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Y esto queridos amigos es lo que sucede cuando no se tiene un marco normativo adecuado a estas situaciones excepcionales (puedo entender que pasara en las vascas y gallegas en la primera ola de la pandemia, pero ha habido tiempo de sobra para legislar). Como hasta ahora había unanimidad política pues no pasa nada (aunque no estuviese previsto esta posibilidad de suspender elecciones). Pero ahora ¡ay! Ya no interesa a todos y a unos sí y a otros no y es una posibilidad que jurídicamente no está prevista (y se podia haber reformado la legislación electoral para contemplar esta posibilidad).

Esto es lo que tenemos

cosmonauta

#17 Si. Me extraña que el estado de emergencia no diga nada de elecciones.

De la misma manera que sorprende que el mismo partido que en España declara ese estado de emergencia, no ve ningún riesgo en convocar una elecciones en una ccaa de caso 8 millones de personas

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Y esto queridos amigos es lo que sucede cuando no se tiene un marco normativo adecuado a estas situaciones excepcionales (puedo entender que pasara en las vascas y gallegas en la primera ola de la pandemia, pero ha habido tiempo de sobra para legislar). Como hasta ahora había unanimidad política pues no pasa nada (aunque no estuviese previsto esta posibilidad de suspender elecciones). Pero ahora ¡ay! Ya no interesa a todos y a unos sí y a otros no y es una posibilidad que jurídicamente no está prevista (y se podia haber reformado la legislación electoral para contemplar esta posibilidad).

Esto es lo que tenemos.

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#6 Desobedecer reiteradamente a una orden judicial. En particular se velaba por la neutralidad de las instituciones, algo que es un elemento esencial de una sociedad democrática.

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#7 Bueno, en último caso a ver que dice Bruselas de esa orden judicial y de la posible condena.

Como siempre, la multa la pagaremos tu y yo y al juez prevaricador se la soplará.

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#2 Aunque haya dejado de ser President si se demuestra que es culpable de los hechos que se tipifican en el Código Penal, es susceptible de condena. De lo contrario bastaría con dejar de ser cargo público para que no te condenen.
Y hay más penas además de la prisión o la inhabilitación. También está la multa.

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#5 culpable de los hechos que se tipifican en el Código Penal,

¿Poner pancartas?

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#6 Desobedecer reiteradamente a una orden judicial. En particular se velaba por la neutralidad de las instituciones, algo que es un elemento esencial de una sociedad democrática.

c

#7 Bueno, en último caso a ver que dice Bruselas de esa orden judicial y de la posible condena.

Como siempre, la multa la pagaremos tu y yo y al juez prevaricador se la soplará.

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Joder, es que me parece acojonante. Si precisamente no está circulando mayor razón para cerrar y que no entre.

No se podía prever.