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Publicado hace 11 años por plutonesunplaneta a europapress.es

El magistrado del Juzgado de Primera Instancia número 4 de A Coruña Luis Pérez Merino declara la nulidad de un contrato dede participaciones preferentes de 2009 en una sentencia emitida el pasado viernes, 12 de abril, en la que obliga a NCG Banco a devolver 28.000 euros a una clienta. De acuerdo con el fallo, la entidad financiera deberá devolver esa cantidad "más los intereses legales" de la misma, "reduciendo o deduciendo el importe de los intereses o rendimientos percibidos" desde aquel año.

Comentarios

OCLuis

Devolver lo robado no es ninguna condena. Eso lo sabe cualquiera en España y no hace falta ser juez o abogado para darse cuenta de ello.
Si la condena se queda en eso, los bancos tienen carta libre para seguir robando usando el mismo método. Si les pillan solo tienen que devolver lo robado; si no les pillan santas pascuas.

Los jueces tienen que ponerse las pilas en este asunto porque lejos de quitarle las ganas a los bancos de seguir delinquiendo los están incentivando.

D

Meneo cualquier devolución de estos estafadores...

D

¿ No hay responsabilidad penal?

Nadie paga por el delito?

D

esta mañana a PP-Bankia 50.000 a otra cliente de 85 años

p

#1 Tacita a tacita...