La mayoría de la prensa se ha lanzado, otra vez, contra Israel por el abordaje de la flotilla de Hamas que pretendía romper el bloqueo marítimo. Argumentan que la operación israelí es contraria al Derecho Internacional y, una vez más, mienten y manipulan.
Clases de naves que gozan de inmunidad contra los ataques
47. Las siguientes clases de naves enemigas no deben ser atacadas:
a) los buques hospitales;
b) las embarcaciones costeras de salvamento y otros medios de transporte sanitarios;
c) las naves provistas de salvoconducto en virtud de un acuerdo entre las partes beligerantes, incluidas:
i) las naves de cartel, como las destinadas y utilizadas para el traslado de prisioneros de guerra;
ii) las naves que cumplen misiones humanitarias, incluidas las que transportan bienes indispensables para la supervivencia de la población civil y las empleadas en acciones de socorro y operaciones de salvamento;
#3:
#1 Para mi es sencillo, yo no meneo ni fomento visitas de sitios que cuentan mentiras y burdas manipulaciones.
Sé que es una barbaridad y por eso lo he puesto. No me puedo creer que alguien sea capaz de decir esto y me ha parecido interesante que se conozca.
Sobra decir que no puedo estar más en desacuerdo.
El Comité Internacional de la Cruz Roja, órgano encargado de promover el Derecho internacional Humanitario, recoge el Manual de San Remo sobre el Derecho Internacional aplicable a los Conflictos Armados en el Mar.
¿De qué conflicto armado habla? Esta será una de las consecuencias domésticas del suceso:
- la inmensa mayoría de los que sabíamos que LD era pura basura nos reafirmaremos
- la minoría que aún otorgaba la más mínima credibilidad a este panfleto se verá diezmada
- solo los imbéciles puros seguirán leyéndolo
#8 ¿De qué conflicto armado habla? Esta será una de las consecuencias domésticas del suceso:
Voy romper le regla de responder a un troll como tu, que tan solo les gusta el insulto y la amenaza nada velada.
Entre Israel y Hamas existe un estado de guerra, un bloqueo es un acto de guerra, en consecuencia se aplica las leyes del mar antes indicadas #4
[..]
- la inmensa mayoría de los que sabíamos que LD era pura basura nos reafirmaremos
- la minoría que aún otorgaba la más mínima credibilidad a este panfleto se verá diezmada
[..]
NO eres las persona mas acertada para decir esto, pero sabiendo como se sabe que eres un sectario y partiendo que LD sea un medio que no guste, te pregunto (de forma retorica)
¿El Manual de San Remo es también una fuente con mínima credibilidad?
[..]_-_ solo los imbéciles puros seguirán leyéndolo [..]
ja, ja, ja!!!
Si no fuera por los muertos podría ser un buen chiste.
Deberíamos pedir que se aplicara la misma legalidad a todos los barcos con pabellón israelí
Entonces los piratas somalies tienen razón cuando atacan barcos en aguas internacionales? cada vez lo entiendo menos, los malos son los buenos y los buenos los malos.
#14 La he puesto para demostrar lo idiota que es citar a conveniencia un documento de recomendaciones (no un Tratado internacional, ni mucho menos) para legitimar (¡ja!) el asalto del ejército israelí (el autor del artículo de LD tiene una caradura impresionante)
"El abordaje del ejército israelí se produjo a menos de 200 millas de la costa. Cualquier alumno no muy aplicado de primer curso de Derecho Internacional sabe que eso no son aguas internacionales, sino que es la llamada Zona Económica Exclusiva del estado con soberanía en la costa, en este caso Israel."
En la zona económica exclusiva también existe libertad de navegación para cualquier bandera. Practicamente el nombre dice que restricciones son las que se guarda al estado ribereño.
Veo que los cursos de manipulación internacional están dando sus frutos cada vez más deprisa y más contundentemente. Los terroristas siempre son los malos de la peli, y si alguien no interesa se le declara unilateralmente terrorista y se le liquida, no son necesarios motivos. Final de la historia.
(Antes de 1990 cambiar 'terrorista' por 'comunista')
El Comité Internacional de la Cruz Roja, órgano encargado de promover el Derecho internacional Humanitario, recoge el Manual de San Remo sobre el Derecho Internacional aplicable a los Conflictos Armados en el Mar. En la parte IV sobre Métodos y medios de la guerra en el mar, en su Sección II sobre Métodos de Guerra, en lo relativo a los bloqueos marítimos señala que:
98. Podrán ser capturadas las naves mercantes de las que se tengan motivos razonables para creer que violan el bloqueo. Las naves mercantes que, tras previa intimación, ofrezcan manifiestamente resistencia a su captura podrán ser atacadas.
