El Tribunal Supremo ha confirmado la validez del carné por puntos al desestimar un recurso de la Asociación de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), pero ha matizado la normativa introduciendo varias novedades: el Supremo establece que el sancionado puede impugnar no sólo la pérdida total de puntos, sino también la parcial; y, además, decreta que se pueda recurrir la multa pese a haberla abonado con pronto pago (y obtenido, por tanto, la reducción del 30% de su importe.
Comentarios
eso de pagar y tener la reduccion a cambio de no poder recurrir la multa siempre me pareció una forma de extorsión...