#3, #4 Sigo que se me pasó el tiempo de edición. La opción 2 era pagar y luego recurrir. Si Hacienda me la hubiese denegado, pagaba multa e intereses. Así que me salté ese paso, a pesar de que no te imaginas lo que me jodió pagarle casi 1.000 eureles sabiendo que tendrían que devolverme más de 2.000. Ahora una exención que debería haber sido muy fácil de comprobar (la empresa tiene la obligación de comunicar a la Seguridad Social los desplazamientos de trabajadores al extranjero: http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/normativa/095128.pdf ) por lo de pronto se ha convertido en que si lo llego a cobrar alguna vez, cobraré un 10% menos (los honorarios de mi gestor).
#3 ¿Y por webos te están obligando a pagar hasta que se resuelva? Claro, con la crisis esta que tienen, locos por lillar pasta...