Hace 2 años | Por Noctuar a pulsoslp.com.mx
Publicado hace 2 años por Noctuar a pulsoslp.com.mx

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó este jueves a Polonia por violar la libertad de expresión de la cantante de pop Doda, que a la que se impuso una multa por blasfemia por unos comentarios sobre la Biblia. El tribunal explicó en un comunicado su fallo en favor de Dorota Rabczewska, conocida en el mundo del espectáculo como Doda, porque las declaraciones que le valieron la condena "no eran discurso de odio" ni incitaban a la intolerancia religiosa.

Comentarios

Romfitay

#3 Te daría 100 likes, si pudiera.

s

#3 Cito

s

#3 Perdón. He mirado artículo 196 del código penal de Polonia: "Quien ofenda los sentimientos religiosos de otras personas al insultar públicamente un objeto de culto religioso o un lugar designado para ceremonias religiosas públicas, estará sujeto al pago de una multa, se le limitará la libertad o podrá ser privado de su libertad por un período de hasta dos años"

a69

Calienta españa que sales.

Free Valtonic!!

G

Considerar el delito de blasfemia debería ser motivo de expulsión de la UE.

Lupus

#1 si no me equivoco, en Alemania existe. Por otro lado, eso de "ofender sentimientos religiosos" a mi me huele a mismo perro con otro collar.

G

#4 También, también.

Far_Voyager

#1 Y más cuando los que se quejan de que se les insulta así o se les persigue se dedican a insultar a otras religiones (Islam incluido) afirmando que son satánicas, falsas, y cosas por el estilo.

s

#1 umm Código penal español:
Artículo 525.

1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.

2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna.

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El truco es la palabra escarnio que es interpretada como acto voluntario para causar adrede ese sensación de sentirse ofendido pero claro cada uno se siente ofendido de lo que le da la gana y es un problemín

Si de verdad se quiere ser igual para todos ¿por qué no esta redacción:

Artículo 525. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los
que, para ofender, hagan escarnio de personas de palabra, escrito o cualquier de otra forma, usando como medio la religión, creencias, filosofía, principios morales, ideas antirreligiosas o ideología política o de cualquier otro tipo de esas personas.
?
¿Porque pondría de manifiesto sus contradicciones internas y que que sí hay deseo de discriminar detrás? pregunto POrque escarnio a gente para ofender sus sentimientos se hace constantemente y no pasa nada mientras no se considere atentado a su honor ¿no?

G

#10 Soy del partido "Que nos gobierne Bruselas".... y daba el ultimatum... "o se anula el delito de ofensas/escarnio de ideas, de cualquier tipo, o a la calle"... Las ideas no pueden ser objeto de derecho/leyes, las personas sí.

A

No es curioso que el parlamento europeo se pronuncie de manera contundente contra la falta de democracia en Hungría, y en cambio se ponga de perfil con Polonia? Cuál creeis que será el motivo...?

D

Pero condena de palabra o sea na