“Se le aplicará prisión de seis meses a dos años, si el culpable comunicare a otro, o transmitiere, o publicare el contenido de la carta, correo electrónico, escrito o despacho” “Lo que analizamos la comisión de delitos y hay que incorporar la comunicación electrónica”, refirió.
Comentarios
ufff...güevmaniakos, vía . geek, vía infobae, vía Radio 10, vía diputado kirchnerista Osvaldo Nemirovsci
#1 x.DDD
...via Domingo Diaz festivo (y no me creeis el meme)
¿Y "sacar del armario" cuando alguien se deja el webmail abierto en un equipo compartido?
Me sé de una asociación que se iba a quedar desierta
#1
No me vuelvo a poner la camiseta de "Yo leo tu email" ni loco... que no quiero acabar entre rejas