[...] cuando la RIAA tenga sospechas de que un usuario concreto usa programas como eMule o BitTorrent, se lo notificaría a su operador. Entonces, el operador se lo haría saber al usuario, quien, por supuesto, puede seguir descargando sin cambiar de actitud. Tras un número indeterminado de avisos (en Francia, por ejemplo, son tres), el operador cortaría la conexión de su cliente. En efecto, rescindiría un servicio contratado entre un particular y una empresa, para satisfacer los deseos de un tercero. En este caso, la industria discográfica.