Alua

si es que esto son modas, ahora está de moda esta dieta, mañana lo estará otra... realmente la gente quiere perder peso muy rápido y eso es lo que luego te hace engordar más, hay que ir poco a poco y combinar la alimentación sana con el ejercicio.

B

#1 Es gratis, pero no se lo cuentes a nadie.

Lo curioso del caso es que no hay estudios ni datos acerca del éxito a largo plazo de otros sistemas para adelgazar. La mal llamada dieta Dukan es más bien un método para perder peso a la vez que se lleva a cabo una reeducación alimentaria.

A mi me ha ido muy bien, y lo recomiendo a quien quiera no solo adelgazar, sino cambiar de hábitos frente a la comida.

Tal y como apunta #12, muy probablemente parte de la tasa de fracaso se debe a personas cuya motivación era el perder peso de forma inmediata.

Juanal

Yo he hecho la dieta (de hecho estoy en ella) y como comenta #7 y #13 mas que dieta es una reeducacion alimentaria.

El ejercicio es obligatorio, y la cocina fundamental (casi todo es casero, no son productos quimicos). Que luego se recupera peso? Pues si vuelves a unos habitos alimenticios malos, tambien.

Os cambio el titular: El 75 por ciento de las personas que dejan de hacer deporte, engordan.

A que ahora os parece de perogrullo?

Si tienes unos habitos alimenticios malos, engordas. Da igual que hayas hecho antes la dieta Dukan, la dieta del cucurucho, una operacion de estomago o que hayas sido corredor de maratones.

Alua

es que no es normal atacar a España tan rápido cuando luego dicen que el problema podría venir de otros países... y el nombre de españa queda manchado ya

Alua

buf, felipe va camino de ser el próximo carlos de inglaterra, que no accede al trono

Alua
Alua

podían aprender algunos... en vez de apalear a la gente sin ton ni son, dando igual que estén sentados sin hacer daño a nadie

Alua

No es nada nuevo, la vida sube, los sueldos no. Injusto, sí.

Alua

230 euros por 12 años? no me salen las cuentas pero si un comentario: qué miserables!

danic

#1 Por lo que leo de "tras una campaña de acusaciones "injustificadas" " supongo que se trata de un despido 'procedente' tras el que no tienes derecho a indemnización y los 230 euros seran la parte proporcional de las vacaciones / pagas extra del ultimo año

D

#6 Con 12 años de servicio, sin mancha, y abriendo seccion sindical...no va a colar en ningun juzgado lo del despido procedente: es muy posible q sea declarado despido nulo (que no improcedente) por persecucion sindical.

C&P: "expediente laboral sin queja alguna durante los 12 años que trabajó en el servicio de atención al público en la terminal de El Altet. Un servicio de Aena que se subcontrata a otras empresas. En este caso concreto, y según CGT, la campaña contra la trabajadora se inició, supuestamente, cuando ésta intentó organizar un sección sindical de CGT en la anterior subcontrata de Aena, "que prestaba el mismo servicio que realiza hoy Multiservicios Aeroportuarios. Con esta decisión pretenden utilizar a Victoria como ejemplo para que el resto de la plantilla pemanezca sumisa, sin derechos y sin protección sindical", subrayó el sindicato en un comunicado."

#7 ¿te cuadra ahora?

danic

#8 probablemente, pero eso no quita que la empresa lo vaya a intentar (también cabe el caso de que si sea procedente)

D

#8 Pues estaré espeso, porque sigue sin aclararme nada. Tu comentario copia y pega el artículo, que ya había leído.
Si el despido es declarado nulo, que tiene toda la pinta, 45 días por año y salarios de tramitación, eso es algo más de 230 €, supongo.

D

#23 Hay diferencia si el despido es nulo o improcedente. Si el despido es "improcedente" tendra la imdennizacion q dices; si es "nulo", la tendran q reincorporar, pagandole los salarios no recibidos, y podra mantener seccion sindical y candidatura. Es, a primera vista, un despido nulo, por atentado ala libertad sindical.

