La exención del pago de impuestos entra dentro de lo que se conoce como “privilegios e inmunidades” del personal diplomático, regulados en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961. No sólo no tienen que tributar, sino que su persona es judicialmente intocable: tampoco se les puede perseguir en el lugar donde están acreditados por el impago de multas, un asesinato o una violación, o cualquier otro crimen.
Comentarios
La mejor entrega de Arma Letal sin duda
En Esparta no se andaban con esas minucias...
Todos iguales ante la ley y tal