[c&p]"La Comisión Europea está tratando de sacar adelante una directiva para penalizar las infracciones contra la propiedad intelectual. Hasta el momento, dichas infracciones son juzgadas como faltas civiles, y la pretensión es que pasen a ser delito penal."
en.wikipedia.org/wiki/Brad_Guigar
Copio y Pego:
"El problema está en definir qué se considera ánimo de lucro. Según el texto de la Comisión, cualquier usuario por el hecho de compartir una canción se está lucrando con ello, está actuando a " escala comercial". Zingaretti, en cambio, opina distinto, y en las propuestas de modificación que hizo en su informe sobre la ley para la Comisión de Asuntos Jurídicos, pide que se excluyan de la directiva a los usuarios privados y lo que estos hagan para fines personales y no lucrativos. También solicita que sólo se penalice si se piratea a propósito para obtener beneficios."
Lo que me parece curioso de toda esta situación es que la industria interesada en penalizar las descargas así como la copia privada está intentando cambiar la definición de una palabra entera para poder conseguir sus objetivos.
Si la definición que la industria da fuera cierta, entonces ánimo de lucro = Intención alguna.
Todo lo que hacemos en nuestra vida lo hacemos con alguna intención. Y según la industria esta intención es animo de lucro.
Hay que dar a conocer este tipo de ataques contra los derechos de los ciudadanos y por eso lo meneo.
Si te descargas algo de internet, puede interpretarse como animo de lucro, porque aumentas tu patrimonio (no tiene porque ser economico. O tambien porque no tienes que gastar dinero en comprarlo incrementando asi tu patrimonio economico.