El pasado 9 de mayo, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo dictó una importante sentencia (n° 236/08), la cual concluye que las direcciones Ip pertenecientes a las conexiones que los usuarios utilizan para hacer uso de las redes P2p como son emule o bitorrent, son publicas y por lo tanto visibles para el resto de los internautas, de este modo dichas direcciones IP no están protegidas ni por el derecho a la intimidad ni por el derecho al secreto de las telecomunicaciones. Por lo tanto en el transcurso de una investigación policial no seria...
menéame
De todas maneras, descargarse contenido multimedia es legal en España (salvo cosas tales como pornografía infantil: esos que se lo descargan, a la cárcel).
Claro que a lo mejor alegan que el propio tracker o servidor central conoce y ofrece las IP de los usuarios a quien la necesite... pero de nuevo sigue sin ser públicas por que en todo caso potencialmente se pueden conocer, y sólo los sistemas que estén conectados a la red P2P correspondiente. ¿Será así también con los trackers privados que exigen log in?
También habría que ver la fiabilidad de la fuente desde la que obtienen esas IPs, existen servidores p2p falsos que inyectan IPs inventadas para que las descargas funcionen mal. Si existe alguna duda de si esa IP recopilada es falsa no debería usarse.
A diferencia de las imágenes de pornografía infantil, cuya simple posesión es ya de por sí un delito (ya he dado mi opinión sobre eso en otras ocasiones), en el caso de la música y películas debería demostrarse el ánimo de lucro para ser delito. El P2P no puede considerarse un método de difusión sino un sistema de intercambio, equivalente a dejarle un VHS a tu vecino (a estas alturas tu vecino no sabrá ni para que sirve, pero bueno).
Que la IP pueda usarse me parece perfecto, que de ahí se saquen conclusiones como que tal o cual persona ha cometido un delito ... pues no. Es como sacar mi dirección postal de una guía y decir que como se asesinó a alguien en mi calle yo ya soy culpable.
Fuentes de descargas: en muchos P2P existen archivos o BBDD cuya única función es almacenar las IPs de las fuentes de un archivo (de otra gente que lo ha tenido en algún momento). Esos archivos son públicos. El problema de esos archivos es demostrar la fiabilidad de los datos. Alguien debería certificar que las IPs contenidas ahí son verdaderas y no falsificaciones (que las hay).
Formar parte de la charla: Si un ordenador de la policía, o del denunciante, forma parte del intercambio P2P obtendrá la IP de quien tiene el archivo. De forma legítima. Aunque aquí entramos en la polémica incitación al delito. Si un policía va por la calle y te pide que le vendas drogas t... » ver todo el comentario
Una autopista es legal y puedes circular por ella. Pero mientras circulas por la autopista una cámara de seguridad puede grabar tu matrícula, porque estás en un sitio público (o privado de una empresa, si la autopista no es del estado). El caso es que si cometes un delito circulando por esa autopista (un atropello y fuga ?) esa matrícula puede ser usada para identificarte. Ni la matrícula ni la autopista son ilegales, pero si has cometido un delito pueden usarse para condenarte.
En este caso nadie dice que el P2P sea ilegal, algunos alegan que ci... » ver todo el comentario
El que ellos tengan mi IP es lo de menos ya que una IP dinámica se puede cambiar de muchas formas.Lo lógico es que obtuviesen las MAC de las tarjetas,ya que una misma IP puede ser mía ahora y de otra persona dentro de 10 minutos.
#7,no creo que los P2P almacenen IP,si acaso almacenan identificadores de clientes,pero almacenar IPs cuando estas pueden cambiar cada poco,incluso de forma manual,me parecería un poco tonto por parte de sus programa... » ver todo el comentario
www.agpd.es/portalweb/canaldocumentacion/informes_juridicos/telecomunif
Aqui dicen que no.
Que no harán hoy en día los hackers de verdad con las ip's...
El Tribunal Supremo revocó el sobreseimiento alegando que la actuación policial es correcta porque las IPs son públicas.
A mi entender la interpretación es correcta. En cas... » ver todo el comentario
Ahora hay una directiva, el Paquete Telecom -el de las Enmiendas Torpedo-, que ha instado a realizar un estudio sobre el status de las IPs como dato personal; asi que habria que esperar a dicho estudio para saber si son o no son consideradas en la UE como dato personal.
Por cierto: el Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea denego a PROMUSICAE la potestad para exigir a Telefonica los datos de los clientes correspondientes a las IPs registradas por PROMUSICAE en base al status de las IPs como dato personal, dejando la cuestion en manos de los Estados Miembros -segun el TJCE, el Derecho Comunitario ni impide ni exige la cesion de esa informacion por parte de los ISPs-; si cambia el status de las IPs, preparemonos para una oleada de intromisiones por parte de las entidades de gestion. Un cordial saludo
Si me denunciaran... tendria que identificar a quien tenia esa IP ese dia? -mi wifi es abierta y no tengo ni puta idea de quien tuvo que- Lo pregunto en serio.... Pq no quiero cerrar mi wifi ya que me encanta la idea de 'compartir'....
Me parece a mi que aqui alguno ha recibido un maletin de dinero debajo de la mesa....
Para identificar a quién (persona física) corresponde esa IP se necesita una orden judicial.
En tu caso, que utilizas puntos de acceso en la calle, la policia tendria que no solo requerir la informacion al ISP sino también confiscar el router, auditar los logs, obtener las MACs y comprobar si las MACs pertenecen a ordenadores del dueño del router o no.
En el caso particular del iPhone, desconozco si Apple tiene una base de datos publica o disponible para las autoridades que asocie la MAC con la IMEI, pero no me extrañaría...
Aquí se escucha m... » ver todo el comentario