El Tribunal Superior de Justicia de la C. Valenciana resuelve que hay cabida legal de sobra para que los subalternos sirvan cafés a sus superiores. Para ello, la sala apela al reglamento estatal de 16 de diciembre de 1971 en el que se recoge como funciones del personal subalterno las tareas de "portero" o "traslado de cosas de un lugar a otro sin distinción". Qué será lo siguiente?
menéame
¿Será eso?
¿Pueden convivir en el mismo pais ETTs y funcionarios?¿No hay un sindicato que se preocupe por las diferencias de derechos entre distintos tipos de trabajadores? Me respondo : no. La mayoría de sindicalistas son o aspiran a ser funcionarios.