Hace 11 años | Por Carewyo a boe.es
Publicado hace 11 años por Carewyo a boe.es

El PP ha aprobado una ley por la cual el cónyuge extracomunitario que se case con un español tendrá que tener contrato de trabajo o 7200 euros en el banco y un seguro medico privado (sin tener derecho a trabajar en España) para poder obtener el derecho de residencia superior a 3 meses

Comentarios

C

#6 Y los ingresos te los pidieron a ti o a tu mujer? yo por lo que he leido aqui, y un abogado me ha confirmado pensaba que los ingresos se los pedian al cónyuge. Tu mujer al ser no trabajadora puede trabajar? Me ha quedado esa duda

s

#8 los ingresos los piden al matrimonio, si yo no puedo demostrarlos, debería hacerlo ella de alguna manera. Pero claro, ¿como podría ella demostrar sus ingresos si no tiene permiso de trabajo? Supongo que sería necesario demostrarlo desde su país de origen. Con una declaración jurada, patrimonio de bienes o rentas o algo así. Todo ello claro previo pago de traductor jurado y papeleos sin fin.

En este caso concreto ella no vino al país buscando una vida mejor, sino para estudiar, tiene seguro privado y ha traido un montón de divisas al país a lo largo de los años que ha estado aquí. Pero casi nos joden igual.


#7 de Microblogging nada de nada, que a nosotros nos ha llegado un papel después de un par de meses de haber solicitado la residencia como cónyuge con extractos literales de parte de ese B.O.E.

andresrguez

#10 Para no ser Microblogging tanto el título como la entradilla tendrían que ser literales

s

#11 Que sí, que sí. Que es mucho más importante votar Microblogging que hacer llegar esta noticia a la gente. Lo que dice el título es cierto y lo que dice la entradilla también. Eso es lo importante. He visto saltarse las normas millones de veces en el puto menéame por tonterías mucho mayores.

Vergüenza me da ver estas cosas. Así nos va.

trigonauta

#11 Eso no es así. Si lo tomas tan al pie de la letra, muy pocos envíos se salvarían de la criba. Si te parece mb, perfecto, pero en todo caso no lo es por no ser literal.

C

#10 Muchas gracias por la información, ayuda conocer a gente que habla con experiencia. Mi objetivo es publicar la noticia para que llegue a todo el mundo porque esto es de traca, y creo que poca gente lo sabe, es la primera noticia que publico y no me se las normas aun, pero para mi lo importante es que todo el mundo sepa esto

s

#15 De nada.
Pues vuelve a enviarla, En el título pon el número del B.O.E. y en la entradilla:
Orden PRE/1490/2012, de 9 de julio, por la que se dictan normas para la
aplicación del artículo 7 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre
entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los
Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el
Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

Para que los talibanes no te voten microblogging. Luego pones lo que consideres en los comentarios. Puedes copy/pastear los mios o enlazarlos directamente.

EDITO: de hecho mañana pensaba reenviarla yo de nuevo si acababan de hundirla, pero si lo haces tu mejor. Aunque no se si esta es buena hora para esto. Que llegue una noticia a portada depende de muchas cosas, entre ellas la hora de publicación y por supuesto los intereses de ciertos usuarios que están al quite en la fisgona y la usan como chat para animarse a votar historias. Eso sí. Esta bien enviada tiene muchas papeletas para llegar a portada porque la cosa tiene tela.

N

#16 Yo esperaría a ver que pasa. Igual que han votado microbloging pueden votar repetida.

MEV

Acaban de darme otro empujoncito más para irme de España y no volver.
Mi chica es marroquí.

s

Eso, eso. A joder todo el mundo con el voto de Microglobbing sin molestarse a leer el B.O.E. y entenderlo completamente.

Como ya he dicho acabo de casarme con una filipina. Si no tuviera ingresos y ella fuera de familia pobre le hubieran denegado la residencia. He acabado hasta los cojones de hacer colas y presentar papeles y leerme ese B.O.E. para que vengáis a hundir la noticia con votos erróneos.

