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España, lejos de Europa en la regulación del bloqueo de terminales y permanencia

Simyo publica un estudio en el que se analiza como la legislación de diferentes países europeos regula esta práctica.Como en otras ocasiones, lamenta que "en España, pese a que gozamos de uno de los marcos más garantistas en materia de derechos del usuario de telecomunicaciones no existe una normativa específica que regule o limite las condiciones de los contratos de permanencia para telefonía móvil. Asimismo, tampoco existe ninguna regulación sobre el bloqueo de terminales."

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  1. #1   Libre mercado en España, JA!
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    por KerHac el 11-11-2008 11:29 UTC
  2. #2   Sí que existe una regulación sobre el bloqueo de terminales. Y es que al año deben ser liberalizados. Si bien no tenemos una Ley si lo expone la CMT en una de sus resoluciones y las resoluciones de la CMT tienen rango de Ley, respecto a que son de obligatorio cumplimiento. Esto es lo que pone la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones. Las decisiones de la CMT son vinculantes y de obligatorio cumplimiento.

    Aquí teneis la resolución donde lo pone:

    www.cmt.es/cmt_ptl_ext/SelectOption.do?tipo=pdfe

    Aún así la parte importante es esta:

    La subvención de terminales para ...  » ver todo el comentario
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    por Nova6K0 el 11-11-2008 12:10 UTC
  3. #3   El problema es que se hacen la cama entre ellos, para que no tengan acceso real al mercado otros operadores.
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    por Min el 11-11-2008 12:27 UTC
  4. #4   #2 no es una ley ni una resolución es un mero informe al Servicio de defensa de la competencia. Para mi el bloqueo y las permanencias son un completo abuso. Movistar me ha cobrado 150 euros por darme de baja y me quedaba 1 semana para cumplir el contrato!

    Por mi parte se acabaron los contratos obligatorios y bloqueos y mierdas.
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    por Ricardo78 el 11-11-2008 14:03 UTC
  5. #5   Ricardo78 compañero. Si lees la resolución. La CMT es el máximo organismo responsable de las Telecomunicaciones. Hasta el punto de que como pone en la propia resolución. Es la CMT quien debe de aprobar el informe de Defensa de la Competencia. Si bien el Informe es de Defensa de la Competencia, quien lo aprueba es la CMT. Por lo tanto al quedar aprobado por dicha entidad es de obligatorio cumplimiento su contenido. Otra cosa es que la CMT rechazara el informe de Defensa de la Competencia, pero no ha sido así.

    Defensa de la Competencia realizó el informe y en ese momento es sólo un documento oficial nada más no vinculante, pero en el momento que la CMT lo aprueba pasa a considerarse vinculante y de obligatorio cumplimiento. Según La Ley General de Telecomunicaciones de 3 de noviembre de 2003 (Ley 32/2003 como puse arriba en mi otro comentario).

    Salu2
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    por Nova6K0 el 11-11-2008 16:11 UTC
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