Las desgracias jamás llegan solas. Menos, cuando se juega al filo de la Ley. Lo pueden constatar los tres jóvenes logroñeses detenidos por la Policía Nacional y acusados de cultivar marihuana. Desde abril de este año, los acusados, de entre 24 y 30 años, tenían alquilada una pequeña nave del polígono de Cantabria, donde criaban hasta 136 macetas de marihuana.
mas de uno se siente tentado a llevar este tipo de empresas a cabo,
gracias a estas noticias a algunos se nos quitan las ganas
gracias, meneame
Lo suyo sería que quien quiera fumar se ponga sus plantas y pasara de los camellos.
Y si fuese poco, dejar esa factura en el mismo local donde cometes la ilegalidad.
Y por ultimo, irlo contando a los "colegas" que una noche se pasan y te roban la cosecha XD
PD: y de que coño les van a juzgar? Van a pesar los tiestos para determinar la cantidad de droga que se podia sacar de las supuestas plantas?
Ps... no me fio yo de eso, pero es lo que siempre me han dicho. XD
www.cannarias.com/foros/showthread.php?t=3545
www.cannarias.com/foros/showthread.php?t=1424
Dos absoluciones, 12 y 10 plantas tenían respectivamente.
(En google sale la misma fuente, no es que tenga favoritismos con cannarias.com XD)
"legalízala ya, enséñale a tus hijos la verdad de la montaña,
que te obligan a fumar tabaco y prohiben la ganja, ganja, ganja,
hijos de un alcohólica España, paña,
yo no creo en Dios,
si no tendría mucho más repartido el arroz...
camino del estanque de alma en blanco y mente ausente,
así nos quiere el presidente,
fácil manejo niño obediente y el verdadero delincuente,
es el que vive entre políticos, curas, banqueros, polis y esa gente,
el que no percibe el sentimiento, ni el escrúpulo
y el lúpulo le susurró: enfermo de mente;
así quieren que vivas,
el pueblo paga la condena de tós los de arriba con sus propias vidas,
cavar y cavar tu propia tumba, este es el hecho,
también tienes derecho a guardar silencio mientras sacas pecho
y le das las gracias al mismo que ha pagado tus desgracias,
pero tú de miserias no te sacias,
que aún quieres más y buscas formular la alquimia que reduzca tu honor en fragancias,
hijos de puta siempre han querido tener a los pobres de lado y han provocado disputa,
el que ejecuta pá mi que es más bien el sadomadodictador con ruta inicialmente bruta,
y encima nos llama gentuza,
mientras empuja al país con armas en vez de cultura,
toda dura y cruda realidad que os caiga es poca,
no mereceis ni una mierda en la boca."
(Rapsusklei)
Por lo demas... LEGALIZACION!!!! maldita hipocresia ya hombre!
Otro tema es lo de la legalización.
Lo segundo, se nota que no tenian mucha idea de cultivo.
Tercero, en esas macetillas poco va a salir, siendo tres se podrian repartir lo sacado para una larga temporada como consumo propio, hay jurisprudencia de hasta 3,5 kg por cabeza.
Cuarto, el delito es el trafico no la posesion.
Quinto, aqui no hay ni siquiera posesion.
Sexto, evidentemente la detencion es un abuso policial, espero que les denuncien.
Hombre yo creo que por auto consumo, no pagas el alquiler de una nave industrial, ni esa cantidad de material, pero bueno eso lo tendrá que demostrar un abogado , eso si hay juicio porque seguro que queda en nada.
Por cierto lo de pagar material con facturas a tu nombre no tiene precio! Vaya hachas.
Si la Policia entra a tu jardin, por ejemplo por orden de un Juez (hay un vecino tuyo que dice que vendes marihuana, y, aunque sea mentira, se han pasado por alli y han logrado hacer una fotografía de unas plantas sospechosas, asi que se te acusa de un delito contra la salud pública), y cuando lleguen resulta que tienes hierba, te la van a requisar sí o sí, ademas de detenerte para prestar declaración puesto que el cultivo de marihuana es ilegal en algun caso (para venderla).
como dice #24 y como se observa en la foto, mas bien parece un trastero. No serían los primeros que alquilan un trastero para autocultivo ni serán los últimos.
