Hace 8 años | Por pepel a elconfidencial.com
Publicado hace 8 años por pepel a elconfidencial.com

La exención del pago de impuestos entra dentro de lo que se conoce como “privilegios e inmunidades” del personal diplomático, regulados en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961. No sólo no tienen que tributar, sino que su persona es judicialmente intocable: tampoco se les puede perseguir en el lugar donde están acreditados por el impago de multas, un asesinato o una violación, o cualquier otro crimen.

Comentarios

Noeschachi

La mejor entrega de Arma Letal sin duda

Asecas

En Esparta no se andaban con esas minucias...

D

Todos iguales ante la ley y tal