Aqui mas informacion: http://www.mailxmail.com/curso-derecho-laboral-nociones-supuestos/diferencias-despido-procedente-improcedente-nulo

a) El despido se considera procedente cuando queda acreditado el incumplimiento alegado por el empresario en su escrito de notificación de despido. El trabajador no tendrá derecho a indemnización.

b) Será improcedente en el caso contrario al anterior o cuando en su forma no se ajuste a lo establecido en el Estatuto del trabajador (por escrito indicando los hechos y la fecha en que tendrá efecto). Cuando el despido sea declarado improcedente, el empresario podrá elegir entre:

- Readmitir al trabajador en un plazo de cinco días a la notificación de la sentencia que declare la improcedencia, abonando los salarios que dejó de percibir desde la fecha de despido hasta que se declaró el despido improcedente (salario de tramitación)

- Abonarle las siguientes percepciones económicas:

* El importe de una indemnización de cuarenta y cinco días por año hasta un máximo de cuarenta y dos mensualidades más los salarios de tramitación.

* Una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde el momento del despido hasta que recibe la notificación de sentencia improcedente o hasta que hubiera encontrado otro empleo si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia (salarios de tramitación).

Además, el empresario deberá mantener en alta al trabajador en la Seguridad Social durante el periodo correspondiente a los salarios que dejó de percibir.

c) Será nulo el despido que tenga por móvil alguna de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la Ley, o bien se produzca una violación de los derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador.

El despido nulo conlleva siempre la readmisión del individuo en el puesto de trabajo y el abono de los salarios de tramitación (los que debería haber cobrado el trabajador durante el tiempo que no ha estado trabajando)

D

#24 Te doy la razón respecto al despido nulo o improcedente: se me ha atascado la neurona (la que me queda).
No obstante vuelvo a lo mismo: el despido es probablemente nulo, pero eso lo ha de declarar el juez. Por lo tanto no se puede dar a entender que se "libran" de ella por míseros 230 €.
Recibirá los salarios de tramitación y la readmisión. A partir de ahí si la empresa insiste en "librarse" de ella, es la trabajadora la que tiene el toro por los cuernos. Ya sé que hay casos en que la empresa trata por todos los medios de hacer la vida imposible al trabajador para que se vaya, pero.....

danidata

#25 Seguramente esa indemnización es fruto del último cambio de subcontrata. Con cada empresa externa que ha contratado a esta persona, se reinicia la antigüedad laboral de este trabajador. Así si el último cambio de subcontrata fue hace poco tiempo, cuadraría más el monto de la indemnización. Esta práctica común no es legal si el trabajador ha continuado ejerciendo las mismas tareas en las diferentes subcontratas y ha existido continuidad. Existe mucha jurisprudencia en todo tipo de contratos, aunque estos sean diferentes y encadenados.

Kerensky

#8 A mi sigue sin cuadrarme.

Dice: ésta intentó organizar un sección sindical de CGT en la anterior subcontrata de Aena, "que prestaba el mismo servicio que realiza hoy Multiservicios Aeroportuarios

Es decir, cambió de empresa. Si es así, no tengo muy claro que debería pasar, ni quien debería pagar la indemnización. Si la antigua empresa y la nueva no están relacionadas, la antigua no tendría por qué pagar, porque se trataría de una baja voluntaria, y la nueva tampoco, porque la trabajadora no llevaría 12 años en plantilla, salvo que se haya hecho un acuerdo en ese sentido a la hora de firmar el contrato. Aena, en principio, tampoco, ya que nunca ha sido una trabajadora de Aena.

No se, chungo. Yo en una ocasión cambié de empresa mientras seguía en el mismo puesto de trabajo, lo hice porque la subcontrata iba a dejar de prestar servicio en ese cliente, y porque me convenían las condiciones que me ofrecía la nueva empresa, pero tenía claro que al hacerlo perdía la antigüedad.

A

#1 #2 Miserables y ladrones.

Alua

#3 #6 a mi no se me había pasado por la cabeza hasta que leí vuestros comentarios jaja que retorcidos somos

Alua

¿por encima de la de japon? me cuesta creerlo!

sauco82

#22 Es bastante famoso el hecho de que en Japón los trabajadores se quedan en muchas ocasiones hasta altas horas de la noche en sus empresas, cosa que ya de por sí merma la productividad. Si además tenemos en cuenta que estos si las declararán al contrario que los españoles, pues como que tiene cierta lógica

Alua

#2 ehh yo vivo en Móstoles, felicidades a mi vecino/a jaja

Alua

vergüenza debería darle hacer esas declaraciones y seguir con la cabeza tan alta

Alua

que miserables utilizar la excusa de ONG para esto

Alua

que suba, como la luz y el gas, a la vez que los salarios siguen igual o bajan... no entiendo este país