesta del juez es NO, la comisión ciera la web.

Ahora bien. ¿Eso significa que el juez ha determinado sobre la licitud de la página o sobre la legalidad de los contenidos de la misma y por eso está de acuerdo con el cierre?

La respuesta vuelve a ser NO. El juez no tiene arte ni parte en la licitud de los contenidos de la web. Hasta ahora el procedimiento era el siguiente: La Sgae demanda ante los jueces una web que ellos consideraban ilícita. Comienza entonces un procedimiento jurídico, al final del cual, el juez concluirá respecto de la legalidad de la web y sus contenidos. Eso ahora lo hace la comisión y no un juez ni un juzgado. El problema del juez figurín de esta ley, es que no va a dirimir mas que en lo que afecta a la libertad de expresión y no a la legalidad de la página según nuestra legislación.

Los enlaces a obras protegidas no han sido considerados ilícitos o delictivos por ningún juez, hasta el momento. Todas las denuncias se han archivado. Como ésto molesta a la Sgae y sus lacayos (los miembros del gobierno), pues han buscado ese atajo para burlarse de nosotros. La figura del juez la meten con calzador, pero no es el juez el que decidirá sobre la licitud de los contenidos de la página. Lo vuelvo a repetir porque pretenden inducirnos a error con el rollo del juez.

D

El auto en el que se autorice o deniegue la medida propuesta por la CPI se podrá recurrir ante la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

No se si se ha modificado la Ley pero, en principio, será la misma Sala que dicte el Auto del cierre la que decidirá sobre el Recurso que anuncian. Y tampoco hablan de plazos así que intuyo que serán los generales que establece la Ley.

Siendo así nos encontramos que una Sala dicta un Auto, en 4 días, obligando el cierre de una página. La página cerrada no está conforme con la decisión y la recurre ante la misma Sala que lo dictó (obviamente va a ratificar el mismo Auto que ya dictó previamente) y lo mejor, el plazo de los 4 días ya no existe.

Pa mear y no echar gota.

W

#14 No, el tema no va así.

Los Juzgados de lo Contencioso deberán resolver los casos que se les presenten mediante un auto, en el plazo improrrogable de cuatro días y tras oír a las partes interesadas. El auto en el que se autorice o deniegue la medida propuesta por la CPI se podrá recurrir ante la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

No es lo mismo los juzgados de lo Contencioso que la Sala de lo Contencioso de la Audiencia. Hay una primera instancia y una segunda, como es habitual.

D

#19

Pues habrá sido modificado el proyecto porque lo primero que se publicó era así:

Será la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional la que finalmente decida actuar contra las páginas web denunciadas por atentar contra la propiedad intelectual. Esas medidas se tomarán en un procedimiento rápido de tan sólo cuatro días.

http://www.elcorreodigital.com/vizcaya/20100108/cultura/gobierno-revisa-nuevas-medidas-201001080758.html

Es decir, sería la Sala de la Audiencia quien dictaría la resolución.

Kuco

Si los representantes que el pueblo ha elegido no velan por sus derechos e intereses, entonces lo único que puede parar o derogar esta ley es el Derecho de Asociación + Derecho de Manifestación + Derecho al voto.

Y mientras tanto informar a todo el mundo, familia, amigos, compañeros de trabajo, etc. de lo que está ocurriendo y de cómo está ocurriendo, que todo el mundo lo sepa.

Y dar la guerra con iniciativas como esta: Preguntas más frecuentes sobre la denuncia contra el Estado español por monopolio de las entidades de gestión

Hace 14 años | Por moraitosanlucar a filmica.com

p

Da igual........la gente volverá a votar al PPSOE

l

#34 [...] la Comisión de Propiedad intelectual. Este organismo analizará el caso y lo remitirá a un juez de la Audiencia Nacional de lo contencioso-administrativo, el cual tendrá un plazo de cuatro días para autorizar o no el bloqueo de esos contenidos concretos.

Recordatorio de porqué esto es incorrecto:

La AN tendrá 4 días de plazo para decidir si la Comisión queda autorizada para ejecutar el cierre de la página web y si el hecho de que la comisión esté autorizada para ese cierre afecta a la libertad de expresión o no.

En ningún momento decidirá el juez si el cierre de la página web se hace de acuerdo con lo que dice la Ley de Propiedad Intelectual o si se están verdaderamente vulnerando derechos o no. Sólo autoriza a la comisión a cerrar, y la comisión es la que decide el cierre y la que JUZGA si hay lesión de derechos de autor o no.

No es lo mismo esto que lo que has afirmado en tu post o lo que dicen muchos periódicos.

c

Entre los "intelectuales" que nos colocan las leyes, los "intelectuales" que las apoyan, los "intelectuales" que mantienen la boca cerrada en lugar de oponerse y los "intelectuales" que en unos años volveremos a votar a los mismos de siempre, hablar de Propiedad Intelectual comienza a parecerme despiporrante.