Y en el artículo 67 del mismo texta legal se dice: Las naves mercantes que enarbolan el pabellón de Estados neutrales no deben ser atacadas, a menos que:
a) haya motivos razonables para creer que transportan contrabando o que violan un bloqueo, y que, tras previa intimación, rehúsen clara e intencionadamente detenerse o se resistan clara e intencionadamente a toda visita, registro o captura;
b) lleven a cabo acciones militares en favor del enemigo;
c) actúen como auxiliares de las fuerzas armadas enemigas;
d) estén incorporadas o apoyen al sistema de información del enemigo;
e) naveguen en convoy con buques de guerra o aeronaves militares del enemigo; o
f) contribuyan de cualquier otra manera efectiva a la acción militar del enemigo, transportando, por ejemplo, material militar, y si no es factible para las fuerzas atacantes que los pasajeros y la tripulación sean trasladados antes a un lugar seguro. A menos que las circunstancias lo impidan, deberá formulárseles una advertencia, de manera que puedan modificar su rumbo, deshacerse de la carga o tomar otras precauciones.
Clases de naves que gozan de inmunidad contra los ataques
47. Las siguientes clases de naves enemigas no deben ser atacadas:
a) los buques hospitales;
b) las embarcaciones costeras de salvamento y otros medios de transporte sanitarios;
c) las naves provistas de salvoconducto en virtud de un acuerdo entre las partes beligerantes, incluidas:
i) las naves de cartel, como las destinadas y utilizadas para el traslado de prisioneros de guerra;
ii) las naves que cumplen misiones humanitarias, incluidas las que transportan bienes indispensables para la supervivencia de la población civil y las empleadas en acciones de socorro y operaciones de salvamento;
Comentarios
Sé que es una barbaridad y por eso lo he puesto. No me puedo creer que alguien sea capaz de decir esto y me ha parecido interesante que se conozca.
Sobra decir que no puedo estar más en desacuerdo.
#1 Para mi es sencillo, yo no meneo ni fomento visitas de sitios que cuentan mentiras y burdas manipulaciones.
El Comité Internacional de la Cruz Roja, órgano encargado de promover el Derecho internacional Humanitario, recoge el Manual de San Remo sobre el Derecho Internacional aplicable a los Conflictos Armados en el Mar.
¿De qué conflicto armado habla? Esta será una de las consecuencias domésticas del suceso:
- la inmensa mayoría de los que sabíamos que LD era pura basura nos reafirmaremos
- la minoría que aún otorgaba la más mínima credibilidad a este panfleto se verá diezmada
- solo los imbéciles puros seguirán leyéndolo
#8 ¿De qué conflicto armado habla? Esta será una de las consecuencias domésticas del suceso:
Voy romper le regla de responder a un troll como tu, que tan solo les gusta el insulto y la amenaza nada velada.
Entre Israel y Hamas existe un estado de guerra, un bloqueo es un acto de guerra, en consecuencia se aplica las leyes del mar antes indicadas #4
[..]
- la inmensa mayoría de los que sabíamos que LD era pura basura nos reafirmaremos
- la minoría que aún otorgaba la más mínima credibilidad a este panfleto se verá diezmada
[..]
NO eres las persona mas acertada para decir esto, pero sabiendo como se sabe que eres un sectario y partiendo que LD sea un medio que no guste, te pregunto (de forma retorica)
¿El Manual de San Remo es también una fuente con mínima credibilidad?
[..]_-_ solo los imbéciles puros seguirán leyéndolo [..]
¿como tu?, no??
ja, ja, ja!!!
Si no fuera por los muertos podría ser un buen chiste.
Deberíamos pedir que se aplicara la misma legalidad a todos los barcos con pabellón israelí
anoche estuve viendo un rato el gato al agua de intereconomia y casi me caigo muerto de las sandeces que se decian
Entonces los piratas somalies tienen razón cuando atacan barcos en aguas internacionales? cada vez lo entiendo menos, los malos son los buenos y los buenos los malos.
