#14 Lo que dices es pura demagogia.
"Descargué a propósito ese material, no lo voy a negar y ni mucho menos puedo, soy culpable"
El autor de la carta no dice que guardase el material a título informativo, sino para consumo propio. Una vez vió lo que allí se mostraba, no lo denunció ni lo borró, sino que lo conservó para su uso personal e incluso lo compartió por la red (la policía lo detectó en su material compartido para descarga) para uso y disfrute de otros enfermos como él. Eso es ser cómplice de actos de pornografía infantil, lo cual hoy por hoy es delito.
Si lo que pretendes es que nos pongamos a analizar si el código penal es incompleto, creo que encontrarás a muchas personas más versadas en leyes que yo, que te aclararán si el error es considerar criminales a los que contemplan un acto delictivo o a los que buscan su visualización y disfrutan con ella, alentando con su actitud y consumo el cometimiento de dichos actos.
Discrepo con el asunto de la cárcel. Encerrarle una temporada no resolverá nada, no devolverá el brazo a la niña ni le enseñará a educar mejor a sus mascotas.
Creo que en este caso, una compensación económica por los daños causados a la víctima está más justificada. También una pena basada en trabajo social en perreras o centros de reeducación animal, aprendiendo a no considerar a los animales como objetos de disfrute personal.
El objetivo es la reinserción social, no solo el castigo en si. Tras la pena ridícula que le impondría un juez, volveríamos a tener en la calle un animal peligroso con perro.