N

#69 pues ya esta, solucionado, denunciarlo!, ganas y despues a la puta calle!.

a

#72 Y tantos otros:

El método de protección más desconocido. El despido a consecuencia de una demanda es nulo por considerarse violación de derecho fundamental. Incluso el TS ha sentenciado que también es despido nulo cuando es a consecuencia de una reclamación de derechos a la empresa o de una denuncia ante Inspección de Trabajo o de la simple intervención de ésta. Por tanto, es un claro error eso de que si demandas te despiden. Todo lo contrario: si demandas es cuando no pueden despedirte por haber demandado. En esta noticia puedes ver un ejemplo y en esta otra también. No se trata de inventarse causas de demanda. Seguro que en tu empresa tienes causas ciertas y sobradas para demandar. Lo más típico es que estés cobrando menos y/o trabajando más de lo que dice en el convenio de obligatoria aplicación. Eso si es que además no se han "equivocado" de convenio. En cualquiera de estos casos puedes poner una demanda de reclamación de cantidad,con lo que tendrán que pagarte lo que te deban de los 12 meses anteriores con un 10% de interés anual y además empezar a pagarte correctamente desde entonces. La protección en este caso es independiente de que la demanda se pierda o se gane o de que la denuncia acabe o no en sanción a la empresa. El caso es que no te pueden despedir a consecuencia de haber reclamado,demandado o denunciado.

http://soliobrera.cnt.es/secciones/juridica/954-como-impedir-legalmente-que-te-despidan.html

N

#75 si no te falta razón, esta claro que las leyes están hay, pero ahora imagínate como puedes estar trabajando en un bar en donde los trabajadores son 3?? el dueño, su mujer, y tú, después de hacerles un juicio claro??.
Te repito que te doy la razón, a nivel de protección legal, pero en la vida real no es tan fácil, hay que sopesar muchas cosas.

a

#86 #88 Pues no pasa nada, te despiden, se declara improcedente y puedes elegir entre irte con una indemnización tocha o volver a trabajar, todo ello cobrando los salarios de tramitación, es decir, la cantidad que legalmente te correspondería desde la denuncia hasta la fecha de juicio o de la conciliación. Y por supuesto, la diferencia entre lo que has cobrado en los últimos años y lo que deberías haber cobrado.

N

#87 ahhh gracias por tu voto, asi es como actua la CNT, te vale mi argumento?

a

#92 Precisamente por eso hablo de usar el recurso de la IT, entre otros, siempre a través de terceras personas. Esa información técnica de la actuación inspectora incluye el dato de si la denuncia viene de un trabajador de esa empresa o no.

#90 ¿Así, cómo, joven? ¿A que te refieres?. La CNT actúa según el principio del apoyo mutuo; el trabajador decide las acciones que considera pertinentes y los compañeros le apoyan en lo que sea menester.

N

#93 la CNT solo actúa con violencia y coaccionando, y yo no puedo apoyar eso.

pedronpardal

#93 conoces muchas personas que sean capaces de ayudar en estos temas a los demás.Ya se que has leído mi comentario y ya ves que hasta los propios perjudicados esconden la cabeza

pedronpardal

#86 te acabarian haciendo la vida insoportable está clarisimo

N

#88 totalmente de acuerdo.

N

#46 tienes toda la razon, no te voto porque no tengo karma.

N

#10 que es un excepcional, y además dices que llevas muchos años en la hostelería?? lo de esta chica es el 50% de la vida de cualquier camarero, somos unos putos esclavos, con el agravante que los clientes, la mayoría te trata como la mierda, no encuentro un solo aliciente al trabajo de camarero, bueno si llevar el pan a casa.

N

#7 que lo denuncie lo entiendo, pero que valla al sindicato??? es un chiste no?

a

#60 Incluso en ese caso tienes mucha más protección después de denunciar. En serio, si no me crees léete la legislación laboral.

#62 Lo que es un chiste es escribir una forma del verbo 'ir' con elle. ¿Por qué debería ser un chiste que alguien acuda a, por ejemplo, la CNT para solventar una situación así?

D

#67 La legislación dirá lo que quieras, pero del "mobbing" no se libraría. Y además es indemostrable en un trabajo que ya es esclavo de por sí, porque te pueden putear continuamente de millones de maneras simplemente exigiendo lo exigible en cantidades no razonables o directamente imposibles de cumplir, lo cual a todos nos ha pasado eventualmente y (lee bien) NO es punible.

a

#73 Evidentemente es punible, tanto que he visto más de un caso ganado por situaciones exactamente iguales a las que describes.

http://laboro-spain.blogspot.com/2009/10/que-hacer-cuando-te-putean-en-el.html

D

#77 O no me has leído o no me has entendido. Yo te he explicado una forma de "mobbing" que NO es punible en absoluto, porque trivialmente se ciñe al contrato laboral. Pedir imposibles dentro de la tarea asignada es uno de los abusos más frecuentes que todos hemos visto, y usado de forma persistente resulta un "mobbing" en toda regla. Sin violar el contrato en ningún momento.

Y añadiría otra forma de "mobbing" no punible: asignar continuamente tareas costosas pero vanas y fútiles. También sin violar el contrato en ningún momento.

