r

#1 Gracias, por lo menos que tenga aun poco de eco.

r

Si quieren que los insulten puedo dejarlos un fin de semana con mi madre

r

#15 vamos a poner el caso de un autónomo que trabaje en casa, cobra 2500 + IVA, 3025€ en total, en un trimestre acaba pagando:
525€ IVA * 3 = 1575€
352 Autonomo *3 = 1056€
19% IRPF 475 * 3 = 1425€
Es decir ha ingresado: 9075€ y le quedan 5019€, es decir, 1673€ al mes que por 11 pagas, si queremos tener un mes de vacaciones son 18403€, eso generando 36300€. Lo dicho, si no aumentan las prestaciones como derecho a paro y mas cosas lo veo un atraco a mano armada. Además todo es tan complicado que hay que meter gastos de gestoría y demás.

#57 es brutal, no entiendo como no hay más oposición a estás medidas

D

#57 Te falta comentar que un autónomo a parte tiene que invertir en materiales, herramientas, etc. Un asalariado no ya que la empresa lo pone todo, por lo tanto son mas gastos aún.

trivi

#65 correcto, si puedes hacer el mismo trabajo como autónomo o como asalariado asegúrate de pedir al menos el doble por hacerlo como autónomo, es decir, intenta cobrar tanto como la empresa que lo hace, que saca para el salario del trabajador, vacaciones, bajas, etc. y a parte gana un buen porcentaje.

a

#57 es tal cual. Yo este último año facture 48000€ y con las nuevas cuotas de más de 1000€ parece que vivamos nadando en billetes. Creo que con tus cuentas se entiende muy bien, y eso obviando como dicen por ahí que ciertas actividades hay que sumar gastos importantes

E

#75 Señor empresario, si no sabe distinguir facturación de beneficio, puede llegar a tener serios problemas a la hora de gestionar su empresa.

Espero que tenga una buena gestoría que le evite sustos con hacienda y con la seguridad social.

a

#195

punto 1: conozco perfectamente la diferencia, hablaba en mi caso particular, donde mi beneficio es aprox. un 90% de la facturación, y por eso EN MI CASO sé que si he facturado 48000€ estaría en uno de los 2 últimos tramos a los que hice referencia ("cuotas de más de 1000€")

punto 2: la pendatería te la puedes meter por donde te quepa. Con el conocimiento del tema que tienes y que se denota de tus comentarios quizá trabajes en una asesoría o similar, espero que no trates de esa forma a la gente desinformada (que repito, no es mi caso)

E

#250 Al punto 1: conocerás perfectamente la diferencia, pero en el comentario particular al que contestaba no lo parecía, y de hecho has tenido que aclarar cositas para no quedar como un tonto.

Al punto 2: contesto a la gente como si fuera gilipollas, solo en los casos en los que contesto a gilipolleces. En que trabaje es irrelevante, y por si tenias dudas no estaba buscando clientela.

Ahora ya si quieres puedes reportarme, bloquearme o lo que queras guapi.

trivi

#57 el IVA lo paga el cliente, nunca fue del autónomo

a

#80 #92 y por eso luego pone que acaba pagando 1575€ de IVA...

Para mí el IVA siempre ha sido parte de mis ingresos y parte de mis gastos, no es que no exista, más que nada porque lo cobro en un momento y luego lo pago hasta 3 meses después en el mejor de los casos, y eso financieramente no se puede despreciar.

c

#93 Para tí puede ser misa. El IVA lo paga el cliente al estado. Tú solo lo recaídas.

Ni ingresas ni gastas IVA. Si ingresas dinero de más y lo tienes durante 3 meses financieramente te beneficia

D

#116 el IVA lo paga el. Cliente, como el. Servicio.
El. Cliente me paga por un servicio y tengo q aumentar el IVA para ganar mi parte y la del 21% del estado
Pero el cliente paga todo servicio e impuesto.

c

#124 claro. El cliente te paga el servicio a tí y el impuesto al estado. Tú solo lo recaudas

N

#116 Eso es así cuando vendes a cliente final, como en una tienda.

Pero si tu cliente es otra empresa y te paga a 60 o más días, o no te paga, el IVA lo tienes que adelantar trimestralmente antes de haber cobrado la factura. Puede llegar a poner en problemas financieros a una empresa.

c

#164 Pero si tu cliente es otra empresa y te paga a 60 o más días, o no te paga, el IVA lo tienes que adelantar trimestralmente antes de haber cobrado la factura.

