Cámaras de vídeo, Internet, correo electrónico... La tecnología puede convertir la oficina en un Gran hermano. El caso de la cadena de supermercados Lidl en Alemania que grababa las conversaciones privadas de sus empleados ha abierto el debate. Sepa qué es legal y qué no. ¿Pueden grabarme? ¿Pueden controlar lo que veo en internet o mi correo? ¿Y también escuchar mis conversaciones telefónicas? ¿Y... si me instalan un GPS en el coche? ¿La papelera es privada?
Pero casos como el de LIDL hacen dudar porque, ¿quién es capaz de darse cuenta (y demostrar) que le están espiando?
El problema no es ese sino el uso que se hace de ello, como siempre. Que las telefonicas graben las conversaciones de los clientes no es un problema, el problema esta en el uso que se hace de tales grabaciones. Siempre estamos en las mismas y si el contrato, el estatuto del trabajador, el convenio o lo que sea no esta escrupulosamente centrado en matizar estas cuestiones es cuando empresas y trabajadores llegan a mal puerto.
Hay un punto que me sorprende mucho muchísimo que sea tal y como indican:
Por ejemplo, supongamos que la compañía despide a un trabajador porque ha realizado llamadas por importe de 400 euros durante el mes de agosto. Si el empleado puede demostrar que durante el mismo periodo de otro año (las vacaciones anteriores) realizó las mismas llamadas y no recibió ninguna sanción ni amonestación por parte de la empresa, el despido será declarado nulo o improcedente por parte de los jueces.
Es decir, ¿si como empresario te la han colado ya alguna vez y no lo has descubierto cuando lo descubras otra vez no puedes hacer nada? Esto no tiene ningún sentido.
#8 El empresario no puede recurrir, primero, porque el trabajador no está avisado de que no se le permite ese gasto telefónico y que puede ser motivo de despido. Las normas, para ser cumplidas, previamente deben ser expuestas. Por otro lado, si el trabajador lo hizo una vez sin cosecuencias, no puede de repente cambiar la norma por una "falta de control interno", la única salida que tiene es redactar nuevas normas y darlas a conocer, pero no podrá aplicarlas con carácter retroactivo, por consiguiente tampoco podrá despedirlo por este motivo hasta ese momento, sí podrá si incurre en la misma falta después de poner marcha la nueva normativa dada a conocer
Es importante recalcar que ese trabajador, aunque esté siguiendo órdenes de su jefe, es igualmente culpable ante la ley.
Si tu jefe te pide que hagas algo que consideras ilegal (que no poco ético o inmoral) es recomendable que encuentres una forma de no hacerlo. Es muy fácil de decir y muy difícil de hacer, lo sé, pero es importante recordar que tu estás también cometiendo el delito (quizá incluso mas, dependiendo de la interpretación).
Saludos.
¿verías lógico que el jefe, que también manda una buena cantidad de chorradas por cierto, despidiera a alguien por perder el tiempo con eso sin dar primero un aviso?