La Constitución Española preceptúa (art. 6) en relación a los partidos políticos que “su estructura interna y su funcionamiento serán democráticos”. El primer efecto debería ser que las estructuras de dirección de los partidos fuesen elegidas de abajo arriba, a partir de sus organizaciones de base. En el caso de los dos principales partidos españoles, el sistema de funcionamiento es justo el contrario. Primero celebran el Congreso del partido entero y luego, cuando todo el pescado está ya vendido, realizan los congresos locales.
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