#21 Legalmente, no estás casad@. Por tanto, puedes solicitar todas las ayudas como progenitor solter@
Siento contradecirte, pero las ayudas como progenitor soltero sólo se adjudica en los casos de familias monoparentales, es decir, que los niños convivan únicamente con uno de sus progenitores. En caso contrario, no se casaría ni el Tato.
En cualquier caso, no me parece de recibo no casarse para evitar sus inconvenientes y luego intentar conseguir todas sus ventajas. Cada figura jurídica tiene sus pros y sus contras; que cada cual adopte la que mejor le convenga.
Por cierto, de cara a la descendencia, es irrelevante estar casado, pareja de hecho o soltero: las obligaciones respecto a los menores y la protección que reciben es exactamente la misma (Otra cosa es que si su padre o madre muere y el otro miembro no recibe pensión de viudedad, los hijos tampoco podrán disfrutar ese ingreso, pero a quién afecta directamente es a la pareja, no a los hijos)
#3. Imagina por un momento que te "casas según tu cultura" con otra persona y tenéis descendencia.
Legalmente, no estás casad@. Por tanto, puedes solicitar todas las ayudas como progenitor solter@.
Ahora, fallece tu cónyuge. Acreditas la convivencia estable. Cobras pensión de viudedad.