Hace 16 años | Por fisico a elmundo.es
Publicado hace 16 años por fisico a elmundo.es

Su padre asesinó a su madre atropellándola, después murió en la carcel. Ahora tiene que afrontar sus deudas: El coche, la indemnización a un herido que trató de evitar el atropello. La situación de esta chica es tremenda

Comentarios

c

#2 no siempre puedes renunciar a la herencia, ya que de la parte legítima no se puede. Otra cosa es pedirla a beneficio de inventario...

araujo

El gran problema de esto es que si el Estado se hiciese cargo de todas las deudas que "transfieren" los fallecidos, habría demasiados teje-manejes. La gente compraría la mayoría de las cosas a nombre de sus familiares de edad más avanzada.

Anne

Efectivamente, #2

Y mucha gente no lo sabe, pero existe otra solución aun mejor, que es "heredar a beneficio de inventario", es decir, se realiza un inventario de todo lo que ha dejado el finado, y con lo que deje, se pagan sus deudas. Que han más deudas que otra cosa, tu no las asumes.

El problema es si aceptas la herencia sin más, porque desde ese momento los 2 patrimonios son 1 y si hay deudas, ahora son tus deudas.

D

#11 Como bien dice #12 La aceptación y repudiación de la herencia hechas válidamente son irrevocables. Asi que a menos que la aceptacion este viciada por haber sido realizada bajo violencia, intimidacion, por un incapaz, etc no hay nada que hacer.

Se podria revocar la aceptacion si se ha hecho bajo error pero solo se considerara la existencia de error si aparecieran testamentos posteriores al que se contemplaba en primera instancia.

Curiosamente quienes pueden ejecutar una accion que tendria efectos similares a la revocacion son tus accreedores. Estos pueden pedir ante el juez que se mantengan separados tu patrimonio original del hereditario para impedir que una herencia gravosa les afecte en sus derechos. Obviamente de darse tal peticion tu patrimonio no se veria afectado y el efecto seria simialr a haber aceptado la herencia a beneficio de inventario.

Elias

#2 ¿Cómo has puesto la tilde en "también"?

¿Alguien entendido en derecho puede aclarar si esto es posible? Quiero decir, si mi padre empieza a acumular deudas en bebidas, juego, tarjetas de crédito, etc. ¿yo tengo la obligación de afrontar dichas deudas si él muere? Si realmente hay una ley así, habría que derogarla.

Elias

#10 Gracias por la explicación. Entonces, que la mujer esta renuncie a la herencia y todo arreglado ¿no? :-?

R

Ya que se ayuda a las inmobiliarias debido a la crisis (que han provocado/impulsado para enriquecerse),etc. No me parece mal que el Gobierno se haga cargo de dicha deuda o que no se tenga en consideración, al menos en su totalidad.

alecto

¿Renunciando a la herencia, no renuncias también a las deudas que pueda tener el muerto? Es la unica solucion que se me ocurre (teclado sin tildes, sorry)

D

#7 Muy cierto, pero... ¿No se podría hacer cargo en determinadas situaciones? No es lo mismo una muerte natural que un asesinato...

alecto

#6 ordenador estropeado: el teclado español se activa bien, pero se desactiva al cabo de un rato. Se acabo el misterio

Anne

#11 Me temo que no.
El problema es que ya ha aceptado la herencia. Eso lo tenía que haber hecho antes. Una vez aceptada la herencia, la aceptas con todas sus consecuencias, buenas y malas.