Publicado hace 14 años por inniyah a responsabilidadinternet.wordpress.com

La “inatacabilidad” de las webs de enlaces, se debe a que la conducta que desarrollan no constituye una infracción de la LPI. Y curiosamente la “respuesta” que ofrece el Gobierno es cambiar el procedimiento, sin tocar la calificación jurídica de la actividad en la LPI. La Comisión sólo estará autorizada a adoptar las medidas previstas en el caso de que se vulnere la propiedad intelectual, y del mismo modo que los jueces y tribunales han venido diciendo, la Comisión podría tener que concluir que ese servicio no vulnera la propiedad intelectual.

Comentarios

zas

Esta ley es evidentemente una “ley tapón”, parece escrita por alguien con un total desconocimiento de las leyes españolas, empezando por que la SS puede exigir datos confidenciales a los ISP si mediación judicial alguna, y terminando con la vaga definición de intención de causar daño patrimonial. Revisándola lo único que se deduce es que lo que menos les importa son los enlaces legales. Pero ya nos enteraremos

c

Esta Ley tiene otros efectos que no se están viendo, pues la propiedad intelectual es un concepto mucho más amplio que todo lo relacionado con las descargas y tiene que ver con la misma libertad para opinar e informarse en Internet, puesto que en el fondo también se abre la posibilidad de que se impidan enlaces a noticias...

Findeton

"además podría no servir para lo que, teóricamente al menos, quieren que sirva. "

No es un "podría no servir", es un no servirá para nada con un 100% de seguridad. La tecnología siempre va por delante de las leyes. ¡Si hasta en China la censura es evitable fácilmente!

n

Mejor no esperar que a su propio criterio es dudoso que piensen así..

inniyah

#1 Por mi parte, totalmente de acuerdo contigo. Lo que pasa es que, además de ser una ley ilógica, posiblemente inconstitucional y absolutamente antidemocrática, además podría no servir para lo que, teóricamente al menos, quieren que sirva.