La Agencia de Protección de Datos ha multado con 60.000 euros a un banco por dejar visible, a través de la ventanilla del sobre que le enviaba a su cliente, la frase "ha devuelto impagado, el recibo". La Agencia entende que solamente debe ser visible el nombre, apellidos y dirección del destinatario, y en este caso, la frase "ha devuelto impagado, el recibo" permite además obtener una evaluación de la personalidad.
#2:
Segunda multa de 60.000 euros que impone la Agencia de Protección de datos hoy, ¡y eso que es festivo!
#8:
#3, #4 De lo que se trata es de que no se debe dejar en la zona visible los datos íntimos personales de una persona. Y si alguien paga o no sus facturas es un dato íntimo suyo, que el banco no tiene necesidad de ponerlo a la vista.
#7:
#3 y #4 No creo que sea tan difícil de comprender: es lo que poner, tal cual, la Ley. Se refiere, por personalidad, a características personales del individuo. En este caso, el hecho de que no haya pagado algún recibo.
Por cierto, me parece adecuado, ese tipo de cosas no cuesta nada hacerlas con cuidado, y un banco tiene que tener especial "mimo".
#3, #4 De lo que se trata es de que no se debe dejar en la zona visible los datos íntimos personales de una persona. Y si alguien paga o no sus facturas es un dato íntimo suyo, que el banco no tiene necesidad de ponerlo a la vista.
#3 y #4 No creo que sea tan difícil de comprender: es lo que poner, tal cual, la Ley. Se refiere, por personalidad, a características personales del individuo. En este caso, el hecho de que no haya pagado algún recibo.
Por cierto, me parece adecuado, ese tipo de cosas no cuesta nada hacerlas con cuidado, y un banco tiene que tener especial "mimo".
Golpeando los sobres contra una mesa, se hace visible parte del texto del interior... y si me dejan a solas con él cinco minutos le hago cantar los pajaritos...
#3 eso mismo dice el autor, mira: "Lo que tampoco encaja en mi lógica es la afirmación de que: nombre + apellidos + dirección + “ha devuelto impagado, el recibo” = obtener una evaluación de la personalidad del afectado."
Deberían multarles por patear la gramática española. "Ha devuelto impagado, el recibo", es incorrecto. O ponen "Ha devuelto impagado el recibo" o ponen "Ha devuelto, impagado, el recibo"...
Próximamente: Imponen una multa de chorrocientos de euros a una persona que dejó olvidada su agenda en un café Internet porque según la Ley: "permitió que otras personas pudieran ver datos privados de terceros como sus fechas de cumpleaños, números telefónicos, donde viven, en que trabajan y algunos comentarios escritos por el/la propietario/a de la agenda como e-moticons puede verse parte de la personalidad de esas personas"
Si el destinatario de la multa es el mismo del destinatario de la carta... ¡por Dios, dejo que mi banco haga visible hasta los (pocos) pelos de mi cabeza!
¡va! que no es para tanto, a ver si con esas multas van a empezar a cerrar bancos y nos van a hechar las culpas a los que nos retrasamos un poco en el pago. En fin, con los intereses de demora, todo resuelto.
Menuda chorrada. Y qué hay de todas las cartas de Hacienda que muestran en el sobre, en letras rojas, bien grandes "Impago Liquidación"? O como dice #14, hemos de esperarnos algo así? Se persigue eso, y no se persiguen empresas tipo Cobradores del Frac? Creo que estamos perdiendo el sentido común.
Yo creo que algunos no tenéis claro, primero, qué es la privacidad y, segundo, lo importante que es la intimidad. O, dicho de otra manera, os importa un pimiento
Habéis dicho cosas como que habría que multar porque poniendo un sobre a la luz se deja entrever. Cierto, sería un extremo, pero si se haría, la gente gozaría de mayor privacidad. Igualmente, si (mejor desde la AEPD) se creara un estándar para que el movimiento del papel en el interior no deje entrever su contenido, mucho mejor.
Lo de dejarse la agenda tiene un matiz. Lo que se pretende (y esa es la mayor función de la AEPD) es que los terceros DEBEN de ser responsables y cuidar de la intimidad y privacidad de los datos de las personas. Si tú te dejas la agenda en un bar es tu problema. Ahora bien, si llega un tercero y la lee, el que la lee, si es descubierto, sería multado por la AEPD. Más aún, si hace público su contenido.
#4 Si ya, lo he leído, pero es que me parece tan surrealista...y aun en el caso de que fuera verdad, que pasa con la personalidad? es un dato privado? que cosas más raras...
Me parece una multa excesiva porque pienso que meter la carta en un sobre preparado para que se vea el destinatario es una medida razonable para proteger la información que hay dentro. Porque si empezamos con que golpeando el sobre con la mesa, mirandolo a tras luz, pasandolo por la máquina de rayos X, etc... se ve parte de lo que hay dentro habría que enviar todo en sobres plomo.
Ahora, el sujeto este ya no tiene escusa para no pagar las facturas, le ha caido la loteria antes de navidad.
Comentarios
Segunda multa de 60.000 euros que impone la Agencia de Protección de datos hoy, ¡y eso que es festivo!