M

Los que no lo avalamos somos los que creemos que la censura no tiene cabida en nuestro sistema.

tocameroque

Que alguien me explique el ánimo de lucro indirecto...
Que alguien me explique qué hace el PP apoyando este engendro legislativo...
Que alguien me explique qué hace el PSOE incrementando la censura previa, que es lo que realmente es dejar en manos de un órgano administrativo una decisión que debe ser estrictamente judicial...
Que alguien me explique si esto no es la misma aberración que el Tribunal de Orden Público....
Que alguien me explique si esto no va a suponer en la práctica el retroceso de la sociedad libre de la información en España...
Que alguien me explique en qué beneficia esto a la cultura ¿Creen que vamos a comprar más música mala o películas malas?

Athreides

#47
"Que alguien me explique en qué beneficia esto a la cultura ¿Creen que vamos a comprar más música mala o películas malas?"

No hace falta. Con tus impuestos ya estas subvencionando, quieras o no, la porquería de cine que se hace en España, con el canon estas pagando, quieras o no, a artistas (por llamarlos de alguna manera) de los que es posible que nunca hayas escuchado ni una sola canción.
Ahora sólo se trata de dar una vuelta más de tuerca hasta ver cuanto aguantamos. Sólo eso...

e

que no somos libres??
que no somos libres??
como que no...mira, puedes ir al estanco y en la quiniela marcar 1, x o 2

pa que os quejeis. si es que sois unos intolerantes....

zwilhandler

Coged las horcas, encended las antorchas. ES LA HORA DE LUCHAR POR NUESTRA LIBERTAD!

D

Y lo peor de esto es que ni PP ni PSOE son la solución.

Hay que hacer manifestaciones, y no en Facebook.

Kuco

#45 O lo mejor, según se mire, a ver si España sale de una vez de la mierda del bipartidismo.

D

#46 No creo en lo de cuanto peor, mejor. Mas que nada porque, entre otras razones, cuanto peor, mas dificil de arreglar. Saludos

Kuco

Para quien no entienda mi comentario #42 , lo que el Consejo General del Poder Judicial le está diciendo al Gobierno es haga usted lo que quiera, que para eso tiene la competencia de enviar proyectos de ley al Congreso, a ver si allí se lo aprueban o no, pero como esta ley se nos venga encima ya pueden ir pensando en aumentar el número de Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo para conseguir que en 4 días un juez decida lo poco que le dejan resolver en esa ley, con tantas demandas como pensamos que se van a presentar.

p

Hay juzgados que deciden libremente en función de las interpretaciones de la ley que hagan los jueces que los componen; para todo lo demás está la Audiencia Nacional, durante el franquismo conocido como Tribunal de Orden Público y orientado a la represión política bien controlada por el poder ejecutivo. Venían siendo otros los que sufrían a este tribunal, muchos permanecieron callados, pero mañana podemos ser todos los afectados.

Información muy interesante:
http://www.canarias-semanal.com/secciones/estado/articulosnovisimo/Eaudiencianacional.html
Extracto:
"De entre los motivos por los que se denuncia el carácter excepcional de la AN cabe destacar cuatro: que incumple el derecho al juez ordinario; que se determinan sin ningún criterio sus competencias; que favorece y acepta fórmulas inquisitivas de instrucción como la incomunicación y la tortura; y, por último, que presenta dependencias políticas o, a la inversa, limita el ejercicio del poder ejecutivo por la concentración de poder."

D

Y así es como se termina la democracia, bienvenidos a la dictadura 2.0.

D

¿La audiencia nacional? ¡Juas!, qué bueno, con lo sobraos que andan de tiempo.

dudo

¿El CGPJ no tiene que mejorar el funcionamiento de la justicia? ¿y localizar sus agujeros?
¿Por qué pisa todos los charcos menos los que deben?

Athreides

Creo que todos ellos ( artistas,gestores de los derechos, Sinde, jueces, etc..) esperan poder sacar tajada de semejante atropello.
No tardarán en darse cuenta de que abusando de nuestra libertad y cerrando webs a diestro y siniestro sus ingresos no aumentan y entonces irán a por otra libertad de las pocas que ya nos quedan....
Esto si que es un ánimo de lucro y no precisamente indirecto.

andresrguez

Ya se han quedado sin argumentos Bravo y EDANS

xenNews

País...

angelitoMagno

Si los jueces afirman que las páginas de enlaces no son ilegales => Vivan los jueces, benditos sean.

Si los jueces afirman que la Ley Sinde no vulnera la legislación => Jueces vendidos, manipulados, etc.

