Las cup ven indicio de delito en la muerte de la mujer de reus que murio por un incendio de sus velas al no poder pagar la luz que le cortaron. Traduccion automática de google en #1
#5:
#3 ni si quiera. Legalmente no se sostiene que culpen de homicidio a una empresa porque la señora buscase un método alternativo para iluminarse y pereciese en el intento. Es como si me mato por cambiar mi itinerario para evitar un atasco y denuncián por mi al ayuntamiento. No hay por donde cogerlo.
El ayuntamiento, demagógicamente puede imponerle la sanción que quiera que la empresa recurrirá y pagaremos todos con los impuestos que le den la razón encima a la empresa. De hecho sería cuasi prevaricación.
#1:
La CUP ha presentado una querella criminal contra Gas Natural por un delito de homicidio imprudente en comisión por omisión en el caso de la mujer muerta en Reus. La querella se ha presentado en el juzgado de instrucción número 3 de Reus contra la persona o personas responsables que dieron las instrucciones para proceder al corte de suministro de electricidad del inmueble y contra la propia entidad mercantil. La mujer, de 81 años, murió a consecuencia del incendio provocado por una vela dos meses después de que la compañía eléctrica le hubiera cortado la luz. El diputado de la CUP Joan Garriga cree que la compañía dóna'excuses de mal pagador 'cuando argumenta que no debía cumplir la ley para que no se ha desarrollado un reglamento de la norma y pide al Gobierno que actúe amb'contundència y rapidez' .
Según relata la querella presentada por la CUP, un responsable de Gas Natural pendiente de identificar ordenó la interrupción del suministro sin previo aviso a los servicios sociales del Ayuntamiento de Reus para que pudieran tomar las medidas correspondientes de acuerdo con la legislación vigente. Y recuerda que el artículo 11 del Código Penal establece que se considera un delito por omisión cuando se infringe un'especial deber jurídico ', es decir, cuando hay una específica obligación legal de actuar.
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La ley que, según la querella, se ha incumplido es la 24/2015 de 29 de julio de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y de la pobreza energética, teniendo en cuenta que el Tribunal Constitucional (TC) no ha suspendido la parte que hace referencia a la pobreza energética. El artículo 6.4 de esta ley establece que cuando una empresa suministradora tenga que hacer un corte de suministro debe solicitar previamente un informe de servicios sociales municipales para determinar si la persona o unidad familiar se encuentra en una de las situaciones de riesgo de exclusión residencial.
Teniendo en cuenta que Gas Natural ha reconocido que no comunicó a los servicios sociales que iba a cortar el suministro eléctrico, la querella defensa que se ha incumplido un deber legal de naturaleza tuitiva con resultado de muerte y un aumento del riesgo imputable en términos de causalidad.
Según el texto presentado en los juzgados, los responsables de Gas Natural en Reustenien capacidad para actuar de otro modo en su posición de garantes y eran conocedores de las obligaciones legales de comunicar el corte de luz en el Ayuntamiento de Reus para que éste pudiera llevar a cabo las cautelas pertinentes.
La CUP pide ser acusación popular en el caso de que se tramite la querella y dirige la acusación a 'la persona o personas responsables de que, en la estructura empresarial de Gas Natural, dio las instrucciones para proceder al corte de suministro de electricidad y contra la propia entidad mercantil Gas Natural SDG SA, desde una perspectiva de la responsabilidad civil '.
En declaraciones a la ACN, el diputado de la CUP Joan Garriga ha considerado que las explicaciones de Gas Natural són'excuses de mal pagador 'porque' el no desarrollo de un reglamento no excluye la obligatoriedad de comunicación antes del corte de la luz 'para que los servicios sociales determinen si se trata de una persona vulnerable. En este sentido, ha denunciado que con la suspensión del TC de parte de la ley 24/2015 hay compañías que'aprofiten la tumbada política 'para seguir actuando como hacían antes de la ley.
