a

#150 En realidad, Arch Enemy tampoco tiene tanto poder. No va a crear una lista negra de fotógrafos que no pueden trabajar en sus conciertos en Holanda porque los fotógrafos en festivales y conciertos los eligen los promotores, a parte de aquellos que la banda pueda llevar en su equipo con fines promocionales.
En general, entre las pintorescas listas de exigencias de un grupo respecto a personal, equipo, escenario, cátering, alojamiento y... "varios" que se firman en un contrato de actuación no es normal encontrarse una lista negra de gente que le cae mal a la cantante en una región concreta de un país remoto. Esto parece más una bravuconada que otra cosa. Aunque, a pesar de todo, en su derecho estarían de intentar exigirlo.

D

#168 por lo que relata el artículo, me suena a como cuando alguien del curro te quiere meter en un aprieto y pone en copia a toda la jerarquía.

No se a cuánta de esa gente que (según el artículo) fue en copia en el correo de AE le importa lo que ha pasado ni la influencia que pueda o no tener esto para el fotógrafo, pero supongo que la intención no es pedir vetarle a posteriori si no crearle una reputación entre los que sí pueden vetarle.

a

#50 Totalmente de acuerdo.

#49 Desconozco el detalle de la ley holandesa, pero bajo el marco de leyes de la UE y si han retirado la imagen, creo que poco hay que hacer sobre este tema más allá de dejar que la cosa se enfríe y que cada cual se retrate.

a

#42 Como en el caso anterior, el grupo está en su derecho de usar los medios a su alcance para que un fotografo esté o no en un evento en el que ellos participan. Lo que no quita para que personalmente, parezca una rabieta porque han pillado a una amiga suya haciendo algo ilegal y ahora ellos se enfadan y no respiran. Pero, nuevamente, están en su derecho.
Si quieres contratar a un fotógrafo y tener los derechos sobre las fotos que ha hecho, incluyelo en el contrato y compénsalo adecuadamente.

a

#22 Educados. Se puede discrepar sin perder los buenos modales.

ED209

#40 una cosa es ser educado. Otra ser hipócrita.
En otras palabras, no hace falta explícitamente desear un fantástico día lleno de alegría y felicidad. Se da por supuesto.

a

#7 Él reclama los derechos de uso de la fotografía, de los que es propierario. Independientemente de eso, la banda puede reclamar los derechos de imagen, de los que es propietaria.
Son derechos diferentes que se gestionan de forma separada con lad personas que los poseen.
Sin embargo, si eres fotógrafo en un evento y hay un contrato de por medio, una parte suele ceder los derechos (de forma completa o limirada) a la otra.
O bien el fotógrafo cede el copyright al evento o a la banda, o la banda cede el derecho al fotógrafo del uso de las imagenes del evento, bajo ciertos términos y con ciertas limitaciones.
Por lo que cuenta el fotógrafo, él no ha firmado lo primero y los derechos de la fotografía son suyos. Por lo tanto, la cantante puede ceder sus derechos de imagen a la modista, pero eso no autoriza a la modista a utilizar esta foto en concreto.

a

#5 "but in fact HE was trying to prevent an artist, a single woman who makes clothing in Poland, from displaying HER art which was on my body in the photo"

Lo que hace la cantante es una interpretación totalmente errónea de la ley. Si la artista polaca lo que quiere es visibilizar un producto, que pague una sesión fotográfica, que compre los derechos de la foto que qujere usar o que la cantante le ceda el uso de alguna imagen cuyos derechos posea. Pero como dice el fotógrafo, si el copyright de la imagen es mío, yo decido los términos bajo los que la usas. Igual que necesitas la autorización de la cantante para usarla como imagen de marca, necesitas la autorización del fotógrafo para usar su material.
Y oye, que igual me equivoco, pero si la tal Marta llega a contactar con él en buenos términos igual podrían haber llegado a un acuerdo beneficioso para ambos.

D

#35 Estoy de acuerdo en que el fotógrafo tiene el derecho legal. Sin embargo, yendo por la ruta de derechos legales, el grupo puede vetar al fotógrafo que es lo que ha hecho, porque ¿para que invitar a un fotógrafo si no puedes usar sus fotos?.

