#100 No se de convencionales, pero hay un Tesla S 90D, uso intensivo 450 kilómetros diarios, con 650.000 kilómetros casi y a la mitad le cambiaron la bateria (dentro de garantía, un problema de software) y con la nueva ya ha hecho de nuevo ese kilometraje, y está la batería con una degradación bastante razonable, en torno al 6% https://www.economiadigital.es/tecnologia-y-tendencias/este-tesla-model-s-ha-recorrido-650-000-kilometros-en-tres-anos_567539_102.html Claro, no es un ejemplo, por que Tesla no es un coche barato, pero sí se puede.
#201 Así lo marca la legislación vigente relativa a menores, recogida en el Código Penal de 1995, y posteriormente en la Ley Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores del año 2000. El artículo 19 del Código Penal dice que "los menores de 18 años no serán responsables criminalmente", aunque aclara que "cuando un menor de dicha edad cometa un hecho delictivo podrá ser responsable con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule la responsabilidad penal del menor". Es la Ley Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores la que completa la doctrina, al aplicarse "para exigir la responsabilidad de las personas mayores de 14 años y menores de 18 por la comisión de hechos tipificados como delitos o faltas en el Código Penal o las leyes penales especiales". En el año 2000 gobernaba el PP.
Pero no debe extrañarnos en absoluto pues el PP cuando ha gobernado ha incumplido sus programas en cuanto a derogar/modificar leyes del PSOE (Cosa que ellos no han hecho) y se ha dedicado a mantener/clonar/desarrollar muchas políticas buenistas del PSOE, con el fin de congraciarse (?) con la izquierda mediática.