Hace 13 años | Por --228189-- a europapress.es
Publicado hace 13 años por --228189-- a europapress.es

La empresa de gestión de multas Dvuelta y la plataforma Movimiento140 han presentado un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Supremo contra el Real Decreto aprobado por el Gobierno el pasado viernes por el que se ha aprobado la limitación de velocidad de 110 km/h en autopista y autovía para ahorrar combustible y han pedido la "suspensión urgente de la aplicación de la norma".

Comentarios

AitorD

Antipatriotas... lol lol

iramosjan

Artículo 19 de la ley de tráfico

Artículo 19. Límites de velocidad.

1. Todo conductor está obligado a respetar los límites de velocidad establecidos y a tener en cuenta, además, sus propias condiciones físicas y psíquicas, las características y el estado de la vía, del vehículo y de su carga, las condiciones meteorológicas, ambientales y de circulación y, en general, cuantas circunstancias concurran en cada momento, a fin de adecuar la velocidad de su vehículo a las mismas, de manera que siempre pueda detenerlo dentro de los límites de su campo de visión y ante cualquier obstáculo que pueda presentarse.

2. La velocidad máxima y mínima autorizadas para la circulación de vehículos a motor se fijará reglamentariamente, con carácter general, para los conductores, los vehículos y las vías objeto de esta Ley, de acuerdo con sus propias características. Los lugares con prohibiciones u obligaciones específicas de velocidad serán señalizados con carácter permanente, o temporal en su caso. En defecto de señalización específica, se cumplirá la genérica establecida para cada vía.

3. Se establecerá también reglamentariamente un límite máximo, con carácter general, para la velocidad autorizada en las vías urbanas y en poblado. Este límite podrá ser rebajado en travesías especialmente peligrosas, por acuerdo de la autoridad municipal con el titular de la vía, y en las vías urbanas, por decisión del órgano competente de la Corporación municipal.

4. Las velocidades máximas fijadas para las vías rápidas y carreteras convencionales que no discurran por suelo urbano, solo podrán ser rebasadas en 20 kilómetros por hora, por turismos y motocicletas, cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior aquellas.

5. Se podrá circular por debajo de los límites mínimos de velocidad en los casos de transportes y vehículos especiales, o cuando las circunstancias de tráfico impidan el mantenimiento de una velocidad superior a la mínima sin riesgo para la circulación, así como en los supuestos de protección o acompañamiento a otros vehículos, en las condiciones que reglamentariamente se establezcan.

Francamente, yo no veo en ninguna parte donde dice que los límites de velocidad solo pueden cambiarse por motivos de seguridad vial...

Lucer

#3 Si nos ponemos así, yo tampoco veo en ninguna parte que se puedan cambiar por motivos de ahorro energético, si no que se fijará "de acuerdo con las propias características de cada vehículo".

zenislev_v

#3 Pues lo has puesto en negrita...

Te lo pego por si no lo ves...

"para los conductores, los vehículos y las vías objeto de esta Ley, de acuerdo con sus propias características." De acuerdo con sus propias características... eso no es, hay que ahorrar quitemosle el chocolate al Loro.

Habría petroleo a espuertas si no se quemara para electricidad... pero claro habría que poner más renovables y eso a sus amigos de Gas Natural, Repsol,... no les interesa una mierda.

Así que a venderle la moto a otro...

Lucer

Lo que yo no entiendo es como se recurre esto y no se recurren otras medidas mucho más insultantes, como la subida de luz del 9% en enero. Meloexpliquen.

Eso sí, no os fiéis de que esto será sólo hasta el 30 de junio como dicen. Cuando vean si recaudan suficiente con multas ya se encargarán de ampliarlo unos cuantos meses más.

zenislev_v

#4 Nah, esto como no le vendan una manta a un par de partidos del congreso les va a durar una semana... Pero tal cual, que esto tiene que pasar por el congreso todavía...

U

¿Porque protestan contra el limite a 110 los que tampoco cumplen con el de 120?