...ni esa cantidad de material
No sabes los armaritos de cultivo tan currados que hay ultimamente, he visto hidroponicos con humidificadores, filtros, CO2 y controles electrónicos que cuestan bastante pasta y me consta que son para autoconsumo.
Por cierto lo de pagar material con facturas a tu nombre no tiene precio.
Están comprando productos legales para fines legales (eso se lo tendrán que explicar al juez), no veo que haya ningún problema con eso...
A mi por ejemplo me pillaron cinco y ya me fuí acusado de un delito contra la salud pública (entre otras cosas porque ya venian del Juzgado con fotos de las plantas y la orden de registro de la casa), pero luego en el Juzgado le dije a la Juez que eran para mi y que yo no tenía ni idea de porque pensaban que la vendía, y de las mismas a los pocos dias me llegó a casa una cédula avisando de que se sobreseía el caso y que tenia 5 dias para recurrir lo que fuese (podía pedir la devolución de las plantas por ejemplo, pero ya habían pasado meses, las tendrían destrozadas fijo).
Entre esquejes, plantas en crecimiento y plantas en floración yo debo tener algo así... y te asuguro que no vendo.
Pero ¿no me negaras que a simple vista de alguien de la calle (y un policia ya ni te cuento) eso parece un "negocio"?
Es solo una sensación sin tener mas datos que los del articulo, pero tiene toda la pinta de ser una inversión, para producir grandes cantidades...¿para autoconsumo? Puede (yo no creo), pero siendo solo 3 ... por su bien y el de sus pulmones, que se moderen.
En fin todo puede ser, a lo mejor en unos meses nos enteramos de como termina la historia, eso si alguien si digna a explicarla.
El cultivo de opio, está regulado por la ONU. Y en España existe una orden ministerial que controla el cultivo de plantas dedicadas a la producción de estupefacientes, como el opio o la coca. Y en toda españa solo hay un par de empresas autorizadas para el cultivo de opio. Por una maceta de marihuana no te va a pasar nada. Como te pillen una sola planta de Opio y ya no digo un huerto entero, se te cae el pelo.
Lo que pasa es que por norma, la policia considera sospechoso a cualquiera que tenga plantas, haya indicios de que venda o no los haya, luego toca explicarselo al juez.
detenido != culpable
y si en el huerto pones una caseta con el techo de plastico a modo invernadero ya seria legal? Necesitarás que esté en terreno calificado como urbano y una cédula de habitabilidad si quieres que sea considerado vivienda.
La policía solo puede entrar en un domicilio por los siguientes motivos:
A) Por orden judicial (art. 563 LECrim).
La resolución ha de adoptar la forma de auto motivado.
El Tribunal Supremo en sentencia de 17 de febrero de 1.984 y 17 de octubre de 1.985, señala que para poder entrar en el domicilio de un español o extranjero hace falta "mandamiento de entrada y registro", incluso si se trata de cumplimentar una resolución judicial.
En aquellos supuestos en que, como consecuencia de la diligencia de entrada y registro sean hallados efectos o pruebas relativos a distinta infracción para la que se solicitó el mandamiento, la jurisprudencia considera válidos dichos hallazgos, debiendo reflejarse los mismos en el acta.
B) Sin necesidad de autorización judicial, en los siguientes casos:
1) Con el consentimiento del titular.
Por titular debemos entender la persona que realmente vive, que habita en él, es decir el morador.
El consentimiento del titular del domicilio debe constar de forma clara y expresa, de modo que no de a ningún tipo de duda, pus si ésta existe, hay que resolverla en favor de la no autorización, conforme ha declarado el Tribunal Constitucional.
La LECrim. admite el consentimiento tácito, en el artículo 551.