#34 Les recuerda y pide dinero (para una ONG, eso sí) a cambio de no obligarles a retirar la foto. Desde mi punto de vista, el fotógrafo les recuerda que no pueden hacer eso y ellos que no tienen por qué invitarle. Si a partir de ahí no llegan a un acuerdo, el desenlace es el que ha ocurrido.

a

#42 Como en el caso anterior, el grupo está en su derecho de usar los medios a su alcance para que un fotografo esté o no en un evento en el que ellos participan. Lo que no quita para que personalmente, parezca una rabieta porque han pillado a una amiga suya haciendo algo ilegal y ahora ellos se enfadan y no respiran. Pero, nuevamente, están en su derecho.
Si quieres contratar a un fotógrafo y tener los derechos sobre las fotos que ha hecho, incluyelo en el contrato y compénsalo adecuadamente.

BiRDo

#42 ¿para que invitar a un fotógrafo si no puedes usar sus fotos?

D

#60 Y de alguna forma las cobrará. Mantiene sus derechos aunque no las puede usar en campañas, algo hará con ellas. Si tiene que comprarle las fotos, ¿tiene sentido que haya un número de fotógrafos autónomos invitados a los conciertos en lugar de que tengan ellos solo uno contratado y sean ellos quienes vendan en exclusiva las fotos a todo el que quiera hacer crónicas?

Que lo valoren los profesionales, pero para mí el trato implícito que Arch Enemy parece ofrecer me parece más que balanceado.

Nividhia

#63 Me temo que no. Un amplisimo (pero amplisimo de cojones) porcentaje de mis fotos acaban muertas de asco sin publicar. De todas formas nadie (que yo conozca) hace fotos oficiales y luego las vende, las fotos oficiales se distribuyen gratuitamente, pero eso es propaganda y aunque muchos las usan, a los editores que de verdad son periodistas no les gusta que la informacion la suministre una fuente interesada. Y luego esta lo de la libertad de informacion y toda esa historia.

JanSmite

#42 Es que no es la banda la que está usando la foto, es una empresa que hace la ropa de la cantante. Que sí, que puede ser de una amiga de la cantante e incluso patrocinadora de la banda, pero es una entidad DIFERENTE de la banda, y una empresa comercial, y la publicación se hace en su cuenta COMERCIAL con enlace a su tienda. Es decir, es un uso comercial no autorizado.

Y en vez de reconocerlo e intentar solucionarlo por las buenas, atacan al fotógrafo y le vetan de sus conciertos. Bien, están en su derecho, pero no es la forma de hacer las cosas.

Entre otras cosas, porque el mensaje que transmiten es que van a hacer con tu trabajo lo que les salga del pijo y no tienes derecho ni a pataleta, porque, de lo contrario, te vetarán. Joder…

D

#35 eso sería lo lógico, pero mejor echarle morro, quejarse a la banda y joder al fotógrafo. Ahora lo suyo es que el fotógrafo demande por lo legal a la jeta y la funda.

a

#50 Totalmente de acuerdo.

#49 Desconozco el detalle de la ley holandesa, pero bajo el marco de leyes de la UE y si han retirado la imagen, creo que poco hay que hacer sobre este tema más allá de dejar que la cosa se enfríe y que cada cual se retrate.

JanSmite

#49 Lo mejor que ha podido hacer el fotógrafo es escribir ese artículo y dejar bien retratadita a la banda que, por lo visto, se dicen "anarquistas", pero funcionan como una empresa capitalista bien engrasada.

D

#140 tampoco les podría echar eso mucho en cara porque al final gran parte de toda la simbología y estética de estos grupos se basa en crearse un personaje para intentar distinguirse y hacerse un hueco.

Por ejemplo tampoco me sorprende el hecho de que Slayer no sean nazis ni que a pesar de sus letras Araya sea cristiano.

Al final es cuestión de espectáculo, en probablemente una gran mayoria de los casos.

A la actual cantante de Arch Enemy no creo que le hiciesen un test de política cuando la ficharon después de verla en The Agonist.

D

#35 el hecho de que se refieran al esponsor en esos terminos da toda la impresión de que (al margen de interpretaciones legales erróneas y/o falta de respeto por el trabajo ajeno) la tal Marta no es un esponsor cualquiera y la banda se ha tomado el asunto como algo totalmente personal.

D

#50 Pues peor todavía si una banda comercia hace promoción a amiguetes por la cara

JanSmite

#50 La dueña de la empresa de ropa por lo visto es amiga de la cantante.

D

#5 #35 Y a que viene eso de decir que es "single woman"?

Encima reaccionan con paternalismo, lo tienen todo

D

#65 No interpretes ese "single" como soltera sino como unica. Vamos, que la "empresa" es una única persona sin equipo jurídico ni gran cartera de clientes, y que probablemente se haya visto muy presionada al recibir este correo de una persona profesional del sector hablándole en términos legales.

