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Lo que si es cierto es que efectivamente el texto de El Cofidencial puede llevar a confusión, ya que sí que da a entender que la improcedencia de la comisión de mantenimiento en esos casos se recoge en la Circula 8/1990, lo cual obviamente no es cierto www.boe.es/boe/dias/1990/09/20/pdfs/A27498-27508.pdf.

Pero eso no afecta al fondo de la cuestión: el cobro de la comisión en esos supuestos es contrario a las buenas prácticas bancarias.

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#34 Yo seguiré reclamando y tramitando las reclamaciones de mis familiares. La última hace seis meses (sí, después de que saliera la nueva circular) y también nos eliminaron la comisión.

Tú, si no quieres no reclames y sigue pagando y pensando que eres más listo que todos. Pero no confundas a la gente, que haces lo mismo que los bancos: Ellos también te dicen que tienes que pagar la comisión (y muchas otras mentiras). Hasta que no reclamas al BdE muchas veces no reculan (y si la reclamación es por otro asunto y por un importe elevado a lo mejor tampo le hacen caso al BdE ir hay que ir a los juzgados).

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#31 Me has votado negativo mis comentarios de #18 #19 #25 #27 #29 y no he abierto la boca. Aqui se viene llorado.

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#32 ya lo he explicado en mis anteriores comentarios, paso de seguir intentar racionar con un irracional.

#33 te voté negativo como toque de atención después de que todavía tuvieras la caradura de votarme negativo tras mi comentario #28, donde te llamé la atención por primera vez en este sentido. Pero tú luego has ido más allá y has buscado comentarios míos en otras noticias para votarme negativo también.

Demuestras ser un rencoroso y un maleduecado por lo que no pienso seguir hablando más contigo y procederé a reportarte a moderación.

O

#34 Yo seguiré reclamando y tramitando las reclamaciones de mis familiares. La última hace seis meses (sí, después de que saliera la nueva circular) y también nos eliminaron la comisión.

Tú, si no quieres no reclames y sigue pagando y pensando que eres más listo que todos. Pero no confundas a la gente, que haces lo mismo que los bancos: Ellos también te dicen que tienes que pagar la comisión (y muchas otras mentiras). Hasta que no reclamas al BdE muchas veces no reculan (y si la reclamación es por otro asunto y por un importe elevado a lo mejor tampo le hacen caso al BdE ir hay que ir a los juzgados).

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#30 2012 es más actual que 1990. Correcto. La Cirular 2012 deroga (casi en su totalidad) a la de 1990. Correcto.

Pero es que el parrafo que puse en #25 NO proviene de la circular 8/1990, y mientras el BdE no cambie el criterio, este sigue vigente.

Esta es la Cirular 8/1990 derogada http://www.boe.es/boe/dias/1990/09/20/pdfs/A27498-27508.pdf

Ahora dime tú donde ves en la Circular derogada que se hable de "Comisiones de mantenimiento en cuentas vinculadas a otra operación de activo o pasivo".

La propia redacción te debería dar un pista
"El Servicio considera que cuando las cuentas se mantienen por imposición de la entidad....".

"El Servicio [de Reclamaciones del BdE] CONSIDERA". No dice "En virtud del articulo X de la Norma Y de la Circular Z..."

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#32 ya lo he explicado en mis anteriores comentarios, paso de seguir intentar racionar con un irracional.

#33 te voté negativo como toque de atención después de que todavía tuvieras la caradura de votarme negativo tras mi comentario #28, donde te llamé la atención por primera vez en este sentido. Pero tú luego has ido más allá y has buscado comentarios míos en otras noticias para votarme negativo también.

Demuestras ser un rencoroso y un maleduecado por lo que no pienso seguir hablando más contigo y procederé a reportarte a moderación.

O

#34 Yo seguiré reclamando y tramitando las reclamaciones de mis familiares. La última hace seis meses (sí, después de que saliera la nueva circular) y también nos eliminaron la comisión.

Tú, si no quieres no reclames y sigue pagando y pensando que eres más listo que todos. Pero no confundas a la gente, que haces lo mismo que los bancos: Ellos también te dicen que tienes que pagar la comisión (y muchas otras mentiras). Hasta que no reclamas al BdE muchas veces no reculan (y si la reclamación es por otro asunto y por un importe elevado a lo mejor tampo le hacen caso al BdE ir hay que ir a los juzgados).

O

En el próximo capitulo: el gallego y portugés son la misma lengua.