'Hay esta ley y se debe cumplir. Está hecha porque tenemos unos casos muy graves, no de cuatro sino de miles de personas ', concluyó. Preguntado por si el Gobierno tiene que seguir los pasos de la CUP y llevar el caso a los tribunales, Garriga ha dejado la decisión en manos del ejecutivo catalán pero le ha recordado que muchos movimientos sociales están pidiendo contundencia y rapidesa.'Si la contundencia y la rapidez pasa por la querella, pensamos que debe presentar una querella. Si ellos creen que no, ellos sabrán la mejor manera de ejercerla '.
La CUP ha presentado una querella criminal contra Gas Natural por un delito de homicidio imprudente en comisión por omisión en el caso de la mujer muerta en Reus. La querella se ha presentado en el juzgado de instrucción número 3 de Reus contra la persona o personas responsables que dieron las instrucciones para proceder al corte de suministro de electricidad del inmueble y contra la propia entidad mercantil. La mujer, de 81 años, murió a consecuencia del incendio provocado por una vela dos meses después de que la compañía eléctrica le hubiera cortado la luz. El diputado de la CUP Joan Garriga cree que la compañía dóna'excuses de mal pagador 'cuando argumenta que no debía cumplir la ley para que no se ha desarrollado un reglamento de la norma y pide al Gobierno que actúe amb'contundència y rapidez' .
Según relata la querella presentada por la CUP, un responsable de Gas Natural pendiente de identificar ordenó la interrupción del suministro sin previo aviso a los servicios sociales del Ayuntamiento de Reus para que pudieran tomar las medidas correspondientes de acuerdo con la legislación vigente. Y recuerda que el artículo 11 del Código Penal establece que se considera un delito por omisión cuando se infringe un'especial deber jurídico ', es decir, cuando hay una específica obligación legal de actuar.
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La ley que, según la querella, se ha incumplido es la 24/2015 de 29 de julio de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y de la pobreza energética, teniendo en cuenta que el Tribunal Constitucional (TC) no ha suspendido la parte que hace referencia a la pobreza energética. El artículo 6.4 de esta ley establece que cuando una empresa suministradora tenga que hacer un corte de suministro debe solicitar previamente un informe de servicios sociales municipales para determinar si la persona o unidad familiar se encuentra en una de las situaciones de riesgo de exclusión residencial.
Teniendo en cuenta que Gas Natural ha reconocido que no comunicó a los servicios sociales que iba a cortar el suministro eléctrico, la querella defensa que se ha incumplido un deber legal de naturaleza tuitiva con resultado de muerte y un aumento del riesgo imputable en términos de causalidad.
Según el texto presentado en los juzgados, los responsables de Gas Natural en Reustenien capacidad para actuar de otro modo en su posición de garantes y eran conocedores de las obligaciones legales de comunicar el corte de luz en el Ayuntamiento de Reus para que éste pudiera llevar a cabo las cautelas pertinentes.
La CUP pide ser acusación popular en el caso de que se tramite la querella y dirige la acusación a 'la persona o personas responsables de que, en la estructura empresarial de Gas Natural, dio las instrucciones para proceder al corte de suministro de electricidad y contra la propia entidad mercantil Gas Natural SDG SA, desde una perspectiva de la responsabilidad civil '.
En declaraciones a la ACN, el diputado de la CUP Joan Garriga ha considerado que las explicaciones de Gas Natural són'excuses de mal pagador 'porque' el no desarrollo de un reglamento no excluye la obligatoriedad de comunicación antes del corte de la luz 'para que los servicios sociales determinen si se trata de una persona vulnerable. En este sentido, ha denunciado que con la suspensión del TC de parte de la ley 24/2015 hay compañías que'aprofiten la tumbada política 'para seguir actuando como hacían antes de la ley.
'Hay esta ley y se debe cumplir. Está hecha porque tenemos unos casos muy graves, no de cuatro sino de miles de personas ', concluyó. Preguntado por si el Gobierno tiene que seguir los pasos de la CUP y llevar el caso a los tribunales, Garriga ha dejado la decisión en manos del ejecutivo catalán pero le ha recordado que muchos movimientos sociales están pidiendo contundencia y rapidesa.'Si la contundencia y la rapidez pasa por la querella, pensamos que debe presentar una querella. Si ellos creen que no, ellos sabrán la mejor manera de ejercerla '.
#2 Permíteme que lo dude. Habrá mucho ruido, mucho postureo, y pocas nueves.
