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Cuando he leído el titular, he pensado una cosa muy distinta a lo que en realidad contiene el artículo. Los que sufren son los niños, que por quien son realmente maltratados son por las Instituciones que des-oyen las necesidades de las Casas de acogida que no tienen herramientas para atenderlos dignamente. La opción de darlos en acogida en familias, supongo que ya lo habrán estudiado y debe haber alguna explicación que de momento no conozco. Lo que hace falta es que se les facilite los medios para que puedan realizar su trabajo. Por cieto, en la declaración de la renta ¿donde está la casilla que hay que marcar para que llegue el presupuesto a estas situaciones tan elementales?

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Si lo consigue, Solbes deberá un gran favor a alguien!!!! y si lo consiguen, no sé como quedará parada la credibilidad de esta agencia que es punto de referencia para solicitar informes

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Resulta que en España, los licenciados en rama sanitarias (Medicina, enfermería (o como se llame ahora, lo siento) veterinaria, etc) son supervalorados en el extranjero porque su preparación es excelente, pagan suficiente para incentivarlos para irse a Gran Bretaña, Portugal... y ahora en Cataluña quiene contratar extranjeros? Sin títulos homologados? aunque fuesen homologados... Acaso todos los Médicos en España ya están trabajando? me parece a mí que no... No entiendo esa decisión en absoluto

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Lo que hay es más de un millón de propietarios que se niegan a la evidencia de que los inmuebles para ser vendidos deben de bajar los precios y que ya no podrán ganar el 25, 30 o 50% anual que se ha ganado en otros años en este sector.
En este caso, creo, que aunque por necesidad, la demanda nos estamos comportando muy bien.
Por necesidad, porque aunque queramos comprar, en primer lugar, ya sabemos que su precio no es el real, debe bajar, aunque baje algo, los bancos no nos dan hipotecas sin 1001 avales. Aunque nos den la hipoteca, los intereses son altísimos, y la mayoría ya no está dispuesto cmo antaño a hipotecar su sueldo. La cuota no debe representar más del 38 o 40% de un sueldo, cuando han existido casos numerosísimos, en los que el sueldo de uno de los dos cónyuges era íntegro destinado a este fin.
Cuando digo muy bien, hay un pulso entre la demanda y la oferta, que ganará la demanda. La oferta bajará necesariamente. El problema estuvo, que cuando pedían cantidades astronómicas, había quien las pagaba, se iban al banco y les daban la hipoteca, sin hacer previsiones. Curiosamente, la compra de la vivienda es la mayor inversión que hace un español a medio y largo plazo, y apenas se informa de las tendencias de mercado.

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Yo si fuese esa empresa, LIDL, me procuparía más por las conversaciones de los "jefes" en sus despachos que de las cajeras, no son ellas las que se pasan el día al teléfono o internet

#8 El empresario no puede recurrir, primero, porque el trabajador no está avisado de que no se le permite ese gasto telefónico y que puede ser motivo de despido. Las normas, para ser cumplidas, previamente deben ser expuestas. Por otro lado, si el trabajador lo hizo una vez sin cosecuencias, no puede de repente cambiar la norma por una "falta de control interno", la única salida que tiene es redactar nuevas normas y darlas a conocer, pero no podrá aplicarlas con carácter retroactivo, por consiguiente tampoco podrá despedirlo por este motivo hasta ese momento, sí podrá si incurre en la misma falta después de poner marcha la nueva normativa dada a conocer

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#57 (Osaid) perdona la tardanza en responderte, estuve esta mañana un ratito y justo me acabo de conectar y vi tu comentario. Intentaré ser lo más clara posible porque es bastante complejo.

En primer lugar las leyes siempre van a remolque de los acontecimientos, es decir, hasta que no se produce una nueva situación que no esté contemplada o necesite algo más específico no surge. La única ley que conozco que se adelante a los contecimientos y es bastante precisa con instrucciones para casi cada caso es la LOPD, y en caso de duda, lo consultas, lo trantan y casi ya te han hecho la instrucción.

Todo esto es para explicar, que cuando hay un caso se trata con las leyes en vigor, por supuesto que tiene mucho que ver la interpretación, si no fuese así, no serían necesarios los abogados, los recursos, las apelaciones, etc... es decir, hay unas "reglas pautadas" como las llamas de base, en este caso, sería los fundamentos de derecho, pero no es una aplicación matemática, intervienen muchos factores, no se puede aplicar la misma sentencia en los mismos delitos con distintas circunstncias, no sé si te he servido de ayuda.

Por cierto, para mí no es ninguna molestia, todo lo contrario, para hablar entramos en estos foros ¿no? es un placer charlar sobre lo que estimes.

