Hace 1 mes | Por Tarod a elmundo.es
Publicado hace 1 mes por Tarod a elmundo.es

El Estatuto de Autonomía de Cataluña señala en su artículo 7 que para ser candidato a las elecciones autonómicas se debe disfrutar de la condición política de catalán, y para tenerla se tiene que estar inscrito en el censo electoral vigente, de acuerdo con la Ley Electoral. "Si Puigdemont está censado en Cataluña, es evidente que la inscripción es fraudulenta porque reside en Waterloo desde el año 2017",

Comentarios

themarquesito

#11 Directamente la LOREG, además de lo que indique el Estatut en las partes aplicables.

#16 Las elecciones municipales, y la cantidad de concejales que corresponden en cada municipio están reguladas en la LOREG. Además, las condiciones generales de elegibilidad también están especificadas en la LOREG.
Galicia, por ejemplo, tiene ley electoral propia desde 1985. En cuanto a la elegibilidad, dice esto:
Artículo 4.1: Serán elegibles los ciudadanos que, teniendo la condición de electores, no estén incursos en alguna de las causas de inelegibilidad recogidas en la legislación electoral general

En cuanto a quiénes son electores, el artículo 2.dice lo siguiente:
1. Son electores los que, ostentando la condición de gallego conforme al artículo 3.° del Estatuto de Autonomía, sean mayores de edad y gocen del derecho de sufragio activo.
2. Para el ejercicio del derecho de sufragio es indispensable la inscripción en el censo electoral.


La condición de gallego, tal como la define el Estatuto de Autonomía de Galicia, es como sigue:
Uno. A los efectos del presente Estatuto, gozan de la condición política de gallegos los ciudadanos españoles que, de acuerdo con las leyes generales del Estado, tengan vecindad administrativa en cualquiera de los Municipios de Galicia.
Dos. Como gallegos, gozan de los derechos políticos definidos en este Estatuto los ciudadanos españoles residentes en el extranjero que hayan tenido la última vecindad administrativa en Galicia y acrediten esta condición en el correspondiente Consulado de España. Gozarán también de estos derechos sus descendientes inscritos como españoles, si así lo solicitan, en la forma que determine la ley del Estado.


O sea, que en Galicia podría ser candidato alguien que viva fuera pero que haya tenido su última vecindad administrativa en Galicia. En Cataluña, por cierto, el Estatut tiene exactamente la misma provisión en el artículo 7.2, mutatis mutandis.
Con el Estatut en la mano, diría que está claro que Puigdemont se puede presentar, a tenor del artículo 56.3:
Son electores y elegibles los ciudadanos de Cataluña que están en pleno uso de sus derechos civiles y políticos, conforme a la legislación electoral. La ley electoral de Cataluña ha de establecer criterios de paridad entre mujeres y hombres para la elaboración de las listas electorales.

#26 Ya se presentó en las anteriores elecciones sin ningún problema, lo que sí impidieron fue investirle como presidente.

manuelpepito

Se me habían olvidado estos mamarrachos

elamperio

#1 Pero razón también tienen.

manuelpepito

#2 Seguramente hayan cogido la ley y hayan buscado requisito a requisito.

Que a mí Puigdemont me parece un soberano mojón, pero que si los catalanes quieren ese soberano mojón, dejarlo fuera por un tecnicismo me parece una gilipollez.

RamonMercader

#10 pues no estaba viviendo ahí...

#6 la ley es la ley y es la misma para todos. Bueno, era...

Estauracio

#14 Tú puedes vivir en las Seichelles y estar empadronado en Pinto, y constas en el censo electoral de Pinto.
Ya se presentó antes siendo prófugo.

Ed_Hunter

#15 se presentó a las europeas

Estauracio

#27 Para presentarte a las europeas y ser elegido en España, también es requisito residir en España, aunque no seas español (debes ser ciudadano de la UE)

m

#6 nop. es mejor que los catalanes voten a ERC

T

#6 Es que los requisitos son tontería, claro.

Vauldon

#13 #6 Y yo me acuerdo del chaquetas de Toni Cantó, que no se pudo presentar en Madrid por el padrón. Todos los años de elecciones se ven empadronamientos fraudulentos, lo que no se es por qué no se persigue adecuadamente.

