Hace 4 años | Por robustiano a facebook.com
Publicado hace 4 años por robustiano a facebook.com

El Grupo Parlamentario En Comú Podem, de la mano de la senadora Sara Vilà Galán, ha presentado hoy viernes 6 de septiembre ante el Senado la Proposición de Ley para la concesión de la nacionalidad española a descendientes de españoles, específicamente hijos, nietos y bisnietos. Vilà señala que la ley es una cuestión de justicia para descendientes de españoles que tuvieron que dejar su país de manera forzada o que fueron víctimas de persecución política.

Comentarios

powernergia

#1 Pues obviamente alguna razón habrá por la que algunos descendientes no hayan podido obtener la nacionalidad.

CC #2 #4

c

#5
En el mejor de los casos parchear algo que ya existia para tener algo de protagonismo.

Que tampoco es tanto, ya que el enlace es del Facebook....

powernergia

#7 ¿Estás diciendo que los que se quejan de no obtener la nacionalidad se lo inventan?

c

#11
¿Dónde lees tu eso?

powernergia

#12 Supongo que no te habré entendido.

jonolulu

#1 #2 #4 #5 #6 #8 #9 En que sois más listos que la hostia.

El alcance que tenía la disposición adicional séptima de la Ley que citas era de únicamente 2 años. Ahora se reconoce ese derecho sin tener que ceñirse a un plazo.

Disposición adicional séptima. Adquisición de la nacionalidad española.

Las personas cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español podrán optar a la nacionalidad española de origen si formalizan su declaración en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente Disposición adicional. Dicho plazo podrá ser prorrogado por acuerdo de Consejo de Ministros hasta el límite de un año.
Este derecho también se reconocerá a los nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio.

powernergia

#17 ¿Y entonces los que se quejan se lo están inventando?

jonolulu

#18 Desde luego que no. Para mí la condición de víctima o de descendiente de la misma no tiene fecha de caducidad. Te cité por error

c

#17
Lo que decía, un parche para chupar cámara.

x

#17 es decir, que un argentino que no ha pisado nunca España pero que tiene un bisabuelo español ¿puede obtener la nacionalidad española? Así, porque sí...

D

#1 Por lo que se deduce del comunicado, literalmente en nada. De hecho la fuente original no menciona nada de los bisnietos, que sí que sería una novedad: http://encomupodem.cat/es/ecp-vuelve-a-llevar-al-senado-una-ley-para-ampliar-la-concesion-de-nacionalidad-a-los-descendientes-de-espanoles/?fbclid=IwAR2YyaTYN7ZAuYIQ_Z9a_uqP8BaGHVzEUlRinJ22kcZn6tITFM9h3f3M3fg

c

#1
La nueva política!!!

Según me parece entender, acabó de estudiar en 2007, y desde entonces va de un cargo político a otro.

https://ca.m.wikipedia.org/wiki/Sara_Vil%C3%A0_Galan

12 años viviendo de la política. Al menos espero que lo que ha presentado tenga algo de novedoso.

M

#1 mamandurrias.

marioquartz

#1 En que esta propuesta es de Podemos. Si es suya debe ser buena. Y si ya existía lo anterior debe de ser malisimo.

D

A ver que le parece a los del Ibex...

marioquartz

#3 Bien. Por que la ley que lo permite ya esta aprobada y lo hizo el PSOE.

D

#10 Si claro y por eso tienen que presentar esta proposición de ley, lo mismo se les había quedado la mayoría de descendientes fuera...

marioquartz

#13 O como suele hacer Podemos: proponer lo que ya existe.

D

#15 Si, como cuando, anda cuéntanos?

powernergia

#15 "Estos vacíos legislativos provocan casos como el de familias de padres españoles en los que algunos descendientes sí tienen la nacionalidad y otros no en función de si eran o no mayores de edad cuando entró en vigor la disposición séptima; o excepciones como la de los nietos de españolas casadas con un no español antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978, fecha hasta la que no se pudo transmitir la nacionalidad.

...Además, también quedan fuera de este marco normativo los nietos y nietas de las personas emigradas por causas económicas que obtuvieron la nacionalidad del país de acogida y perdieron la española antes del nacimiento de su hijo o hija y los nietos y nietas de españoles que tenían la nacionalidad pero la perdieron por no ratificar su deseo de conservarla al cumplir su mayoría de edad. Algunos de ellos pudieron recuperar su nacionalidad y otros no debido a la falta de una instrucción específica para este supuesto en particular que dejó esa posibilidad a la interpretación de cada registro consular."

urannio

Federación hispánica ya!