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Buena noticia pero insuficiente. En otros países no se paga IVA hasta que no se supera un techo de facturación para empresas de nueva implantación.

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España es hoy un país acorralado por noticias canallas y donde no queda un atisbo de esperanza.

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Para mí ya no es un sinvergüenza, es mi héroe macarrilla que da dinerete a los ninis del barrio !

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#61 según la RAE : Relación carnal entre parientes dentro de los grados en que está prohibido el matrimonio.
Art. 166. Son impedimentos para contraer el matrimonio:

1º) La consanguinidad entre ascendientes y descendientes sin limitación

2º) La consanguinidad entre hermanos o medio hermanos

3º) El vínculo derivado de la adopción plena, en los mismos casos de los incisos 1º), 2º) y 4º). El derivado de la adopción simple, entre adoptante y adoptado, adoptante y descendiente o cónyuge del adoptado, adoptado y cónyuge del adoptante, hijos adoptivos de una misma persona, entre sí, y adoptado e hijo del adoptante. Los impedimentos derivados de la adopción simple subsistirán mientras ésta no sea anulada o revocada.

4º) La afinidad en línea recta en todos los grados

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estos confunden el incesto con consanguinidad y endogamia. Madre mía, qué nivelazo.

themarquesito

#61 La pregunta es hasta qué grado de consanguinidad se considera incesto.

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#61 según la RAE : Relación carnal entre parientes dentro de los grados en que está prohibido el matrimonio.
Art. 166. Son impedimentos para contraer el matrimonio:

1º) La consanguinidad entre ascendientes y descendientes sin limitación

2º) La consanguinidad entre hermanos o medio hermanos

3º) El vínculo derivado de la adopción plena, en los mismos casos de los incisos 1º), 2º) y 4º). El derivado de la adopción simple, entre adoptante y adoptado, adoptante y descendiente o cónyuge del adoptado, adoptado y cónyuge del adoptante, hijos adoptivos de una misma persona, entre sí, y adoptado e hijo del adoptante. Los impedimentos derivados de la adopción simple subsistirán mientras ésta no sea anulada o revocada.

4º) La afinidad en línea recta en todos los grados

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La Guardia Civil tampoco se creyó que el alcohol en mi sangre se debía a un proceso de osmosis inversa al tirarme a una borracha en los lavabos de la discoteca.

D

#198 Imagínate que te hacen el control antidopaje y das positivo en cocaína. Imagínate que argumentas que una chica que conociste esa noche y que había consumido cocaína te besa, y que en el intercambio de fluidos ingieres trazas de la sustancia dopante; imagínate que no tienes manera de demostrar que besaste a esa mujer todas las veces en que afirmas haberlo hecho, ni que esa mujer estuviese colocada con cocaína. Imagínate que el TAS, pese a todo, te absuelve porque encuentra esa explicación creible y porque te considera un deportista honesto y sincero y un hombre íntegro; imagínate que te llamas Richard Gasquet.

Deja de imaginar:

http://news.bbc.co.uk/sport2/hi/tennis/8152674.stm
http://jurisprudence.tas-cas.org/sites/CaseLaw/Shared%20Documents/1926,%201930.pdf

Básicamente, pese a que en ninguno de los dos casos (Gasquet y Contador) se puede demostrar que pretendiesen doparse (de hecho, no había ningún beneficio en la cantidad detectada), y pese a que en ninguno de los dos casos los acusados podían demostrar que tenían razón, a Gasquet le hicieron caso porque consideraron que podía haber sucedido mientras que a Contador no. Con Gasquet admitieron la duda acerca de que la ingesta fuese voluntaria y no accidental, con Contador no.

A Gasquet le creyeron, a Contador no, así de simple y de dramático.

Aquí hay demasiada gente hablando en vano de Contador y del TAS, sin saber qué es el TAS, cómo funciona el TAS, cuál es la jurisprudencia del TAS en casos análogos, etc. Me causa una profunda decepción y tristeza ver a tanta gente satisfecha, en algunos casos incluso feliz, ante semejante escándalo de resolución.

cc/ #201

D

#183 No es cierto, acude a #206 ... no tiene que demostrar cómo se produjo la ingesta, tiene que contar una versión que al TAS le suene creible y, en particular, más creible que la ingesta voluntaria.

Con Gasquet creyeron en el beso de la mujer colocada con cocaína (pese a no demostrar que la besara, al menos no en todas las ocasiones en que él afirmó haberlo hecho, ni que ella tomase cocaina). A Contador no le han creido, así de simple, no hay más.

Pancar

#207 Precisamente eso quería decir, que la presencia de sustancias no implica, necesariamente, la suspensión. El TAS manifiesta que posiblemente se deba a "a un suplemento alimenticio contaminado" y no aplica el artículo que exonera al ciclista cuando no existe falta o negligencia por su parte.

ceroalaizquierda

#206 Hombre, es que la trola que contó Contador no se la cree ni el tato. Fueron tantas las incoherencias de su historia del filete, y fueron tantas las veces que cambió dicha historia, que es que es imposible creerle aunque quieras.

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...pero...Inma Cuesta seguirá saliendo...¿no?, me la enviarán a casa si cancelan Aguila Roja, ¿no? por Dios, qué angustia...

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es imposible, no llega ni al sueldo base. Hay cada columpiada con las noticias que al final esto parecerá un 28 de diciembre continuo...

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en Arabia te pillas un testigo y repites tres veces la palabra "divorcio" y ni Notarios ni Jueces ni na' más.