#162 te puedo asegurar que sí, la he leído completa antes de comentar. y he comentado precisamente porque en el último párrafo se dice lo siguiente:
“El consentimiento libre del menor de 16 años excluirá la responsabilidad penal por los delitos previstos en este capítulo, cuando el autor sea una persona próxima a la víctima por edad y grado de desarrollo o madurez”.
Me preocupa la interpretación del juez ante esos criterios tan abiertos como "proximidad por edad" y "grado de desarrollo o madurez", y que esos sean a los que me podría acoger en caso de que me juzgaran. me siento indefenso ante esto.
#9 creo que te equivocas en tu argumento. por nuestra seguridad lo que no se debería es permitir que ese que va a 200km/h pudiera seguir circulando, tal y como dice #8. debería haber una patrulla que se encargara de detener de forma lo más inmediata posible al infractor, pues es un peligro público (según la Ley). el problema es que poco les importa si vas a 100 o 200, cuanta más velocidad más se recauda.