Por otra parte, la que lo dice también es otra mujer, así que en todo caso sería maternalismo.

D

#68 Lo mismo me da, en ambos casos es un argumento emocional y chantajista que no viene a cuento. Que la asesoren o paguen la banda o su manager si tanto les preocupa.

"Por otra parte, la que lo dice también es otra mujer, así que en todo caso sería maternalismo."
Menuda chorrada, es paternalismo por mucho que provenga de una mujer. Deja de mirar lo que tiene entre las piernas la gente cuando dice algo, serás más feliz.

D

#69 Legalmente no viene a cuento porque el fotógrafo tiene el mismo derecho, pero éticamente es muy distinto.

No es lo mismo cargar legalmente contra una gran empresa diseñadora que sabe que está haciendo algo ilegal y además puede pagar que contra una persona que ha hecho algo que a priori es tan lógico cómo usar una foto que han usado por internet de una cantante llevando prendas diseñadas por ella, y que probablemente no se haya parado ni a pensar en las implicaciones legales.

D

#71 La gente de Bart. Hagamos una colecta para enviarle una buambulancia a esa pobre mujer desvalida.

Y por cierto, por qué asumes que ese fotógrafo tiene más medios o dinero que esa diseñadora?

D

#73 Y otra para el fotógrafo que no puede entrar a conciertos.

Es muy sencillo: Puedes ser inflexible con tu copyright y tienes derecho a ello, pero si lo eres no te quejes cuando el resto sean inflexibles con sus derechos.

D

#71 el fotógrafo ni ve ni tiene en principio por qué saber que ese esponsor es una unica diseñadora, ni los recursos o ausencia de ellos que tenga a su disposición.

Lo que ve es que se está usando una foto suya con fines comerciales por una tercera parte que a pesar de esponsorizar a la banda no es la banda en sí.

Y entiendo que Arch Enemy pueda opinar que esa mujer, sea por sus circunstancias o por qué si, tenga derecho al uso de la imagen de la banda. E igualmente que tengan derecho a prohibir el acceso a este fotógrafo.

Lo que no es ético, en mi opinión, es que critiquen a esta persona por defender sus derechos sobre el uso comercial de su copyright cuando ellos hacen exactamente lo mismo. Dudo que Arch Enemy evalúe caso por caso la situación personal y los recursos legales de cada persona sobre la que actúen por infracción de copyright.

Al final el mensaje subyacente de todo esto es que si fotografías a Arch Enemy ellos se consideran propietarios de facto de los derechos de copyright, aplicando su derecho a banearte de sus actuaciones como herramients coercitiva en caso de que decidas ejercer tus derechos sobre tu trabajo.

D

#83 El fotógrafo no lo sabe hasta que recibe la respuesta. Crossover modo, la conversación ha sido así;
- F: Has publicado una foto propiedad mía. Haz una donación o afronta las consecuencias.
- AE: Nosotros fomentamos la colaboración entre los asistentes al concierto. Ella es nuestra sponsor. Dinos si ha sido un malentendido y puedes permitirle usar la foto.
F: Si, el malentendido ha sido vuestro, yo tengo derecho legal a cobrar si usan mi trabajo y voy a ejercerlo, me da igual lo que os guste fomentar porque yo tengo derecho legal.
AE: Ok, retiramos la foto ya que legalmente tienes derecho a obligarnos, pero tú no vuelves a ser invitado a un concierto nuestro porque nosotros tenemos derecho legal a decidir quién tiene derecho a fotografiar nuestros conciertos.

#88 No he deducido eso, solo que de cualquier pacto se han de ver beneficiadas las dos partes. Si el grupo no se beneficia de tus fotos, ¿por qué te ha de permitir fotografiarles?

neotobarra2

#45 Aunque te he votado positivo, después de leer el caso creo que yo hubiera hecho lo mismo que el grupo. Es más, si yo tuviera un grupo, no querría que me hiciera fotos ningún fotógrafo que no le pusiera a sus fotos una licencia Creative Commons o similares. Y si estuviera en mi mano, por supuesto que le prohibiría hacerme fotos a cualquier fotógrafo que pretendiera después cobrar por compartir en Internet esas fotos. Lo puedes llamar "castigo" si quieres, aunque me parece un término bastante injusto: si el fotógrafo tiene derecho a exigir que le paguen por subir "su foto", el grupo tiene que tener derecho a elegir quién puede fotografiarles y quién no. Vamos, digo yo. Ya que jugamos, jugamos todos o se raja la baraja.