En primera instancia, y de cara a la galería, habrá una sanción económico multimillonaria contra la compañía. Saldrá en la tele y demás.
La compañía recurrirá y ganará. No pagará nada, y eso no saldrá en prensa.
Lo que sí saldrá en prensa será el arrepentimiento de la compañía, que dará una indemnización a los familiares de la víctima, como prueba de generosidad, de algunos miles de euros. Y todos contentos.
#3 ni si quiera. Legalmente no se sostiene que culpen de homicidio a una empresa porque la señora buscase un método alternativo para iluminarse y pereciese en el intento. Es como si me mato por cambiar mi itinerario para evitar un atasco y denuncián por mi al ayuntamiento. No hay por donde cogerlo.
El ayuntamiento, demagógicamente puede imponerle la sanción que quiera que la empresa recurrirá y pagaremos todos con los impuestos que le den la razón encima a la empresa. De hecho sería cuasi prevaricación.
#5 Yo veo que se saltaron la ley al cortar la luz a una anciana sin informar a su ayuntamiento. Esta anciana al no ser jurista ni conocer esta ley, se vió desaparada por la empresa y la sociedad donde vivía. Y tuvo que ingeniarselas de la manera que pudo. Y eso la llevó a la muerte.
Si te saltas la ley y alguien resulta dañado, la culpa es tuya.
Fíjate si te saltas un semaforo en rojo y atropellas a alguien, la culpa es tuya, no del instalador del semáforo. Ni siquiera de la persona que cruza en verde.
#8 Si te saltas un semáforo y atropellas a alguien, la culpa es tuya.
Pero si te quedas parado en mitad del semáforo, y un peatón, para rodearte, se mete en la calzada, se tropieza y se cae, va a ser dificil demostrar que la culpa ha sido tuya.
#9 eufemismo o no. No hay quien vaya a condenar a la empresa por homicidio en este caso. Es trágico, se le puede meter mano si es que se saltó la ley, pero lo del homicidio no va a haber juez que lo vea así.
#3 Se que seguramente tendrás razón. Seguramente la justicia está igualmente corrupta que el ejecutivo y el legislativo.
Pero si fuera el PPSOEC's, podemos, partidos mayoritarios, que interpusieran denúncia, quizá la justicia no podria tan fácilmente corromperse
#14 Es al contrario, los servicios sociales comunica a la empresa de caso social.
No va todas las empresas a comunicar al estado todos los impagos y los cortes de servicios
#16 Cuando un trabajador social hace seguimiento de los casos, se le propone distintas ayudas a las personas, modificaciones con ayudas en los contratos de gas y electricidad, ayudas para pagar el alquiler, bonos de comida, etc,
Una persona que no pague facturas no tiene porque estar en exclusion social. Una vez detectados los casos criticos, los trabajadores sociales tienen la obligacion de brindar toda las ayudas que puedan disponer.
#15 La ley que se han saltado estos presuntos homicidas dice bien claro que tienen que avisar al ayuntamiento. No lo hicieron. No podemos dar, ni queremos dar a un ayuntamiento más puestos de trabajo funcionarial, para ir casa por casa a ver si tienen luz.
Es mucho más eficiente que sea la compañia electrica la que informe y no al revés.
Teniendo en cuenta que Gas Natural ha reconocido que no comunicó a los servicios sociales que iba a cortar el suministro eléctrico, la querella defensa que se ha incumplido un deber legal de naturaleza tuitiva con resultado de muerte y un aumento del riesgo imputable en términos de causalidad.
Eso sí, les condenarán a pagar una multa económica y santas pascuas.
Comentarios
La CUP ha presentado una querella criminal contra Gas Natural por un delito de homicidio imprudente en comisión por omisión en el caso de la mujer muerta en Reus. La querella se ha presentado en el juzgado de instrucción número 3 de Reus contra la persona o personas responsables que dieron las instrucciones para proceder al corte de suministro de electricidad del inmueble y contra la propia entidad mercantil. La mujer, de 81 años, murió a consecuencia del incendio provocado por una vela dos meses después de que la compañía eléctrica le hubiera cortado la luz. El diputado de la CUP Joan Garriga cree que la compañía dóna'excuses de mal pagador 'cuando argumenta que no debía cumplir la ley para que no se ha desarrollado un reglamento de la norma y pide al Gobierno que actúe amb'contundència y rapidez' .