Obviamente no es que yo guste de imaginar formas no punibles de abuso. Sencillamente es que las he visto.

P.D.: Los panfletos de "Laboro Spain", perdona que te lo diga, rozan la basura. Esgrimir textos legales interpretados maniqueamente e ignorar la realidad, como siempre hacen, muy rarísima y excepcionalmente funciona en la vida real, ya que el empresario ha de ser realmente tonto del bote para que le pillen (lo de las grabaciones, que siempre aconsejan los de Laboro, resulta incluso cómico). A lo único que se dedica esa "web" es a embarcar a los demás en su cruzada personal (incluso tienen motes despectivos para quienes no se embarquen, eso lo dice todo).

a

#101 ¿Y por qué insistes en que no es punible?. Demuéstralo, o al menos, explica el contexto. A mí de mano me parece que exigir algo 'no razonable' o directamente 'imposible' entra dentro de los supuestos que contempla la ley como acoso laboral.

A mí no me tienes que pedir perdón por nada, conocí Laboro tras participar directa o indirectamente en muchos conflictos laborales y, en lo que a mi experiencia respecta, su conexión con el mundo real está fuera de toda duda. Hay una gran tarea por hacer para informar a los trabajadores de sus posibilidades jurídicas, la mayoría de las veces desconocemos que, al menos por el momento, la legislación laboral actual puede darnos mucha seguridad.

¿Qué problema hay con las grabaciones?.

RivaSilvercrown

#104 que digan lo que digan, una grabación tomada sin el consentimiento de todas las partes no sirve como prueba en un juicio y, de hecho, puede considerarse delito el tomarla. Lo ideal es que haya testigos... pero claro, nadie va a querer hablar contra el jefe (en el caso de una oficina... en el caso de bares y restaurantes, no sería la primera vez que algún cliente se ofrece)

D

#104 No es punible porque se ciñe al contrato, ya te lo he explicado. Sencillamente hay infinidad de abusos que se pueden incluir trivialmente en las tareas asignadas en el puesto, y por ello no suponen violación legal alguna.

Si tu contrato dice "camarero" y sueles atender cinco mesas, el día que te asignen atender veinticinco... ¿qué crees tú que puedes denunciar? Nada.

Si tu contrato dice "servicio de cocina" y un buen día te dicen que has de fregar vajilla, cocinar y servir todo al mismo tiempo... ¿qué puedes denunciar? Nada.

Si tu contrato incluye "limpieza del local" y de pronto además de barrer y vaciar los ceniceros te exigen que desatasques y limpies los chuzos del váter todos los días antes de irte... ¿qué demonios puedes denunciar? Nada.

Si tu contrato incluye "cuidado de utensilios del local" y les da por hacerte limpiar minuciosamente cada puñetera olla y cada puñetera pieza de la cafetera industrial con cepillo de dientes y abrillantador... ¿qué puedes denunciar? Nada.

En todos esos casos tu vida laboral se convertirá en un infierno y terminarás dejando el trabajo (si eres listo, claro, si no lo eres aguantarás años roll), y no tendrás base ninguna para denunciar porque legalmente son tareas incluidas en tu contrato y perfectamente exigibles. Que no sean exigencias razonables no las convierte en ilegales o punibles. Es más, encontrarás puestos en los que ese tipo de exigencias no constituyen "mobbing" siquiera, simplemente son requerimientos habituales de un empresario exigente (y rácano, y cabrón, y lo que quieras, pero perfectamente legal).

Lo que he expuesto son únicamente ejemplos, no te ciñas sólo a ellos. Como te dije, hay millones de formas de hacer "mobbing" no punible sin salirse del contrato ni del Estatuto de los Trabajadores. Basta con haber visto unas cuantas para saberlo.

Lo de Laboro mejor lo dejamos aparte. Como te he dicho, el empresario ha de ser realmente imbécil para que le puedan pillar usando los panfletos maniqueos de esa "web" (lo de las grabaciones es sólo un ejemplo paradigmático de ello, ya que las mencionan a la mínima ocasión).

D

#104 No estoy muy de acuerdo con muchas cosas de las que dice #77, pero lamentablemente es verdad de que si denuncias tienes que tener mucho cuidado en la empresa porque te intentarán hacer la vida imposible, y lamentablemente muchas de las cosas que te harán rozan lo ambiguo o tienen una ejecución similar a las huelgas de celo.

N

#67 CNT claro, como no lo pence hantes CNT zolusionado, y grasiaz por la clase.

a

#76 Muy gracioso, hamijo. Y ahora, ¿puedes argumentar algo o sólo eres un chiste con patas?.

N

#53 si cobras 1000 euros para que te compras una casa de 150 mil, y un coche de 25 mil, y vacaciones de 2 mil, cree que todo hay que verlo en un contesto, y no me vale la escusa de el banco me lo daba ya somos todos mayorcitos, con esto no quiero decir que defienda la gestión de los bancos, creo que ellos tanbien tendrían que haber pagado solos sus cagadas, pero esto se parece a lo de que fue primero el huevo o la gallina.