#3, #4 De lo que se trata es de que no se debe dejar en la zona visible los datos íntimos personales de una persona. Y si alguien paga o no sus facturas es un dato íntimo suyo, que el banco no tiene necesidad de ponerlo a la vista.
#3 y #4 No creo que sea tan difícil de comprender: es lo que poner, tal cual, la Ley. Se refiere, por personalidad, a características personales del individuo. En este caso, el hecho de que no haya pagado algún recibo.
Por cierto, me parece adecuado, ese tipo de cosas no cuesta nada hacerlas con cuidado, y un banco tiene que tener especial "mimo".
¿Quien cobrara la multa?, creo que el beneficiario tendria que ser el afectado... de esta forma ya no habria más recibos impagados
"Golpeando los sobres contra una mesa, se hace visible parte del texto del interior"
Y abriendo los sobres se hace visible todo el texto del interior.
Maltratadores de sobres todos!
PD: #15 ya, suena como "ha devuelto impagado...........el recibo"
Cielos!!!, Facebook prepárate!! la multa que te impondran superará varias veces el dinero que Bush regaló a los banqueros..
Golpeando los sobres contra una mesa, se hace visible parte del texto del interior... y si me dejan a solas con él cinco minutos le hago cantar los pajaritos...
#3 eso mismo dice el autor, mira: "Lo que tampoco encaja en mi lógica es la afirmación de que: nombre + apellidos + dirección + “ha devuelto impagado, el recibo” = obtener una evaluación de la personalidad del afectado."
Deberían multarles por patear la gramática española. "Ha devuelto impagado, el recibo", es incorrecto. O ponen "Ha devuelto impagado el recibo" o ponen "Ha devuelto, impagado, el recibo"...
Categoría multas de 60.000€ a la SGAE YA!... Oh Wait!
Me lo expliquen? ¿Como se puede obtener una evaluación de la personalidad por "ha devuelto impagado, el recibo"?
Mi no entender
Si si, mucho golpear sobres pero los nombres de los que han apostatado siguen en las listas de la iglesia.
Se deberian preocupar estos señores por cosas mas importantes
Próximamente: Imponen una multa de chorrocientos de euros a una persona que dejó olvidada su agenda en un café Internet porque según la Ley: "permitió que otras personas pudieran ver datos privados de terceros como sus fechas de cumpleaños, números telefónicos, donde viven, en que trabajan y algunos comentarios escritos por el/la propietario/a de la agenda como e-moticons puede verse parte de la personalidad de esas personas"
Esto es España,se preocupa mas por la "proteccion de datos" que por el impago
Si el destinatario de la multa es el mismo del destinatario de la carta... ¡por Dios, dejo que mi banco haga visible hasta los (pocos) pelos de mi cabeza!
#21 La proteccion de datos?? Jaja
#0 Es una chorrada, pero pone entende en vez de entiende
¡va! que no es para tanto, a ver si con esas multas van a empezar a cerrar bancos y nos van a hechar las culpas a los que nos retrasamos un poco en el pago. En fin, con los intereses de demora, todo resuelto.
#8 ya, pero entonces que se pague la multa al afectado, como dice #1.
Menuda chorrada. Y qué hay de todas las cartas de Hacienda que muestran en el sobre, en letras rojas, bien grandes "Impago Liquidación"? O como dice #14, hemos de esperarnos algo así? Se persigue eso, y no se persiguen empresas tipo Cobradores del Frac? Creo que estamos perdiendo el sentido común.
Yo creo que algunos no tenéis claro, primero, qué es la privacidad y, segundo, lo importante que es la intimidad. O, dicho de otra manera, os importa un pimiento
Habéis dicho cosas como que habría que multar porque poniendo un sobre a la luz se deja entrever. Cierto, sería un extremo, pero si se haría, la gente gozaría de mayor privacidad. Igualmente, si (mejor desde la AEPD) se creara un estándar para que el movimiento del papel en el interior no deje entrever su contenido, mucho mejor.
Lo de dejarse la agenda tiene un matiz. Lo que se pretende (y esa es la mayor función de la AEPD) es que los terceros DEBEN de ser responsables y cuidar de la intimidad y privacidad de los datos de las personas. Si tú te dejas la agenda en un bar es tu problema. Ahora bien, si llega un tercero y la lee, el que la lee, si es descubierto, sería multado por la AEPD. Más aún, si hace público su contenido.
#4 Si ya, lo he leído, pero es que me parece tan surrealista...y aun en el caso de que fuera verdad, que pasa con la personalidad? es un dato privado? que cosas más raras...
Me parece una multa excesiva porque pienso que meter la carta en un sobre preparado para que se vea el destinatario es una medida razonable para proteger la información que hay dentro. Porque si empezamos con que golpeando el sobre con la mesa, mirandolo a tras luz, pasandolo por la máquina de rayos X, etc... se ve parte de lo que hay dentro habría que enviar todo en sobres plomo.
Ahora, el sujeto este ya no tiene escusa para no pagar las facturas, le ha caido la loteria antes de navidad.