Según relata la querella presentada por la CUP, un responsable de Gas Natural pendiente de identificar ordenó la interrupción del suministro sin previo aviso a los servicios sociales del Ayuntamiento de Reus para que pudieran tomar las medidas correspondientes de acuerdo con la legislación vigente. Y recuerda que el artículo 11 del Código Penal establece que se considera un delito por omisión cuando se infringe un'especial deber jurídico ', es decir, cuando hay una específica obligación legal de actuar.
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La ley que, según la querella, se ha incumplido es la 24/2015 de 29 de julio de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y de la pobreza energética, teniendo en cuenta que el Tribunal Constitucional (TC) no ha suspendido la parte que hace referencia a la pobreza energética. El artículo 6.4 de esta ley establece que cuando una empresa suministradora tenga que hacer un corte de suministro debe solicitar previamente un informe de servicios sociales municipales para determinar si la persona o unidad familiar se encuentra en una de las situaciones de riesgo de exclusión residencial.
Teniendo en cuenta que Gas Natural ha reconocido que no comunicó a los servicios sociales que iba a cortar el suministro eléctrico, la querella defensa que se ha incumplido un deber legal de naturaleza tuitiva con resultado de muerte y un aumento del riesgo imputable en términos de causalidad.
Según el texto presentado en los juzgados, los responsables de Gas Natural en Reustenien capacidad para actuar de otro modo en su posición de garantes y eran conocedores de las obligaciones legales de comunicar el corte de luz en el Ayuntamiento de Reus para que éste pudiera llevar a cabo las cautelas pertinentes.
La CUP pide ser acusación popular en el caso de que se tramite la querella y dirige la acusación a 'la persona o personas responsables de que, en la estructura empresarial de Gas Natural, dio las instrucciones para proceder al corte de suministro de electricidad y contra la propia entidad mercantil Gas Natural SDG SA, desde una perspectiva de la responsabilidad civil '.
En declaraciones a la ACN, el diputado de la CUP Joan Garriga ha considerado que las explicaciones de Gas Natural són'excuses de mal pagador 'porque' el no desarrollo de un reglamento no excluye la obligatoriedad de comunicación antes del corte de la luz 'para que los servicios sociales determinen si se trata de una persona vulnerable. En este sentido, ha denunciado que con la suspensión del TC de parte de la ley 24/2015 hay compañías que'aprofiten la tumbada política 'para seguir actuando como hacían antes de la ley.
'Hay esta ley y se debe cumplir. Está hecha porque tenemos unos casos muy graves, no de cuatro sino de miles de personas ', concluyó. Preguntado por si el Gobierno tiene que seguir los pasos de la CUP y llevar el caso a los tribunales, Garriga ha dejado la decisión en manos del ejecutivo catalán pero le ha recordado que muchos movimientos sociales están pidiendo contundencia y rapidesa.'Si la contundencia y la rapidez pasa por la querella, pensamos que debe presentar una querella. Si ellos creen que no, ellos sabrán la mejor manera de ejercerla '.
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eldiario.esYo ya lo dije en otro comentario, creo que aqui hay que rodar cabezas y poner en la prisón alguien.
Gas Natural se saltó la ley al cortar la luz a la anciana que murió intoxicada al quemarse su colchón con una vela/c44#c-44
#2 Permíteme que lo dude. Habrá mucho ruido, mucho postureo, y pocas nueves.
En primera instancia, y de cara a la galería, habrá una sanción económico multimillonaria contra la compañía. Saldrá en la tele y demás.
La compañía recurrirá y ganará. No pagará nada, y eso no saldrá en prensa.
Lo que sí saldrá en prensa será el arrepentimiento de la compañía, que dará una indemnización a los familiares de la víctima, como prueba de generosidad, de algunos miles de euros. Y todos contentos.
#3 ni si quiera. Legalmente no se sostiene que culpen de homicidio a una empresa porque la señora buscase un método alternativo para iluminarse y pereciese en el intento. Es como si me mato por cambiar mi itinerario para evitar un atasco y denuncián por mi al ayuntamiento. No hay por donde cogerlo.