En el supuesto de que el titular del domicilio se encuentre detenido, el consentimiento ha de otorgarlo necesariamente con asistencia de su Letrado.
Según constante y reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo, en caso de oposición de moradores, prevalece el criterio del que se niega el consentimiento.
2) Delito flagrante (art. 553 LECrim.).
El concepto de "delito flagrante", elaborado por la jurisprudencia, queda delimitado por los tres requisitos siguientes:
a) Inmediatez temporal
b) Inmediatez personal
c) Necesidad urgente de intervención
3) Cuando un delincuente inmediatamente perseguido por los agentes de la Autoridad, se refugie en alguna casa (art. 553 LECrim.).
4) Cuando haya mandamiento de prisión contra una persona (art. 553 LECrim.).
5) Con ocasión de la detención de un presunto terrorista o rebelde, en el caso de excepcionalidad o urgente necesidad. Ar... » ver todo el comentario
Recomiendo la lectura de los hilos "FAQ" y "Consejos para el autocultivo"
#43 mi mejor recomendación es siempre indoor ;-)
Necesitamos a esa gente !!!
Ganja Paradise xD
La maría tu la ves si esta demasiado seca, con moho ... con restos de insecticida, etc ... y ya no la pillas, ademas lo normal es que te dean a probar unos porretes de la mercancía pa ver si te mola ... a menos que seas muy tonto es difícil que te la metan doblada con la maruja !!!
Es considerado "tenencia ilícita" la posesión de sustancias de las listas I,II,III y IV de la Convención única de Estupefacientes de 1961 enmendada por el protocolo de Ginebra en 1972 destinadas al tráfico.
La tenencia ilícita conlleva una sanción administrativa (multa), pero si está destinada a consumo propio y no a tráfico no es constitutivo de delito.
Si está destinado a tráfico se trata de un delito contra la salud pública y esto significa carcel.
El cultivo legal de opio (y de cualquiera de las sustancias del convenio único) debe ser un puñetero infierno de papeleos y requisitos del Ministerio de Sanidad, como bien dices, y nunca se me ocurriría intentarlo.
Pero se puede cultivar arriesgandonos unicamente a una sanción administrativa y sin acabar en la carcel (si no vendemos nada).
También podemos conducir a 140 por la autopista sin acabar en la carcel, pero si te pillan cae multa, es lo mismo (pero creo que no te pueden quitar puntos de fumeta :P ).
Para más información Convención única de estupefacientes: www.judicatura.com/Legislacion/1663.pdf
La lista de sustancias ahora mismo no la encuentro, quien esté interesado que pregunte a google.
Son interesantes también el artículo 344 del código penal y el artículo 25.1 LOSC.
#41 no te habia leido.
En España existe el cultivo legal de opio, y existen plantaciones de opio legales controladas por el ministerio de sanidad. El que cultive opio sin la autorización legal del ministerio, se gana en primer lugar una sanción administrativa por el simple hecho de plantarlo y en segundo le acusarán del delito contra la salud pública e incluso por posesión. El famoso artículo 368 del código penal prohíbe el cultivo "drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas" entendiéndose como tal, las tipificadas en el Convenio Único de la Onu y además grava la pena en las sustancias "que atentan gravemente como la salud". En la lista no está el cannabis pero si el opio, que se considera que "atenta gravemente". De hecho toda esa legislación parte de la prohibición del opio a la que luego se fueron añadiendo más sustancias. Como el cannabis no está en la lista, se permite su cultivo, pero el opio si está y su cultivo (sin permiso) atenta contra el artículo 368. Y además que según la cantidad de morfina o codeína que tenga el látex que puedas tener, te puede caer otra multa por posesión.
#52 No, el cultivo de opio si entra en el artículo 368, no como el cannabis. El opio (la morfina y la codeína más bien) si que se considera como "que atentan gravemente contra la salud". La maria obviamente no entra dentro de las que actuan gravemente contra la salud.