El Gobierno ya ha redactado el borrador del real decreto que regula las regulaciones de empleo. En él, se define el procedimiento por el que las empresas podrán despedir por la vía objetiva, es decir, rescindir un contrato con la indemnización más barata (20 días por año trabajado). Entre las condiciones que establece, Trabajo deja claro que los números rojos no podrán ser "meramente...
#2:
"Igualmente, deberá acreditar que las pérdidas previstas no tengan un carácter meramente coyuntural"
A ver como se acredita eso. La manía de este gobierno de intentar contentar a unos y otros sin contentar a nadie.
#8:
Resumiendo, te podrán despedir cuando les salga de los cojones a las grandes empresas, que por supuesto pueden hacer un informe/auditoria con los resultados que les salga en gana, y ni el ministerio de trabajo ni nadie podrá negarselo por que tendria que hacer otra auditoria, cosa que en las S.A solo en caso de investigación estan autorizadas. Por supuesto un currante del ministerio no podrá negar el informe, por que no tendrá tiempo ni medios para contrarestar los datos del informe original.
Pero..... para las pymes, la cosa es diferente, estas de nuevo salen "perjudicadas", y lo pongo entre comillas, por que las pymes nunca pidieron dicha reforma laboral, piden ayudas a la inserción laboral como ha habido siempre, y ahora ha quitado este gobierno. Antes para un parado de mas de 40 años o una mujer, si la contratación era fija entonces se ahorraba la pyme 70€ al mes de SS durante un año, con la nueva reforma se ha quitado esa ayuda. Todas esas ayudas se han eliminado. Por lo tanto podemos afirmar que este gobierno solo legisla para las grandes empresas y fortunas. Es la estirpe franquista que se ocultó tras la guerra. Los caciques con capucha para no reconocerlos.
#2 si quieren despedir de medio gratis, que al menos se paguen un estudio de mercado serio que lo justifique. Lo que no puede ser es que tengas un par de meses malos y eso te sirva para despedir a media plantilla a mitad de coste, tienen que demostrar que a los dos días no van a remontar, porque si no ¿para que narices existen los contratos indefinidos?
Resumiendo, te podrán despedir cuando les salga de los cojones a las grandes empresas, que por supuesto pueden hacer un informe/auditoria con los resultados que les salga en gana, y ni el ministerio de trabajo ni nadie podrá negarselo por que tendria que hacer otra auditoria, cosa que en las S.A solo en caso de investigación estan autorizadas. Por supuesto un currante del ministerio no podrá negar el informe, por que no tendrá tiempo ni medios para contrarestar los datos del informe original.
Pero..... para las pymes, la cosa es diferente, estas de nuevo salen "perjudicadas", y lo pongo entre comillas, por que las pymes nunca pidieron dicha reforma laboral, piden ayudas a la inserción laboral como ha habido siempre, y ahora ha quitado este gobierno. Antes para un parado de mas de 40 años o una mujer, si la contratación era fija entonces se ahorraba la pyme 70€ al mes de SS durante un año, con la nueva reforma se ha quitado esa ayuda. Todas esas ayudas se han eliminado. Por lo tanto podemos afirmar que este gobierno solo legisla para las grandes empresas y fortunas. Es la estirpe franquista que se ocultó tras la guerra. Los caciques con capucha para no reconocerlos.
¿Y la gente a la que han echado a la calle en estos meses?¿qué pasa con ellos?
Me está empezando a cabrear seriamente lo de las medidas que duran unos meses y cuando se dan cuenta de que están mal, las cambian y listo.
Van como pollo sin cabeza
#4 Lo que tiene que hacer la gente es no calentarse la boca tan rápido y hacer política en serio y no por impulsos como la telebasura.
Cuando se aprobó esto se sabía que quedaban por dar muchos pasos. La medida no ha durado meses, ha estado en trámite y no lo ha pasado, como era previsible.