Si, eso es un problemón. Deberían regular para que no tengas que pagar hasta que cobres. Supongo que las empresas recargarán el precio del servicio en el caso de pago a 60 días.... aunque si el cliente es poderoso es difícil.

a

#116 ¿Pero como que no ingresas ni gastas IVA? El IVA de mis facturas mis clientes me lo ingresan a mí (y no al estado) y yo lo gasto cuando lo pago en declaración trimestral.

No podemos quitar de la ecuación algo que en ciertos meses me supone un gasto de 1000€ un ingreso de 0€ (porque el cliente me paga a 60 días)

¿Que tengo que ser muy consciente de que ese dinero "no es mío"? Pues claro. Pero hacer como que el IVA no existe a efectos contables es absurdo.

Ya se que conceptualmente yo solo soy un recaudador del IVA, pero desde el momento en que el pago por parte del cliente y el pago al estado ocurren en momentos distintos, la cosa cambia. Ojo, es que hasta puede que el cliente nunca me pague la factura pero yo el IVA lo pago igual, o sea que no, no es verdad que yo "solo lo recaudo".

Ahora veo la respuesta de #164 y por ahí va la cosa. Vale que si tengo una tienda el dinero lo ingreso al momento de emitir la factura, pero no es mi caso ni el de muchísimos autónomos

KimiDrunkkonen

#80 Es dinero que va al estado proveniente de ese intercambio de bienes. Da igual que no te lo quedes tú o que no se lo quede el cliente, el estado lo extrae de ese intercambio, por lo tanto suma a la comparativa "lo que cobro vs lo que aporto al estado".

El que compra te da 100 euros a ti por ese producto, y luego tú le das el 21% de eso al estado.

c

#57 Tienes un fallo. El autónomo no "cobra IVA" solo lo recauda.

Ovlak

#57 1. Si aumenta tu base de cotización, aumentan las prestaciones: paro, incapacidades, pensiones, etc.
2. El IVA se recauda, no se paga. No sé qué tiene que ver en esto. La única queja que se puede tener con el IVA es que lo tengas que adelantar a hacienda sin haber cobrado la factura, pero nunca ha sido "tuyo", sólo ejerces de recaudador.

D

#110 muy bien, ahora tienes 3.000r en IVA q no has cobrado y el estado te los pide y tu no puedes pagarlos, ¿sigues recaudando, le dices al estado q espere un mes o lo sacas de un crédito o de los ahorros.

Q. Manía con decir chorradas del IVA

ColaKO

#57 Es que los autónomos están pensados para profesionales como dentistas, arquitectos, abogados, traductores, artistas, etc. Gente cuyo trabajo es eminentemente individual y que deberían generar bastantes más ingresos mensuales que esos que estás poniendo allí. Y aún así, muchos de estos, salvo artistas o actores y similar estarían mejor formando una S.L.L. o una cooperativa y poniéndose de trabajador asalariado de la misma.

Lo que no puede ser es que todo el mundo quiera ser fontanería Pepe, con Pepe y su furgoneta, en lugar de fundar Pepe S.L. con 30 fontaneros, 2 administrativos y 15 furgonetas, además de acceso a formación y material más especializado.

Lo encabezonados que estamos en España con tener microempresas de facturación exigua y que requieren que el autónomo esté esclavizado trabajando en lugar de formar un mejor tejido de medianas empresas.

nomasderroches

#117 si quieres montar una empresa, al menos una persona tiene que estar dado de alta como autónomo (el responsable). No es por gusto, es por ley.

ColaKO

#136 Cooperativas y S.L.L. tienen un régimen muy ventajoso ya que se bonifican las cotizaciones.

j

#117 Tienes que tener en cuenta que el tejido laboral es muy variado y que hay servicios que sin llegar a ocupar 40 horas semanales son necesarios (limpieza de comunidades, clases particulares de refuerzo, cuidado de mayores, limpieza doméstica...). Muchas de las personas con estos empleos no tienen en su zona suficiente trabajo como para llegar a ocupar una jornada completa y ganar un sueldo que les permita pagar 300€ de cuota de autónomos (pero siguen siendo servicios necesarios). Alguna solución había que dar a estas situaciones laborales para que puedan cotizar y trabajar dentro de la legalidad.

ColaKO

#176

Para pequeños ingresos que no sean tu actividad habitual, por ejemplo, un estudiante dando clases particulares no tienes que darte de alta en autónomos.