Estauracio

#2 Puigdemont está empadronado en Cataluña, así que veo poco recorrido a esa denuncia.

b

#13 Lo mismo que la exvoxera y algún otro.

elamperio

#13 Y si haces memoria te saldrán más casos. Pero que se haga no quiere decir que sea correcto o, incluso, legal.

aPedirAlMetro

#1 Si la experiencia nos ha enseñado algo en el pasado, es que lo mas apropiado es ignorarlos por completo.

cosmonauta

#1 Es si última oportunidad de que les hagan casito porque ahora todavía tienen pasta pública para la campaña y espacios electorales.Van a dar po'l culo hasta el aburrimiento.

d

#1 Ah, no me había fijado ¿quienes son?

m

Sin conocer los casos, y teniendo una enorme antipatía por Puigdemont, se me ocurre que un montón de gallegos residentes en Argentina votaron hace poco en la autonómica de Galicia, ¿cuál es la diferencia? ¿Es obligatorio residir en la región para poder ser candidato?

c

#3 Que son estatutos autonómicos distintos

m

#4 Por eso pregunto, si el estatuto de Cataluña impone esa condición. Creo recordar que Manuel Valls se presentó por Cs, ¿se censó en Cataluña antes de presentarse?, ¿se trasladó a vivir allí o vivía en Francia y sólo iba a los mitines?

Gerome

#7 Valls se presentó al ayuntamiento de Barcelona, no al parlament de Catalunya,

malajaita

#7 No hay que estar empadronado en el municipio para presentarse a elecciones municipales.
Para autonómicas y generales sí, es requisito.

sorrillo

#28 ¿Puedes citar la ley que establece ese requisito?

malajaita

#31 A lo mejor me equivoco. De lo que estoy seguro es que para alcalde no lo es.
Para rey no tengo claro tampoco si es necesario previamente ser ciudadano español. No recuerdo si a Amadeo I de Saboya se lo exigieron.

Sácame de dudas, que es posible que para presentarse a presidente del gobierno y estado español no sea necesario residir en España.

malajaita

#31 Algunos requisitos, no sé si habrá más
1 ser español de nacimiento
2 tener la mayoría de edad
3 poder disfrutar de los derechos de votar de forma activa y pasiva
4 no estar inhabilitado de ninguna manera, para tener un cargo público

El único que se puede matizar es el 3 ¿como se disfruta del derecho a votar de forma activa y pasiva, el pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos ?

sorrillo

#36 ¿como se disfruta del derecho a votar de forma activa y pasiva?

No es derecho a votar de forma activa y pasiva sino derecho a sufragio activo y pasivo, el sufragio activo es poder ir a votar, el sufragio pasivo es poder presentarse para que te voten.

Una sentencia judicial puede inhabilitarte, por ejemplo Junqueras está inhabilitado para el sufragio pasivo por la sentencia condenatoria que se le impuso.

Sobre Puigdemont no me consta ninguna sentencia condenatoria por lo que a priori sigue teniendo ambos derechos, el sufragio activo y el pasivo.

malajaita

#37 O me equivocó o yo no he escrito nada sobre si Puigdemont tiene o no derecho a presentarse.
Independientemente de mis simpatías o antipatías.
Repasaré mis comentarios en esta noticia, por si acaso.
Lo que parece ser y no lo digo yo, se presente o no, el cargo de eurodiputado y el de presi son incompatibles. El sabrá lo que quiera hacer.

malajaita

#31 ¿Nacionalidad requerida para presentarse a elecciones en España?

sorrillo

#38 Puigdemont sigue teniendo la nacionalidad española.

malajaita

#39 Sí, que yo sepa, está en el exilio. Y no se ha declarado apátrida, que yo sepa.
Lo que no sé tampoco es si ha pedido alguna otra nacionalidad.

themarquesito

#3 La diferencia es que los estatutos de autonomía son distintos, y que Cataluña no tiene ley electoral propia (45 años han pasado desde el primer Estatut, y en ningún momento han aprobado una ley electoral).

m

#8 Si no tienen ley electoral propia, ¿cuál asumen? ¿En la nacional? ¿Quién dirime estos conflictos?

vvega

#8 Mi pueblo tampoco tiene ley electoral propia y yo puedo votar (y presentarme) en las locales por estar empadronado allí aunque viva en el extranjero. Y no sólo no es fraude de ley sino que hay un mecanismo de voto por correo y en las embajadas, y un Censo Electoral específico para todos los que estamos en una situación similar. Como Puigdemont.

tdgwho

#3 Pues buena pregunta, yo sabía que tenían que ser españoles, y ser mayor de edad, al menos eso sucede con el presidente del gobierno.