¿Y la gente que ha sido despedida objetivamente antes de la entrada en vigor de este decreto? Me consta que empresas han aprovechado para despedir gente pagándoles 20 días por año trabajado aduciendo pérdidas coyunturales...
¿Habrá retroactividad?
Han cambiado el titular por "Las pérdidas temporales no servirán para despedir con 20 días de indemnización", por si alguien se extraña de haber leído otro titular.
Comentarios
"Igualmente, deberá acreditar que las pérdidas previstas no tengan un carácter meramente coyuntural"
A ver como se acredita eso. La manía de este gobierno de intentar contentar a unos y otros sin contentar a nadie.
#2 si quieren despedir de medio gratis, que al menos se paguen un estudio de mercado serio que lo justifique. Lo que no puede ser es que tengas un par de meses malos y eso te sirva para despedir a media plantilla a mitad de coste, tienen que demostrar que a los dos días no van a remontar, porque si no ¿para que narices existen los contratos indefinidos?
Resumiendo, te podrán despedir cuando les salga de los cojones a las grandes empresas, que por supuesto pueden hacer un informe/auditoria con los resultados que les salga en gana, y ni el ministerio de trabajo ni nadie podrá negarselo por que tendria que hacer otra auditoria, cosa que en las S.A solo en caso de investigación estan autorizadas. Por supuesto un currante del ministerio no podrá negar el informe, por que no tendrá tiempo ni medios para contrarestar los datos del informe original.
Pero..... para las pymes, la cosa es diferente, estas de nuevo salen "perjudicadas", y lo pongo entre comillas, por que las pymes nunca pidieron dicha reforma laboral, piden ayudas a la inserción laboral como ha habido siempre, y ahora ha quitado este gobierno. Antes para un parado de mas de 40 años o una mujer, si la contratación era fija entonces se ahorraba la pyme 70€ al mes de SS durante un año, con la nueva reforma se ha quitado esa ayuda. Todas esas ayudas se han eliminado. Por lo tanto podemos afirmar que este gobierno solo legisla para las grandes empresas y fortunas. Es la estirpe franquista que se ocultó tras la guerra. Los caciques con capucha para no reconocerlos.
¿Y la gente a la que han echado a la calle en estos meses?¿qué pasa con ellos?
Me está empezando a cabrear seriamente lo de las medidas que duran unos meses y cuando se dan cuenta de que están mal, las cambian y listo.
Van como pollo sin cabeza
#4 Lo que tiene que hacer la gente es no calentarse la boca tan rápido y hacer política en serio y no por impulsos como la telebasura.
Cuando se aprobó esto se sabía que quedaban por dar muchos pasos. La medida no ha durado meses, ha estado en trámite y no lo ha pasado, como era previsible.
"Igualmente, deberá acreditar que las pérdidas previstas no tengan un carácter meramente coyuntural"
¿Así? Entiendo que una crisis es algo coyuntural ¿no?
Buen trabajo por parte de los sindicatos
Aunque no lo digan, es el primer fruto de la huelga general, que algunos hicimos...
#12 Pues es más que probable que así sea, desde luego la reforma laboral ha quedado en nada.
¿Y qué dice Concha Velasco de todo esto?
¿Y la gente que ha sido despedida objetivamente antes de la entrada en vigor de este decreto? Me consta que empresas han aprovechado para despedir gente pagándoles 20 días por año trabajado aduciendo pérdidas coyunturales...
¿Habrá retroactividad?
Me alegro, porque yo sufro pérdidas temporales y me jodería perder mi curro por eso. Y más siendo un problema de vejiga que arrastra toda mi familia.
DUPLICADA
Las empresas no podrán despedir con 20 días si hay pérdidas eventuales
Las empresas no podrán despedir con 20 días si hay...
publico.esHan cambiado el titular por "Las pérdidas temporales no servirán para despedir con 20 días de indemnización", por si alguien se extraña de haber leído otro titular.