Hace 16 años | Por caplistas a expansion.com
Publicado hace 16 años por caplistas a expansion.com

A diferencia de lo que ocurría con la anterior normativa, un “sutil cambio” en la redacción definitiva del texto establece que, en caso de que exista una contraoferta por parte de una segunda entidad, el primer banco tan sólo deberá declarar ante notario que iguala o mejora dicha oferta para impedir a su cliente el libre traslado de su hipoteca. Ahora, es el propio banco quien decide en última instancia, en lugar del deudor, que puede estar interesado en cambiar de entidad por múltiples motivos

Comentarios

Triskel

Nada nuevo, todo el mundo pensaba en los pelotazos de las constructoras (que lo fueron) pro al final los que manejan el cotarro son los bancos. Lo que es muy triste es que en vez de proteger al ciudadano un gobierno legisle a favor de estos usureros, pero mientras siga ganando el PPSOE (porque son lo mismo), seguiremos igual

kismet

Este es el concepto de protección del consumidor y de las libertades, de los que se denominan progresistas sin serlo, en esta querida España, para ellos la duda se disipa claramente en todas las iniciativas legislativas, siempre hay que favorecer al rico (véase canon).

¿Y si no me da la gana trabajar más con ese banco por lo que sea, me tengo que aguantar?, no siempre se cambia de entidad por temas económicos y este debería ser un derecho básico de los consumidores defendidos en la legislación.

D

Los bancos son los nuevos "negreros" del siglo XXI, esclavizando a la gente a perpetuidad con la connivencia de los políticos. Mal vamos y con perspectivas de empeorar aún más.

D

Como siempre el PSOE pone el intermitente a la izquierda y acaba girando a la derecha.