La situación novedosa es que la alumna es condenada aplicando el “atentado a una funcionaria pública” recogido en el artículo 550 del Código Penal. Los padres son condenados, solidariamente con la alumna a la indemnización: “por cuanto el estilo educativo permisivo o hiperproteccionista ejercido por los padres de la menor no contribuyó precisamente a reconducir la trayectoria que mostraba la menor”. Se ha condenado solidariamente a los padres a pagar la suma de 8.500€
Comentarios
Bonita web...
#3 pues si... así da gusto leer noticias
#3 Es ahora mismo el State of Art en diseño y usabilidad. La web que edance visiona todas las noches.
¡Zasca!
Enlazo a la página principal del sindicato puesto que no hay página individual de la noticia. Aquí podrán encontrar los enlaces al contenido de la rueda de prensa ( http://www.insucan.org/dossier%20sentencia/RuedaPrensa18ene10.doc ), a la sentencia ( http://www.insucan.org/dossier%20sentencia/SentTerorOcul.pdf ) y al esquema de la sentencia ( http://www.insucan.org/dossier%20sentencia/EsquemaSentencia2.pdf ).
Esto demuestra que sí se condenan los comportamientos ilegales de los menores que agreden a profesores.
Eso sí, la sociedad tiene que evolucionar y adaptarse a las nuevas formas de hacer las cosas, pues seguimos anclados en los métodos del pasado y eso ya no funciona. Hoy los jóvenes tienen que aprender que pese a tener más libertad y democracia, eso no significa que podamos abusar de nuestros derechos.
Es cuestión de educación y de evolución como sociedad.
#6 la excepción no hace la regla.
Queremos mas sentencias de este tipo, y las queremos rápidas... está visto que el maleducado solo entiende los palos... pues a palos con ellos.
#6 Y eso que no la pillaron "cooperando"