El ayuntamiento, demagógicamente puede imponerle la sanción que quiera que la empresa recurrirá y pagaremos todos con los impuestos que le den la razón encima a la empresa. De hecho sería cuasi prevaricación.
#5 Yo veo que se saltaron la ley al cortar la luz a una anciana sin informar a su ayuntamiento. Esta anciana al no ser jurista ni conocer esta ley, se vió desaparada por la empresa y la sociedad donde vivía. Y tuvo que ingeniarselas de la manera que pudo. Y eso la llevó a la muerte.
Si te saltas la ley y alguien resulta dañado, la culpa es tuya.
Fíjate si te saltas un semaforo en rojo y atropellas a alguien, la culpa es tuya, no del instalador del semáforo. Ni siquiera de la persona que cruza en verde.
#8 Si te saltas un semáforo y atropellas a alguien, la culpa es tuya.
Pero si te quedas parado en mitad del semáforo, y un peatón, para rodearte, se mete en la calzada, se tropieza y se cae, va a ser dificil demostrar que la culpa ha sido tuya.
#18 No es equivalente, la empresa no ha cumplido su obligación que le dio la ley.
#20 Exactamente lo mismo que tú no habrías cumplido la obligación que te da la ley de no dejar bloqueado un paso de peatones.
Vamos, que veo muy, pero que muy jodido que se le pueda hacer algo a Gas Natural.
#5 "...la señora buscase un método alternativo para iluminarse"
Joder con los eufemismos.
#9 eufemismo o no. No hay quien vaya a condenar a la empresa por homicidio en este caso. Es trágico, se le puede meter mano si es que se saltó la ley, pero lo del homicidio no va a haber juez que lo vea así.
#3 Se que seguramente tendrás razón. Seguramente la justicia está igualmente corrupta que el ejecutivo y el legislativo.
Pero si fuera el PPSOEC's, podemos, partidos mayoritarios, que interpusieran denúncia, quizá la justicia no podria tan fácilmente corromperse
#3 Claro que sí. Te lo ha dicho tu bola de cristal.
#11 Más bien la experiencia de lo que ha pasado últimamente con las eléctricas
Bah, se quedará todo en agua de borrajas. Al tiempo.
Y contra el ayuntamiento que debia hacer seguimiento de los casos de exclusion social , no presentará ninguna querella la CUP ??
#7 No pueden hacer un seguimiento si Gas Natural no comunica a los servicios sociales el corte del suminitro, como es el caso.
#14 Es al contrario, los servicios sociales comunica a la empresa de caso social.
No va todas las empresas a comunicar al estado todos los impagos y los cortes de servicios
#15 ¿Y como sabe el Ayuntamiento que el usuario no ha pagado? Lo que dices no tiene pies ni cabeza, y de hecho en la noticia dice lo contrario.
#16 Cuando un trabajador social hace seguimiento de los casos, se le propone distintas ayudas a las personas, modificaciones con ayudas en los contratos de gas y electricidad, ayudas para pagar el alquiler, bonos de comida, etc,
Una persona que no pague facturas no tiene porque estar en exclusion social. Una vez detectados los casos criticos, los trabajadores sociales tienen la obligacion de brindar toda las ayudas que puedan disponer.
#15 La ley que se han saltado estos presuntos homicidas dice bien claro que tienen que avisar al ayuntamiento. No lo hicieron. No podemos dar, ni queremos dar a un ayuntamiento más puestos de trabajo funcionarial, para ir casa por casa a ver si tienen luz.
Es mucho más eficiente que sea la compañia electrica la que informe y no al revés.
La clave del suceso está aquí:
Teniendo en cuenta que Gas Natural ha reconocido que no comunicó a los servicios sociales que iba a cortar el suministro eléctrico, la querella defensa que se ha incumplido un deber legal de naturaleza tuitiva con resultado de muerte y un aumento del riesgo imputable en términos de causalidad.
Eso sí, les condenarán a pagar una multa económica y santas pascuas.
hay algunos que buscan publicidad en cualquier sitio, por ejemplo estos ahora de la CUP.
Y no dejan de ser unos comemierdas...