El TS ha rechazado el recurso de un ex guardia civil, que pedía al Estado una indemnización por las lesiones psicológicas sufridas tras un atentado terrorista, en el que falleció un compañero suyo en Galdácano (Vizcaya) en 1991, al considerar que el daño no es imputable a la Administración. Así lo ha acordado la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en una sentencia que niega que las secuelas que padece el ex agente "sean imputables a una acción o a un desfallecimiento de los servicios públicos".
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