Por cierto:
la Ley de Economía Sostenible (LES) que atribuye a la Audiencia Nacional la competencia para decidir sobre el cierre de páginas web que infrinjan los derechos de propiedad intelectual.
Como algunos llevamos semanas tratando de decir, y siendo acusados de mentiros por ello, quien decide en ultima instancia es un juez, juez que además se encargará de velar que no se vulnerarán derechos constitucionales.

Ahora podemos discutir si realmente es necesario que la Audiencia Nacional se encargue de estas cosas o incluso si la propia ley en sí es necesaria, pero vamos, al próximo que salga con que la ley es ilegal, contraría a la constitución y todo eso, que vaya a discutirlo con el Consejo General del Poder Judicial, que a lo mejor los pobres no saben de leyes y no se enteran

D

#22 Pero según David Bravo lo que le van a preguntar al juez es si al cerrar dicha Web vulnera algún derecho o no, no si infringe los derechos de propiedad intelectual.

No tengo el enlace a mano pero seguro que lo habrás leído por aquí, pero no es lo mismo que tu estás comentando.

danieloider

#26 según David Bravo no, según el texto de la disposición final de marras.

Y #22 lo que ha avalado el CGPJ es que sea la Audiencia Nacional la encargada de la función asignada por la ley, no que la ley sea constitucional o les mole mas o menos.

D

#34 Es que es disparatado que el CGPJ avale esa disposicion, mas alla de la atribucion de competencias judiciales, dado el que no es la Audiencia quien decide el cierre. Saludos

D

#22

al próximo que salga con que la ley es ilegal, contraría a la constitución y todo eso, que vaya a discutirlo con el Consejo General del Poder Judicial, que a lo mejor los pobres no saben de leyes y no se enteran

A quien corresponde decidir eso es al TC, no al CGPJ. Al fin y al cabo no es el CGPJ quien deroga leyes por inconstitucionales, si no el TC.

Lo que está meridianamente claro es el poder que algunos pueden ejercer sobre los Gobiernos. Esta ley (incomprensible en todos sus pronunciamientos) otorga capacidad administrativa a un grupo de personas. Van a poner a disposición de los Ramoncín, Rosario y Victor Manuel toda la maquinaria del estado que debe ser usada para la res pública, no para que éstos se vayan de vacaciones a Cuba. Eso es demencial. No ya solo por si vulnera o no derechos constitucionales, si no por el precedente que crea.

No se si es por la ceja, si por presiones de EEUU o si porque simplemente les caen bien. Pero no tiene pies ni cabeza meter con calzador una Ley tan ambigua y con tantísimos detractores.

Bonzaitrax

#22 ¿Seguro que será un juez? Si hasta ahora era un juez el que dictaba el cierre o no de un página web, ¿Porqué se cambia la ley y aparece por arte de magia esta extraña Comisión? Muchos favores debidos hay que pagar.

Curiosa, muy curiosa me resulta la independencia del CGPJ:
El Consejo General del Poder Judicial es el órgano de gobierno autónomo del Poder Judicial. Se crea para garantizar la independencia externa del mismo, intentando que las condiciones de ejercicio de la función jurisdiccional no dependan del Ejecutivo, a pesar de que el conjunto de sus 20 miembros-vocales son elegidos por el Congreso y el Senado a partes iguales.

http://es.wikipedia.org/wiki/Consejo_General_del_Poder_Judicial_de_Espa%C3%B1a

No dudo que sepan de leyes, pero como se dice en mi pueblo: "De bien nacidos, es ser agradecidos."

frankiegth

Para #22. Anda, vete a vender la moto a otra parte.
Estas más untado que los jueces que se pronuncian en el artículo.

DexterMorgan

#22

Pero entonces ¿que pinta la comisión?.
Si es un juez el que decide si la pagina se cierra o no, no cambia nada lo que había hasta ahora.
¿Para qué montar todo este jaleo?.
No, está bastante claro que es basicamente un rodeo para intentar hacer compatibles dos cosas que no lo son, a saber, que sea una comision la que decida si se debe cerrar una web, y que luego un juez decida si ese cierre viola otros derechos.

¿No puede el juez hacer las dos cosas?. Es mas, ¿no era lo que se venia haciendo hasta ahora?.

Si, era lo que se venia haciendo hasta ahora, y a la vista está que no les funcionaba para cerrar absolutamente nada.

D

#22 Si, el CGPJ miente. Porque lo que dice el anteproyecto de LES es que la Audiencia Nacional no es la que decide si cerrar o no la web, sino que decide:

- si se ve afectado o no la libertad de expresion (?)
- si es competente el organo administrativo para dictar la resolucion

No es la Audiencia Nacional quien decide, es el organo administrativo.