#1, lo lamentable, es que puedes ir a 250 km/h de Cádiz a Coruña, saltando todos los radares móviles sin que te pare ni Dios y poniendo en peligro la vida de cientos de conductores, eso si las arcas del estado bien llenas. Si realmente estuvieran por nuestra seguridad, al tío se le para cuando se le pilla, se le "receta" y se le informa. Con la receta caliente fijo que te piensas el seguir a 250 km/h. Si no te paran en el acto para informar, piensas que no te han pillado y pa´lante, que te llegue la multa a los 20-30 días ya no sirve de nada (salvo recaudar).
#0 Se permite no parar e identificar al infractor cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control del tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo.
Esto me parece abusable. Con la presunción de veracidad, se puede poner un agente en una intersección e ir multando vehículos al azar según vea sus matrículas, sin más, con lo primero que se le ocurra. Cuando al tiempo llegue la multa a ver cómo encuentras un testigo que declare que no lo hiciste.