Para cuidado de mayores y limpieza nos vamos a la situación que crítico. Estas personas deberían trabajar para empresas más grandes.

j

#259 Lo primero que dices es falso. Cualquier trabajo remunerado, con la excepción que comento, requiere un alta en la seguridad social, independientemente de que sea o no tu actividad habitual. Solo te librarías si el trabajo es esporádico, no tienes un establecimiento permanente y tus ingresos no llegan al SMI. Aún así, sobre estos casos hay jurisprudencia pero no normativa. Y clases particulares no las dan solo los estudiantes ni como actividad no habitual.

Tu solución no abarca toda la casuística, que la cuota de autónomos sea progresiva sí.

U5u4r10

#117 Si eres autónomo y ganas 1000 pagas 300 de autónomo y 300 de IRPF.
Si tienes una SL y ganas 1000 pagas 380 de autónomo, 250 de IS y 225 de IRP.
Y la gestoría te cuesta el triple.
Ahí tienes la respuesta.

JairoCA

#57 Cuando dices que genera 36300€ es un error. Lo que genera en tu caso es 2500 * 11. El IVA no lo generas, solo lo recaudas.

borteixo

#57 Por qué incluyes el iva? No es tuyo.

P

#57 Tus cuentas están mal porque no estás deduciendo las cuotas de autónomos (que son gastos). Así que el IRPF sería 408 * 3 = 1224€.

i

#57 Comparado con un asalariado el IRPF lo veo alto pero la cotizacion bastante baja (si tenemos en cuenta la cotizacion de la parte de la empresa+empleado en una nomina)

D

#57 no metas el IVA que eso lo pagan tus clientes.

30.000 y te quedan 18.500.

r
r

#19 Somos rápidos en los envíos y si no queda satisfecho le devolvemos su dinero al 100%

Ka1900

#20 Qué salao lol

r

Aprovecho para hacer SPAM descarado de la mia que falta me hace https://deportesucha.es/es/

Ka1900

#17 Me ha hecho gracia tu desparpajo...voy a echarle un ojo! 🐼

r

#19 Somos rápidos en los envíos y si no queda satisfecho le devolvemos su dinero al 100%

Ka1900

#20 Qué salao lol

r

@pulpoman me parece una burrada 200€ al mes por 900.000 visitas, mas tu servidor, si quieres te echo una mano con eso

r

#25 Desde luego, no comentan la opción mas interesante https://tardigrade.io/, el GB a 0.01€, tiene un coste añadido por descargar, pero ademas los archivos se guardan en varios servidores a la vez.

r

#3 Pues no lo veo útil, la verdad, un informe predictivo a futuro que cambia cada dos días.

r

Este informe es una puta mierda, cambia cada día. El informe del 22/03 https://covid19.webs.upv.es/INFORMES/Informe_22032020.pdf decía que el pico iba a estar del 16 de abril al 21 con un rango de 1.700.000 afectados a 2.500.000. Ahora dicen que el pico fue el 23/03 con 550.000 afectados.Mañana qué

P

#2 Sí claro. Eso ya lo dicen ellos. Que cada día varía la predicción dependiendo de las decisiones que se tomen , como cerrar parcialmente el país, confinamiento total, reapertura del confinamiento, saturación de los servicios sanitarios etc...

"... Esteinforme se presenta diariamente porque las circunstancias de la enfermedad cambian cada día. Paraeste estudio hemos utilizado un modelo SIR con datos de casos reportados en España proporcionadosdiariamente por el Ministerio de Sanidad y publicados el día previo a la fecha del informe. Convienetener en cuenta que la aplicación de las políticas para evitar nuevos casos, tardan unos días en versereflejadas en el modelo, porque un caso contabilizado el día de hoy corresponde a una persona quelleva de 4-6 días infectado. ...
... Dada la naturaleza del COVID-19, las circunstancias en las que ha surgido y las decisiones que sevan tomando diariamente contra la infección, el modelo asume que las tasas de contagio varían cada día."

r

#3 Pues no lo veo útil, la verdad, un informe predictivo a futuro que cambia cada dos días.

gonas

#3 estos hacen como los economistas. Te explican hoy porque fallaron ayer. El estudio, parece más una excusa para justificar que no se pringuen.

Con la función de Gompertz a mi me sale que el pico se alcanza el día 15.

gonas

#2 Hay estudios más serios, basados en la propagación. Con la función de Gompertz, aproximada por mínimos cuadrados, me sale que el máxima de nuevos caso se alcanza el día 15 de abril.

dale

#2 Ese pronóstico era con el modelo antiguo, que tenía menos parámetros y se les descontroló a partir del 23/3. El nuevo, dicen, está más ajustado y verificado