Pero el tema es que ponen el artículo del estatuto de cataluña,

"Artículo 7. La condición política de catalanes.
1. Gozan de la condición política de catalanes o ciudadanos de Cataluña los ciudadanos españoles que tienen vecindad administrativa en Cataluña. Sus derechos políticos se ejercen de acuerdo con el presente Estatuto y las leyes.

2. Gozan, como catalanes, de los derechos políticos definidos por el presente Estatuto los españoles residentes en el extranjero que han tenido en Cataluña la última vecindad administrativa, así como sus descendientes que mantienen esta ciudadanía, si así lo solicitan, en la forma que determine la ley."

El primer punto no lo cumple, eso seguro, porque no vive en cataluña. En cuanto al segundo.... si se hubiese mudado a waterloo de primeras, si lo cumpliría, porque la justamente anterior sería cataluña, pero creo recordar que estuvo en otros sitios antes.

Lo veo MUY cogido por los pelos.

Sería poético que el propio estatuto le impidese ser candidato.

fareway

Los que realizan el voto por correo están inscritos en el censo electoral vigente y no residen en España o la que fuera su comunidad autónoma.

vvega

No es aventurado decir que cualquier eurodiputado que se presente a la reelección no reside en su Comunidad Autónoma, ya que todos residen habitualmente en Bruselas. Yo también resido en el extranjero pero estoy empadronado en mi CA y tengo derecho a voto como registrado en el CERA (Censo Electoral Residentes Ausentes) si ningún fraude de ley de por medio. Como en este caso los requisitos de figurar en el Censo Electoral son los mismos para ejercer el derecho a voto activo como pasivo, esta denuncia tiene menos recorrido que el tren de Canarias, y el empadronamiento de Puigdemont en Cataluña es totalmente legal, legítimo, relevante y en plazo. No como el de Toni Cantó que fue rechazado por ser fuera de plazo, y no por no vivir en Madrid de forma efectiva, que sí vivía (según el criterio de C's, sin embargo, si debería haber sido ilegítima su elección para las Corts ya que no vivía en la CV).

sorrillo

El señor Puigdemont ya no reviste la condición política de catalán

Y estos se presentan para gobernar

Su última vecindad administrativa en España fue en Cataluña, por lo que sí tiene la condición política de catalán.

Es irrelevante que en el extranjero haya residido en distintos sitios, como sigue teniendo la nacionalidad española y no ha tenido vecindad administrativa en ninguna otra Comunidad Autónoma su condición política de catalán sigue intacta.

d

Si Puigdemont está censado en Cataluña

O sea, que está censado, que es el requisito.

Magankie

Pensaba que ya se habían desintegrado, pero no, ahí siguen. Sobre esto, lo que tengo que decir:

- Todavía no se ha presentado.
- Está empadronado en su pueblo, si lo hubiera intentado cambiar le habrían enchironado lol
- Si viene antes de que entre en vigor la ley de amnistía podrían enchironarlo.
- Muy claro tiene éste que vamos a votarle. Dejó Catalunya después de un reguero de "éxitos", dejándonos intervenidos por un gobierno del PP (de otra forma imposible que esa gente gobierne por aquí) y gastando dinero de todos los catalanes en su exilio.

En fin, veremos qué pasa

P

Pero si aún no se ha presentado!
Van directo a la extinción.

aPedirAlMetro

#_12 "Sería poético que el propio estatuto le impidese ser candidato."
Es evidente que no tienes ni pajolera idea de poesia.
Lo poetico seria que saliese elegido (tranquilo esta primera clase de poesia es gratis)

Y mira que a mi Puigdemont solo me causa rechazo...

laserpmagica

Siendo el hombrecillo mediocre que es Puigdemont, no cabe duda que también es el posible candidato que más teme el nacionalismo español gracias a su propio lawfare.