D

#12 Pues leete el BOE que no dice nada de lo que pone el titular y la entradilla, sino todo lo contrario
En formato web http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-9218

"Los familiares que no sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de Suiza, recogidos en los apartados 2 y 3 de este artículo, deberán solicitar la expedición de una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, de acuerdo con lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero."

s

#24 a ver,de verdad te lo has leido entero o solo has hecho una lectura diagonal?

c) Las personas que no ejerzan una actividad laboral en España deberán aportar
documentación acreditativa del cumplimiento de las dos siguientes condiciones:
1.a Seguro de enfermedad, público o privado, contratado en España o en otro país,
siempre que proporcione una cobertura en España durante su período de residencia
equivalente a la proporcionada por el Sistema Nacional de Salud.
Se entenderá, en todo caso, que los pensionistas cumplen con esta condición si
acreditan, mediante la certificación correspondiente, que tienen derecho a la asistencia
sanitaria con cargo al Estado por el que perciben su pensión.
2.a Disposición de recursos suficientes, para sí y para los miembros de su familia,
para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo
de residencia.

La acreditación de la posesión de recursos suficientes, sea por ingresos periódicos,
incluyendo rentas de trabajo o de otro tipo, o por la tenencia de un patrimonio, se efectuará
por cualquier medio de prueba admitido en derecho, tales como títulos de propiedad,
cheques certificados, documentación justificativa de obtención de rentas de capital o
tarjetas de crédito, aportando en este último supuesto una certificación bancaria
actualizada que acredite la cantidad disponible como crédito de la citada tarjeta.


La valoración de la suficiencia de medios deberá efectuarse de manera individualizada,
y en todo caso, teniendo en cuenta la situación personal y familiar del solicitante.
Se considerará acreditación suficiente para el cumplimiento de este requisito la
tenencia de recursos que sean superiores al importe que cada año fije la Ley de
Presupuestos Generales del Estado para generar el derecho a recibir una prestación no
contributiva, teniendo en cuenta la situación personal y familiar del interesado.





de hecho tienes razón, la cifra de 7200 euros está mal. Son más en la práctica. 5000 y pico para el que aporta los ingresos más 3000 y pico por persona extra de la unidad familiar. Es decir, si mi mujer hubiera tenido un hijo previo, yo con mis ingresos ya no hubiera podido demostrar que tengo ingresos suficientes para mantener la unidad familiar y le hubieran negado la residencia.

Y como me ha tocado mucho los cojones todo este proceso que yo solo quería vivir feliz con mi mujer y han habido momentos que parecía que no me iban a dejar. Haz el favor de no ser tan listillo, que acabo de pasar por todo el proceso y se de lo que me hablo. Si no eres abogado y no tienes ni puta idea consulta con uno antes de ir de listo por la vida

C

#27 es facil que todo el mundo opine sin tener ni idea, pero el que ha sufrido esto es sus carnes y tiene que leer estos comentarios... telita

s

#28, lo peor es que ninguno tiene la honradez de reconocer su error. Se callan como putas cuando se dan cuenta

kuidao

De los defensores de los españoles y de la familia, ¡viva el vino!

ziegs

Así que esta es la bonita manera que han descubierto para evitar los matrimonios de conveniencia. Hay que joderse.

A mí me parece una noticia muy importante que todos deberíamos conocer, tanto si nos afecta directamente o no. Gracias@shaola

yonose

En su línea. No sé de qué nos asustamos. Esto se sabía desde el principio.

M

Y admitirán permisos de residencia a matrimonios gays que tengan dinero.

deltonos

Con esto ya puedo considerarme exiliado. PP ... que te den por el ojete!

angeldav

Donde pone lo de los 7200€?

C

#23 En el BOE solo pone que tiene que tener ingresos necesarios para demostrar que puede cubrir sus gastos, pero por ley esos gastos suponen 600 euros mensuales, pero eso no se calcula mes a mes sino año a año, entonces cuando llega el momento de pedir los papeles te piden 7200 euros correspondiente a 600 euros al mes por un año entero

angeldav

#25 Ok. Gracias.

andresrguez

#0 Microblogging

destornillador

#7 Hay cosas más importantes en la vida que un p... microblogging. Gracias #0 por difundir esta escandalosa medida que no ha aparecido en ningún medio de comunicación. Espero que lo haga pronto si este envío llega a buen puerto.

D

Jajajaja todo el mundo se va, los inmigrantes también, y nadie entra... las pensiones no podrán ser pagadas.

C

Copiado correctamente sin que me la puedan tachar de microblogging ni nada parecido: orden-pre-1490-2012#c-1
Comentada ahi