#2 Aún así creo que no está justificada la diferencia de 30€ en el precio
"En este caso se trata de una agresión consistente en puñetazos, por lo que no podríamos considerar un puño como instrumento peligroso" dice la magistrada María del Prado García Bernalte del juzgado de instrucción num Tres de Santander.
El presidente de Cantabria, Revilla, ha dicho que no comparte el auto dictado por la magistrada María del Prado García Bernalte del Juzgado de Instrucción número 3 de Santander, que deja en libertad al joven de 20 años (con antecedentes) detenido la semana pasada por la agresión a un médico en el centro de salud Los Castros. Dio un cabezazo al médico tirándole al suelo y dejándolo inconsciente, para en el suelo darle 9 puñetazos en la cara y ojo. El celador resultó herido al defender al médico.
La Guardia Civil instruye diligencias a un vecino de Villacarriedo de 60 años como presunto autor de un delito de atentado a funcionario público
Una mujer castiga a su hija pegándole las manos con "superglue" a la pared de su apartamento...
Una mujer de 83 años, P. G. M., vecina de Ajo, resultó con graves quemaduras al incendiarse la cama que ocupaba en el interior de uno de los boxes del servicio de Urgencias del Hospital Comarcal de Laredo
#2 Aún así creo que no está justificada la diferencia de 30€ en el precio
Una imagen vale más que mil palabras...
Un fan de "Worms" se ha currado estas figuras
En Japón no existen leyes tan estrictas como en España a la hora de parcelar los terrenos y por lo tanto en ocasiones se dan situaciones curiosas. En este caso, una vivienda de 1,70 metros de ancho por 14 metros de largo, en la que hasta el último centímetro está aprovechado. Via: Pixfans.com
¿Me tomas el pelo #6? PING=PIS jajajaja hay que explicártelo todo. Domingo de resaca ¿no?
Lo mejor es lo de "Mamá, tengo ping!" jajajajaja
Tampoco Emule encuentra trabajo en estos tiempos de crisis...
¡¡que el marca-pasos seguía funcionando!!
Los familiares de un hombre que falleció pidieron una segunda opinión a un doctor para que confirmara la muerte, ya que su cuerpo no mostraba signos de que estuviera muerto: su piel lucía su tono sano normal. Y la conclusión fue... En español: http://www.laverdad.es/murcia/20090826/local/lorca/certifican-segunda-muerte-hombre-200908261332.html
A este señor se le enciende el horno cuando le llaman al móvil... Parece ser que su sony-ericsson tiene una "aplicación oculta".
ok.. gracias #1
En un intento de hacerse pionera en este mercado y para sufragar las pérdidas debido a la poca demanda de FlatTVs.
Los "desafortunados" estudiantes, de una ciudad australiana, han sido y serán transportados en vehículos policiales hasta sus centros.
Ahora, un nuevo estudio confirma, por primera vez, que el cacao rico en flavonoides ayuda a proteger la piel de los rayos ultravioleta.
La Liga de fútbol americano ha prohibido a los entrenadores, jugadores y trabajadores usar cualquier red social desde 90 minutos antes de los partidos, entre otras restricciones. Peor lo tienen los árbitros, quienes tienen prohibido cualquier interacción posible en las redes sociales. Los jugadores de la NBA, Chris Bosh y Charlie Villanueva, han utilizado esta herramienta para establecer una lucha para ver quién de los dos consigue más seguidores.
Si nos ponemos así #2 todo es spam de algo...
Texto de la noticia completo: (no tiene desperdicio) Seis días. Es el tiempo que ha permanecido en prisión provisional el joven de 20 años, B. R. G., que presuntamente agredió el pasado 5 de mayo a un celador y un médico en el centro de salud de Los Castros. La titular del Juzgado de Instrucción Nº 3 de Santander, la magistrada García, encargada del caso, acordó ayer revocar la medida adoptada por su compañero del Juzgado de Instrucción Nº4, Luis Enrique García, que, en funciones de guardia, decidió el pasado jueves enviar a prisión a este joven, entre otras razones, para asegurar la presencia del imputado en el proceso y evitar el riesgo de fuga. En lugar de la prisión, la instructora ha impuesto al encausado una orden de alejamiento de un kilómetro respecto al médico y el centro de salud, donde también trabaja el celador, pero que al parecer no ha presentado denuncia. Además le ha retirado el pasaporte y le ha obligado a comparecer en el juzgado dos días a la semana. En el auto en el que acuerda la salida de la prisión del encausado, al que ha tenido acceso El Diario Montañés, la magistrada critica duramente la decisión de enviar a la cárcel al presunto agresor, si bien reprocha este tipo de conductas y situaciones, que, de resultar probadas, «merecen el oportuno reproche penal». «Nadie debe acometer, agredir o atentar contra otra persona, y desde luego, todos estamos de acuerdo en que hay determinados cargos que deben ser especialmente protegidos, como es el caso del colectivo médico. No puede permitirse que un profesional de la salud sea agredido en su centro de trabajado cuando se encuentra desempeñando sus funciones. Y vaya por delante que las conducta deberá ser castigada tan gravemente como proceda según las circunstancias concurrente». Ahora bien, dicho esto, la magistrada considera que «no podemos servirnos de un instrumento como es la prisión provisional para aleccionar, anticipar una futura condena, y menos aún para acallar las voces populares que a menudo se alzan sin conocer la ley y sin valorar oportunamente la situación y los requisitos que se exigen para adoptar una medida tan gravosa». «No podemos permitir que por presiones mediáticas, políticas o de cualquier otro tipo se adopten decisiones que no se encuentran, a modo de esta juzgadora, suficientemente justificadas», añade. La instructora señala que lo primero que se debe anteponer es el «principio de igualdad», el derecho que tiene todo ciudadano a ser igual y ser tratado igual, «lo que trasladado al ámbito penal, tiene muchas repercusiones, pero tiene una que es la más evidente de todas, que ante casos iguales se debe dar una respuesta igual, y no puede consentirse que ante hechos similares, según el colectivo afectado o los condicionantes imperantes, se de por el juzgador respuestas diferentes, porque eso sería una injusticia, y eso es lo que esa juzgadora trata de evitar, no como puede ser de otra manera». En este sentido, García da la razón al abogado defensor, que indicó que «podemos acudir a cualquier estadística judicial para comprobar que no es práctica habitual acordar prisión cautelar en casos de atentados a agentes de la autoridad». También reconoce que la pena a imponer podría ser por este delito de hasta cuatro años de prisión, «pero esta sería la pena máxima y el mínimo es de 12 meses, por lo que supera el límite de los dos años que prevé la ley, pero entendemos que no es una pena elevada que justifique per se una medida tan gravosa». Por otro lado, en cuanto al uso de instrumento peligroso y la brutalidad de la acción (artículo 148 del Código Penal), la magistrada señala que este concepto no viene determinado por ninguna norma, de modo que es la jurisprudencia la encargada de decir que tipo de lesiones se han cometido usando métodos o medios específicamente peligrosos para la vida. «En este caso se trata de una agresión consistente en puñetazos, por lo que no podríamos considerar un puño como instrumento peligroso. Cierto es que el autor presuntamente propina varios golpes en la cabeza a la víctima, por eso es un delito de lesiones, pero no creemos que quepa entender, al menos en este momento inicial en que nos encontramos, que deba subsumirse la conducta en alguno de los subtipos agravados».