El tema más complejo puede estar en si realmente hubo lucro o ánimo de lucro cuando la persona que hizo la ropa que llevaba la cantante hizo un re-post de la fotografía. Estoy tan acostumbrado ya a ver cómo la SGAE denuncia unos beneficios indirectos enormes (en forma de publicidad por ejemplo) en casos en los que realmente no hay tal cosa, que de primeras pongo en cuarentena el beneficio que esa chica haya podido sacar volviendo a subir la foto.

Pero vaya, que yo la actuación del grupo la veo correcta. ¿Quieres que te paguemos por difundir por internet una foto que nos has hecho? Vale, tranquilo que esta foto la retiramos y no nos vas a hacer más. Yo habría hecho lo mismo.

cc #127 #35 #53

JanSmite

#183 De nuevo, el fotógrafo no le ha exigido NADA al grupo, de hecho la cantante ha puesto la foto en su perfil y no le han dicho ni mu, ni a nadie más que la haya compartido por ser fan, sino a una empresa tercera que hace cosas para el grupo pero que NO es el grupo, hace cosas también para otros y para la venta a cualquiera que lo quiera comprar. Y la cuenta en la que ha puesto la foto no es una cuenta particular, es una cuenta COMERCIAL, con la clara intención de promocionar sus productos.

Lo que tú propones es que el fotografo haga fotos al grupo a cambio de que éstos puedan hacer lo que les dé la gana con las fotos del fotógrafo. Es decir, que el fotógrafo trabaje gratis para ellos. Eso, o no te dejo hacerme fotos. Por favor…

Creo que #53 lo explica bastante bien y de manera concisa.

cc #127 #35

neotobarra2

#184 La "empresa tercera" que hace cosas para el grupo (Marta) resulta que es amiga cercana al grupo. No sé cómo será en tu entorno, pero en el mío si alguien le hace algo a mis amigos es como si me lo hiciera a mí. Y por supuesto, si yo tengo un grupo y mis amigos quieren compartir una foto mía durante una actuación, quiero que puedan hacerlo. Y cualquier fotógrafo que diga que no, que la foto la ha hecho él y que no permite que mis amigos la compartan, no le dejo volver a fotografiarme. Así de claro. Si el ánimo de lucro consiste en "soy diseñadora de ropa, hago ropa para un grupo en el que sus miembros son amigos míos, y subo fotos de ese grupo para que se vea la ropa que diseño", francamente me parece más ético ese "ánimo de lucro" que el de "mi trabajo se apoya en el de otros (los grupos que actúan) pero luego yo no permito que otros se apoyen en el mío".

Lo que tú propones es que el fotografo haga fotos al grupo a cambio de que éstos puedan hacer lo que les dé la gana con las fotos del fotógrafo. Es decir, que el fotógrafo trabaje gratis para ellos. Eso, o no te dejo hacerme fotos.

No. El fotógrafo puede cobrarle al festival si quiere, incluso se puede negociar que el grupo le pague por hacer las fotos. Lo que propongo para el fotógrafo es lo mismo que para los músicos: a tomar por culo el copyright, libre circulación de la cultura (incluyendo también la música a través de Internet por supuesto) y si el fotógrafo utiliza "sus derechos" para frenar eso, yo también utilizaré los míos contra él.

JanSmite

#185 Por mí como si son mediopensionistas: la cuenta donde la "amiga" pone la foto no es una cuenta personal, es una cuenta COMERCIAL que enlaza a su tienda. Eso es USO COMERCIAL. Y a la banda le puede joder porque es "amiga", pero es OTRA empresa que NO es la banda.

Además, "mi trabajo se apoya en el de otros (los grupos que actúan)…", y por eso, en virtud del "fair use", el grupo puede usar las fotos para promocionarse (no para merchandising, no para vender otros productos, etc.), pero "el grupo" no abarca a otras empresas relacionadas o cercanas o lo que sea.

¿Has visto lo que pone el artículo? El grupo no tiene ningún problema en denunciar páginas que ponen sus canciones, alegando problemas con el copyright, o denuncian falsificaciones de sus camisetas o merchandising. Parece que es aquello de la "paja en el ojo ajeno…"

a

#1 Bueno... conozco a una señora que ofrecía trabajo en los puestos de helados de las playas a 2'5 euros/hora, 7 días a la semana, descansando los días de lluvia (que no se cobraban) y con jornadas de 10 horas diarias, sin pausa para coner ("pero te comes un bocata cuando no haya gente").
Y cuando le decías que vaya puta cara y que vaya condiciones de mierda, te contestaba muy ofendida: "pues ya pago 0,5€ más que la competencia".

a

#205 Una lanzadera es un tren directo entre dos localidades con alto volumen de pasajeros que se programa en hora punta y no gace ninguba parasa intermedia. No es lo habitual, ni es una línea regular, ni es como todas, que suelen tener paradas. Una línea regular tarda bastante más que un autobús en todos los recorridos que vayas a hacer en el tercio norte. Ahora claro, igual en Barcelona área metropolitana la cosa cambia...

