#68 No. El “aumento” de pena a 9 años no tiene nada que ver con la ley del “solo sí es sí”. Se debe a que el Supremo ha dejado de aplicar un atenuante que sí había aplicado el TSJ. La nueva ley afecta en que, inaplicado el atenuante, a la hora de imponer la pena, esta es un año menor que con la norma anterior. Es decir, que sin la ley del sí es sí, la pena sería de 10 años; con ella, de 9.
El titular produce confusión, porque sugiere que el aumento de la pena es debido a la aplicación de la nueva ley, cuando no es así.
El titular (del periódico, no de #0) induce a error: sugiere que el aumento de la pena es fruto de la aplicación de la nueva ley. Lo correcto hubiera sido indicar que el Supremo anula el atenuante estimado por el TSJ, pero la aplicación de la ley del “solo sí es sí” hace que la pena impuesta sea de 9 años en lugar de 10 que preveía la norma anterior.