Hace 3 años | Por nereira a eldiario.es
Publicado hace 3 años por nereira a eldiario.es

El TJUE establece que los operadores de plataformas en online "no hacen por sí mismos una comunicación al público de los contenidos protegidos por los derechos de autor puestos ilegalmente por sus usuarios, salvo que, más allá de la mera puesta a disposición de las plataformas, contribuyen a proporcionar al público acceso a dichos contenidos"

Comentarios

box3d

Cerramos youtube en europa y listo.