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#1 El término «israelita», con los significados de «habitante del antiguo Israel» o bien de «judío», debe distinguirse de «israelí», término que se refiere al ciudadano del moderno Estado de Israel, sin distinción alguna de etnia o religión. Y, aunque en algunas zonas de Hispanoamérica suele emplearse «israelita» también como sinónimo de «israelí», esta acepción es desaprobada por la Asociación de Academias de la Lengua Española
https://es.m.wikipedia.org/wiki/Israelita

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#12 Por cierto que hace un par de años "Un tribunal noruego emitió un fallo histórico que prohibió efectivamente la reproducción de dos razas comunes de perros de cara plana, (bulldogs ingleses), alentando a los partidarios del bienestar animal e inquietando a los clubes caninos de todo el mundo":
https://news.vin.com/default.aspx?pid=210&Id=10641874&f5=1