D

#208 En Barcelona, claro... y en toda Catalunya, en Aragón, Euskadi, Navarra... Va a ser que el tercio norte te lleva la contraria, ¿eh? Y el tercio sur también, como ya he demostrado a otro por aquí.

Que esgrimas que a tu pueblo concreto tarda más porque hay una montaña por medio no hace que el tren sea más lento que un autobús, entiéndelo. Eso es tu caso circunstancial, no la norma.

a

#180 Hablas de alguna ciudad en concreto, ¿verdad? Porque en general, ni de coña. El tren no es más rápido salvo que exista una lanzadera para alto volumen de pasajeros.
Te invito a venir a conocer las maravillas de la vía estrecha para que lo compruebes.

D

#198 Se llaman montañas, por si no lo sabías. Y como puedes intuir, no es el caso general.

#201 Es justo al revés, por aquí me estáis poniendo ejemplos circunstanciales tratando de rebatir el caso general. Que si mi pueblo está perdido a tomar por culo de la estación, que si hay una avería en las vías, que si el tren ha de dar vuelta porque (oh, casualidad) hay una montañita en medio... Nada de eso rebate el hecho de que un tren es más rápido que un autobús, a ver si os dais cuenta.

Por cierto, lo que tú enrevesadamente llamas ”lanzadera para alto volumen de pasajeros” no es sino una línea regular, un tren que pasa regularmente (como todos). Y que yo sepa no hay de ningún otro tipo, no existen ”trenes chárter”.

Copia para #202.

a

#205 Una lanzadera es un tren directo entre dos localidades con alto volumen de pasajeros que se programa en hora punta y no gace ninguba parasa intermedia. No es lo habitual, ni es una línea regular, ni es como todas, que suelen tener paradas. Una línea regular tarda bastante más que un autobús en todos los recorridos que vayas a hacer en el tercio norte. Ahora claro, igual en Barcelona área metropolitana la cosa cambia...

D

#208 En Barcelona, claro... y en toda Catalunya, en Aragón, Euskadi, Navarra... Va a ser que el tercio norte te lleva la contraria, ¿eh? Y el tercio sur también, como ya he demostrado a otro por aquí.

Que esgrimas que a tu pueblo concreto tarda más porque hay una montaña por medio no hace que el tren sea más lento que un autobús, entiéndelo. Eso es tu caso circunstancial, no la norma.

l

#205 el tren es más rápido siempre y cuando las vías no vayan por donde cristo perdió el mechero o donde en estado se preocupe de mantenerlas el buen estado . En Galicia hay dos trayectos en los que el tren es más rápido: A Coruña - Vigo y A Coruña - Ourense.

Todo lo demás es de risa. Si vas de Ferrol hacia el Cantábrico, de de llorar. Líneas de FEVE a medias de 40 km/h, con suerte.

Si vas hacia el interior, hacia Lugo, es bastante más lento que el coche. El tren de Coruña a Barcelona tarda más de 14h, el cruzar desde Coruña hasta el Bierzo son casi 5 horas de trayecto por el medio del monte, porque las vías tienen más de 100 añis. Monforte - Ourense es muy bonito como trayecto turístico, pero el bus es infinitamente más rápido.

En algunas partes de este país, Renfe tiene interés 0 en competir con el bus

D

#218 Pues hijo, yo debo ser mago, porque he ido en tren de Barcelona a Santiago y de Coruña a Barcelona en doce horas escasas. Que no es moco de pavo el trayecto a causa de los montes, pero puedes apostar tu culo a que es menos de lo que se tarda en autobús porque éstos tampoco vuelan sobre las montañas.

De todos modos, generalizar poniendo como ejemplo un lugar concreto (y montañoso) es una falacia. Es como si me argumentas que se va más rápido a pie porque en el desierto del Sahara no pasan trenes ni autobuses. Eso no es un razonamiento válido.

a

#35 Depende de la orografía de la zona. Si vives en una zona con desniveles, el camión hacia arriba puede ir a 60 tranquilamente, porque no da más. Y como haya curvas ya puedes echarle paciencia, porque seguramente será algo menos.