Hace 11 años | Por Yomisma86 a lapatilla.com
Publicado hace 11 años por Yomisma86 a lapatilla.com

Elías Jaua anunció hace unas horas que ante la “falta absoluta” del Hugo Chávez por su muerte, la presidencia del país será asumida de manera temporal por el vicepresidente Nicolás Maduro y que se deberá convocarse a elecciones en 30 días. La Constitución Venezolana detalla que es el presidente de la Asamblea, o sea, Diosdado Cabello quien debe asumir el cargo temporal en caso de que el presidente no se haya juramentado en el nuevo período, como ha sido el caso de Chávez

Comentarios

Yomisma86

#3 Esa noticia no explica lo que dice la Constitución. No es lo mismo que Maduro asuma presidencia, que que la asuma con la Constitución diciedo otra cosa ¿O sí? Pregunto, sino la autodescarto...

grantorino

#4 podrías tener razón en tu razonamiento, pero si queda esta no va llegar ninguna de las dos al hablar en esencia de lo mismo, la toma de posesión, y en los comentarios ya se pone en duda el tema constitucional en la otra, y opino como la noticia se pasan la constitucion por el forro.

Yomisma86

Autodescartada. Aunque mejor antes de votar negativo leer que no había clicks. En fin, entiendo que haya chavistas por aquí, pero digo yo que chavistas o no chavistas todo el mundo querrá que se cumpla la Constitución de un país ¿no?

Wilder

Que más da. Maduro o Cabello son del mismo partido.

grantorino

#1 no es lo mismo porque es algo que pone la Constitución.

Horus

#1 No es lo mismo. La constitución indica que debe ser el presidente de la asamblea, no el vicepresidente. Si quieres saber la diferencia entre ambos cargos, el primero es elegido por los votos, el segundo por un dedo.