#14 La he puesto para demostrar lo idiota que es citar a conveniencia un documento de recomendaciones (no un Tratado internacional, ni mucho menos) para legitimar (¡ja!) el asalto del ejército israelí (el autor del artículo de LD tiene una caradura impresionante)
Ya sé que es Libertad Digital pero, es que incluso sabiéndolo es difícil creer que se pueda decir algo así y quedarse tan a gusto
Los de LsD ya ni se cortan.
"El abordaje del ejército israelí se produjo a menos de 200 millas de la costa. Cualquier alumno no muy aplicado de primer curso de Derecho Internacional sabe que eso no son aguas internacionales, sino que es la llamada Zona Económica Exclusiva del estado con soberanía en la costa, en este caso Israel."
En la zona económica exclusiva también existe libertad de navegación para cualquier bandera. Practicamente el nombre dice que restricciones son las que se guarda al estado ribereño.
http://es.wikipedia.org/wiki/Zona_econ%C3%B3mica_exclusiva
Además el punto donde tuvo lugar la acción probablemente estuviese ya también dentro de la zona que se solapa con Egipto
http://www.seaaroundus.org/eez/376.aspx
http://www.seaaroundus.org/eez/818.aspx
El propio gobierno israelí ha terminado por aceptar que no era sus aguas jurisdiccionales y solamente alegan lo del bloqueo.
Veo que los cursos de manipulación internacional están dando sus frutos cada vez más deprisa y más contundentemente. Los terroristas siempre son los malos de la peli, y si alguien no interesa se le declara unilateralmente terrorista y se le liquida, no son necesarios motivos. Final de la historia.
(Antes de 1990 cambiar 'terrorista' por 'comunista')
este articulo si que esta pagado con el dinero de Tel Aviv
El Comité Internacional de la Cruz Roja, órgano encargado de promover el Derecho internacional Humanitario, recoge el Manual de San Remo sobre el Derecho Internacional aplicable a los Conflictos Armados en el Mar. En la parte IV sobre Métodos y medios de la guerra en el mar, en su Sección II sobre Métodos de Guerra, en lo relativo a los bloqueos marítimos señala que:
98. Podrán ser capturadas las naves mercantes de las que se tengan motivos razonables para creer que violan el bloqueo. Las naves mercantes que, tras previa intimación, ofrezcan manifiestamente resistencia a su captura podrán ser atacadas.
Y en el artículo 67 del mismo texta legal se dice:
Las naves mercantes que enarbolan el pabellón de Estados neutrales no deben ser atacadas, a menos que:
a) haya motivos razonables para creer que transportan contrabando o que violan un bloqueo, y que, tras previa intimación, rehúsen clara e intencionadamente detenerse o se resistan clara e intencionadamente a toda visita, registro o captura;
b) lleven a cabo acciones militares en favor del enemigo;
c) actúen como auxiliares de las fuerzas armadas enemigas;
d) estén incorporadas o apoyen al sistema de información del enemigo;
e) naveguen en convoy con buques de guerra o aeronaves militares del enemigo; o
f) contribuyan de cualquier otra manera efectiva a la acción militar del enemigo, transportando, por ejemplo, material militar, y si no es factible para las fuerzas atacantes que los pasajeros y la tripulación sean trasladados antes a un lugar seguro. A menos que las circunstancias lo impidan, deberá formulárseles una advertencia, de manera que puedan modificar su rumbo, deshacerse de la carga o tomar otras precauciones.
#4 Del mismo Manual de San Remo:
Clases de naves que gozan de inmunidad contra los ataques
47. Las siguientes clases de naves enemigas no deben ser atacadas:
a) los buques hospitales;
b) las embarcaciones costeras de salvamento y otros medios de transporte sanitarios;
c) las naves provistas de salvoconducto en virtud de un acuerdo entre las partes beligerantes, incluidas:
i) las naves de cartel, como las destinadas y utilizadas para el traslado de prisioneros de guerra;
ii) las naves que cumplen misiones humanitarias, incluidas las que transportan bienes indispensables para la supervivencia de la población civil y las empleadas en acciones de socorro y operaciones de salvamento;
#9 Hay un problema en la ley que has puesto ....
47. Las siguientes clases de naves enemigas no deben ser atacadas:
¿Existe entre Israel y la ONG un estado de Guerra?
Se aplica en este caso las normas sobre un bloqueo
Ahora .... el uso de la fuerza ha sido desde mi punto de vista desmedido, pero el asalto de estos barcos es legal.