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#4 el fax no ha tenido nunca validez jurídica, se ha podido presentar en algún proceso pero no es determinante, y eso ya se sabe de antemano, aunque en muy pocas ocasiones lo he visto. Para presentar en un juzgado tiene validez la carta certificada con acuse de recibo y el burofax, por ello no entiendo del todo el artículo, no sé en que datos se basa para hacer estas afirmaciones.
Como se ha comentado en el foro, tiene algunas utilidades, por ejemplo cuando tienes un siniestro puedes enviar por fax el parte amistoso para accelerar la tramitación pero luego debes presentar el original por si hay que hacer demanda. O cuando haces un pago por el banco, le envías al acreedor el fax justificando que has hecho el ingreso para adelantarte las 12 o 24h que tarda en llegarle la información, pero lo que respalda es tu justificante del ingreso, no el fax. O cuando estás de viaje y necesitas realizar algun gestión, a mí me ha resultado útil para agilizar, para formalizar debe estar respaldado con otros documentos

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#50 Muchas Gracias por tu respuesta. Aunque estoy deseando acceder a la sentencia para ver los fundamentos, porque aún me quedan muchas cuestiones que encajar. Gracias de nuevo.
Se me ha pasado comentarte que he estado en procesos con sentencias con bastntes similitudes, y con fundamentos de derecho.

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#1 por desgracia ni es una práctica exclusiva de la Comunidad de Madrid ni de las que gobierne el PP.

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El simple hecho de que no estuviesen encriptados dice mucho sobre la aplicación de la normas de seguridad que habilitaron. Me temo que van a empezar a rodar cabezas... "encriptar" es un anglicismo que se ha adoptado en el argot de la LOPD o LSSI, pero como tantos otros...

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En contra del Vaticano con su historia es fácil, pero dudar de la existencia de un personaje histórico... Nadie se ha inventado que existió, el "tal" Jesús de Nazaret vivió y ahí estuvo, que tuvo que tener carisma, sin duda a la vista de lo que se ha montado tras de él y lleva ya más de 2000 años, muerto al menos,dicen otros que resucitado, puedes o no creer en lo que decía, pero dudar de la historia es otra cosa. Es como dudar que existió Cleopatra o Ramses, o Salomón.

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Por lo que veo se sabe bastante de informática, pero quien sabe de derechos fundamentales? Veo muchas opiniones hablando de este concepto, de su protección, pero en los comentarios ya se han vulnerado algunos...

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Lo siento Joshua, acabo de leer tu comentario, porque lo escribí simultáneo a tu publicación.
Sí señor, estoy contigo, precisamente ese libro "Rebelión en la Granja" se lo acaba de leer mi hija con 15 años, igual que mi padre me lo hizo leer a mí con 14. No tengo karma para votarte, pero tienes mi voto, totalmente de acuerdo, como dices, puede que no en formas, pero me gusta el fondo

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Me he leído la noticia, he leído los 42 comentarios y conozco bastante bien la LSSI al igual qe la LOPD. Este es un tema en el que seguro todos estamos más que sensibilizados, todos tenemos hijos, hermanos, sobrinos... y aunque no se tengan, todos hemos sido niños y es un mundo que debe ser protegido con más cuidado que ningún otro, por la sencilla razón que no pueden protegerse ante atrocidades por sí mismos. Entonces, desde mi ignoracia más absoluta sobre informática, pregunto (sé que muchos sois expertos en este tema) y espero que no os ofenda mi falta de conocimiento, si es así, mis disculpas:

1.- Internet es un lugar de acceso e intercambio de información pública, si está en la red y es accesible, es público ¿Por qué debo entender un atentado contra mi intimidad esta decisión?

2.- Si me descargo un archivo con el nombre cambiado y me encuentro contenido de pornografía infantil, que no hace falta ser un master para saber que es delito, ¿porqué no lo denuncio ipso-facto? existen los medios para hacerlo. Si no lo he denunciado ¿incurro en complicidad? Personalmente creo que sí, pero tambien es labor de todos, como cuando sospechas un abuso, (a quien sea, mujer, hombre o niño)debes denunciarlo.

3.- No controlar ese contenido, ¿no es una intrusión en la intimidad de mi hija si se descarga por error algo así?

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#38 no encuentro el enlace de las subcontratas que Inditex tiene fuera de España, que son muchas, lo que he encontrado es un artículo donde desde Inditex confirma que las tienen al norte de Portugal, http://www.solidaridad.net/noticias.php?not=3996 a raíz de una acusación de explotación. Repito lo dicho en mi comentario #35 y #32, que defienden un comercio justo, que han generado riqueza y epleo en su zona y en otras muchas, eso no impide lo que ha ocurrido con muchos talleres ni que me guste esa cadena por ser una copia de las creaciones de otros, pero no le quito el mérito a un empresaio que ha sabido crear un imperio, al que, como a todos y en proporción le afecta la crisis, de todos modos, criterios desde Credit Siusse me gusta estudiarlos más a fondo, porque los suelo poner en cuarentena hasta que he leído otras fuentes