Hace 15 años | Por Alex_03 a lavanguardia.es
Publicado hace 15 años por Alex_03 a lavanguardia.es

Un juzgado sevillano ha condenado a un establecimiento de trajes de novia al pago de una indemnización de 3.000 euros a una cliente a la que no le tuvieron a tiempo el vestido para su boda, a pesar de que lo había encargado casi un año antes del enlace matrimonial, lo que obligó a la demandante a adquirir un modelo distinto en otra tienda.

Comentarios

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#2: He dicho en la noticia:

Sevilla. (EUROPA PRESS).- Un juzgado sevillano ha condenado a un establecimiento de trajes de novia al pago de una indemnización de 3.000 euros a una cliente a la que no le tuvieron a tiempo el vestido para su boda, a pesar de que lo había encargado casi un año antes del enlace matrimonial, lo que obligó a la demandante a adquirir un modelo distinto en otra tienda.

En el titular pone multa. Parece de chiste que los periolistos de La Vanguardia no sepan la diferencia entre multa e indemnización.

Alex_03

#1 A mí me sale multa...

c

Pues el disgusto que debió suponer para esa mujer el no tener el traje, y tener que conformarse con uno que casualmente le quedaba bien para su talla, vale, creo yo, mas de tres mil euros. Teniendo en cuenta además que 500 Euros forman parte de lo ya desembolsado por ella en concepto de señal, y que otros ochocientos y pico se los tuvo que gastar en comprar el traje nº 2.

p

El el título pone multa, pero en la noticia pone indemnización, no multa. Multa e indemnización son cosas diferentes.

D

Esto es un caso típìco que se da en las universidades en la facultad de derecho.